RESOLUCIÓN 978 2020 SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS
Síntesis:
SE ACEPTAN APORTES EFECTUADOS POR FUNCIONARIOS DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD - EMERGENCIA SANITARIA - DIEGO CÉSAR SANTILLI - HORACIO RODRÌGUEZ LARRETA - FELIPE OSCAR MIGUEL - MARTÌN MURA - FERNÀN GONZÀLEZ BERNALDO DE QUIROS - JEFE DE GOBIERNO - VICEJEFE DE GOBIERNO - JEFE DE GABINETE - MINISTROS - MINISTRAS - MARÌA SOLEDAD ACUÑA - JOSÈ LUIS GIUSTI - ENRIQUE AVOGADRO - MARÌA MIGLIORE - MARÌA CLARA MUZZIO - BRUNO GUIDO SCRENCI SILVA - GABRIEL MARÌA ASTARLOA - FERNANDO DIEGO STRAFACE - MARÌA LETICIA MONTIEL - CHRISTIAN COELHO CHICANO - EMMANUEL FERRARIO - FEDERICO DI BENEDETTO - EDUARDO MACCHIAVELLI - GUSTAVO GESUALDO - MARÌA PAULA UHALDE - PATRICIO AVELLANEDA - FERNANDO BENEGAS - FACUNDO CARRILLO - ALVARO GARCÌA RESTA - JUAN JOSÈ MÈNDEZ - MARCELO D `ALESSANDRO - SERGIO GABRIEL CONSTANTINO - DIEGO HERNÀN FERNÀNDEZ - MÒNICA BEATRIZ FREDA - DONACIONES COVID-19 - CORONAVIRUS - EMERGENCIA SANITARIA
Publicación:
07/05/2020
Sanción:
06/05/2020
Organismo:
SUBSECRETARIA DE GESTION DE RECURSOS HUMANOS
VISTO: El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/2020, el Decreto de
Necesidad y Urgencia No 1/20, el Decreto N° 463/19 y modificatorios, y el Expediente
Electrónico N° 12987548-GCABA-SSGRH/20, y
CONSIDERANDO:
Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado que el virus COVID-19
(Coronavirus) se está propagando de persona a persona aceleradamente a nivel
mundial, declarándolo pandemia;
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/2020 el Poder Ejecutivo
Nacional amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°
27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud en
relación con el virus COVID-19 (Coronavirus), por el plazo de un (1) año a partir de la
entrada en vigencia de dicho decreto;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia No 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria
en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020 a
los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo
de propagación del contagio en la población del virus COVID-19 (Coronavirus);
Que la referida pandemia impuso la necesidad de adoptar una gran cantidad de
medidas en este marco de emergencia con el objeto de disminuir el riesgo de contagio
de la población por el referido virus;
Que en el presente contexto y ante la caída de la recaudación producto de las
medidas adoptadas para frenar la propagación del virus COVID-19, funcionarios del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires han manifestado su voluntad de
aportar solidaria y voluntariamente parte de sus haberes para paliar los efectos
producidos por la citada pandemia y generar un ahorro de partidas;
Que, en tal sentido, por Nota N° NO-2020-13021295-GCABA-AJG el señor Horacio
Rodríguez Larreta, en su carácter de Jefe de Gobierno, autorizó a la Dirección General
Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda y Finanzas a
descontar de sus haberes el veinticinco por ciento (25 %) de su salario bruto, en
concepto de aporte voluntario mensual y en carácter de donación al Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de la Emergencia Sanitaria, por el
lapso de tres (3) meses;
Que por Nota N° NO-2020-13052687-GCABA-AVJG el señor Diego César Santilli, en
su carácter de Vicejefe de Gobierno y Ministro de Justicia y Seguridad, autorizó a la
Dirección General Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda
y Finanzas a descontar de sus haberes el veinticinco por ciento (25 %) de su salario
bruto, en concepto de aporte voluntario mensual y en carácter de donación al
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de la Emergencia
Sanitaria, por el lapso de tres (3) meses;
Que por Nota N° NO-2020-12839021-GCABA-MJGGC el señor Felipe Oscar Miguel,
en su carácter de Jefe de Gabinete de Ministros, autorizó a la Dirección General
Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda y Finanzas a
descontar de sus haberes el veinticinco por ciento (25 %) de su salario bruto, en
concepto de aporte voluntario mensual y en carácter de donación al Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de la Emergencia Sanitaria, por el
lapso de tres (3) meses;
Que por Nota N° NO-2020-12865859-GCABA-MHFGC el señor Martín Mura, en su
carácter de Ministro de Hacienda y Finanzas, autorizó a la Dirección General
Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda y Finanzas a
descontar de sus haberes el veinticinco por ciento (25 %) de su salario bruto, en
concepto de aporte voluntario mensual y en carácter de donación al Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de la Emergencia Sanitaria, por el
lapso de tres (3) meses;
Que por Nota N° NO-2020-13098129-GCABA-MSGC el señor Fernán González
Bernaldo de Quiros, en su carácter de Ministro de Salud, autorizó a la Dirección
General Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas a descontar de sus haberes el veinticinco por ciento (25 %) de su salario
bruto, en concepto de aporte voluntario mensual y en carácter de donación al
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de la Emergencia
Sanitaria, por el lapso de tres (3) meses;
Que por Nota N° NO-2020-12969149-GCABA-MEDGC la señora María Soledad
Acuña, en su carácter de Ministra de Educación, autorizó a la Dirección General
Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda y Finanzas a
descontar de sus haberes el veinticinco por ciento (25 %) de su salario bruto, en
concepto de aporte voluntario mensual y en carácter de donación al Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de la Emergencia Sanitaria, por el
lapso de tres (3) meses;
Que por Nota N° NO-2020-12815326-GCABA-MDEPGC el señor José Luis Giusti, en
su carácter de Ministro de Desarrollo Económico y Producción, autorizó a la Dirección
General Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas a descontar de sus haberes el veinticinco por ciento (25 %) de su salario
bruto, en concepto de aporte voluntario mensual y en carácter de donación al
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de la Emergencia
Sanitaria, por el lapso de tres (3) meses;
Que por Nota N° NO-2020-12964139-GCABA-MCGC el señor Enrique Luis Avogadro,
en su carácter de Ministro de Cultura, autorizó a la Dirección General Administración y
Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda y Finanzas a descontar de sus
haberes el veinticinco por ciento (25 %) de su salario bruto, en concepto de aporte
voluntario mensual y en carácter de donación al Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires en el marco de la Emergencia Sanitaria, por el lapso de tres (3) meses;
Que por Nota N° NO-2020-13064389-GCABA-MDHYHGC la señora María Migliore, en
su carácter de Ministra de Desarrollo Humano y Hábitat, autorizó a la Dirección
General Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas a descontar de sus haberes el veinticinco por ciento (25 %) de su salario
bruto, en concepto de aporte voluntario mensual y en carácter de donación al
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de la Emergencia
Sanitaria, por el lapso de tres (3) meses;
Que por Nota N° NO-2020-13061182-GCABA-MEPHUGC la señora María Clara
Muzzio, en su carácter de Ministra de Espacio Público e Higiene Urbana, autorizó a la
Dirección General Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda
y Finanzas a descontar de sus haberes el veinticinco por ciento (25 %) de su salario
bruto, en concepto de aporte voluntario mensual y en carácter de donación al
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de la Emergencia
Sanitaria, por el lapso de tres (3) meses;
Que por Nota N° NO-2020-13064573-GCABA-MGOBGC el señor Bruno Guido Screnci
Silva, en su carácter de Ministro de Gobierno, autorizó a la Dirección General
Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda y Finanzas a
descontar de sus haberes el veinticinco por ciento (25 %) de su salario bruto, en
concepto de aporte voluntario mensual y en carácter de donación al Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de la Emergencia Sanitaria, por el
lapso de tres (3) meses;
Que por Nota N° NO-2020-13096921-GCABA-PG el señor Gabriel María Astarloa, en
su carácter de Procurador General de la Ciudad de Buenos Aires, autorizó a la
Dirección General Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda
y Finanzas a descontar de sus haberes el veinticinco por ciento (25 %) de su salario
bruto, en concepto de aporte voluntario mensual y en carácter de donación al
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de la Emergencia
Sanitaria, por el lapso de tres (3) meses;
Que por Nota N° NO-2020-12702061-GCABA-SGYRI el señor Fernando Diego
Straface, en su carácter de Secretario General y de Relaciones Internacionales,
autorizó a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio
de Hacienda y Finanzas a descontar de sus haberes el veinticinco por ciento (25 %) de
su salario bruto, en concepto de aporte voluntario mensual y en carácter de donación
al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de la Emergencia
Sanitaria, por el lapso de tres (3) meses;
Que por Nota N° NO-2020-13071816-GCABA-SECLYT la señora María Leticia
Montiel, en su carácter de Secretaria Legal y Técnica, autorizó a la Dirección General
Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda y Finanzas a
descontar de sus haberes el veinticinco por ciento (25 %) de su salario bruto, en
concepto de aporte voluntario mensual y en carácter de donación al Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de la Emergencia Sanitaria, por el
lapso de tres (3) meses;
Que por Nota N° NO-2020-13076832-GCABA-SECM el señor Christian Coelho
Chicano, en su carácter de Secretario de Medios, autorizó a la Dirección General
Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda y Finanzas a
descontar de sus haberes el veinticinco por ciento (25 %) de su salario bruto, en
concepto de aporte voluntario mensual y en carácter de donación al Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de la Emergencia Sanitaria, por el
lapso de tres (3) meses;
Que por Nota N° NO-2020-12956623-GCABA-SECAE el señor Emmanuel Ferrario, en
su carácter de Secretario de Asuntos Estratégicos, autorizó a la Dirección General
Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda y Finanzas a
descontar de sus haberes el veinticinco por ciento (25 %) de su salario bruto, en
concepto de aporte voluntario mensual y en carácter de donación al Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de la Emergencia Sanitaria, por el
lapso de tres (3) meses;
Que por Nota N° NO-2020-13055138-GCABA-SECCCPC el señor Federico Di
Benedetto, en su carácter de Secretario de Comunicación, Contenidos y Participación
Ciudadana, autorizó a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes
del Ministerio de Hacienda y Finanzas a descontar de sus haberes el veinticinco por
ciento (25 %) de su salario bruto, en concepto de aporte voluntario mensual y en
carácter de donación al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco
de la Emergencia Sanitaria, por el lapso de tres (3) meses;
Que por Nota N° NO-2020-12990861-GCABA-SECA el señor Eduardo Alberto
Macchiavelli, en su carácter de Secretario de Ambiente, autorizó a la Dirección
General Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas a descontar de sus haberes el veinticinco por ciento (25 %) de su salario
bruto, en concepto de aporte voluntario mensual y en carácter de donación al
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de la Emergencia
Sanitaria, por el lapso de tres (3) meses;
Que por Nota N° NO-2020-13070677-GCABA-SECDCI el señor Gustavo Alfredo
Gesualdo, en su carácter de Secretario de Desarrollo Ciudadano, autorizó a la
Dirección General Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda
y Finanzas a descontar de sus haberes el veinticinco por ciento (25 %) de su salario
bruto, en concepto de aporte voluntario mensual y en carácter de donación al
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de la Emergencia
Sanitaria, por el lapso de tres (3) meses;
Que por Nota N° NO-2020-12807123-GCABA-SECTC la señora María Paula Uhalde,
en su carácter de Secretaria de Transformación Cultural, autorizó a la Dirección
General Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas a descontar de sus haberes el veinticinco por ciento (25 %) de su salario
bruto, en concepto de aporte voluntario mensual y en carácter de donación al
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de la Emergencia
Sanitaria, por el lapso de tres (3) meses;
Que por Nota N° NO-2020-12809072-GCABA-SECPECG el señor Patricio Avellaneda,
en su carácter de Secretario de Planificación, Evaluación y Coordinación de Gestión,
autorizó a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio
de Hacienda y Finanzas a descontar de sus haberes el veinticinco por ciento (25 %) de
su salario bruto, en concepto de aporte voluntario mensual y en carácter de donación
al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de la Emergencia
Sanitaria, por el lapso de tres (3) meses;
Que por Nota N° NO-2020-13070277-GCABA-SECITD el señor Fernando Benegas, en
su carácter de Secretario de Innovación y Transformación Digital, autorizó a la
Dirección General Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda
y Finanzas a descontar de sus haberes el veinticinco por ciento (25 %) de su salario
bruto, en concepto de aporte voluntario mensual y en carácter de donación al
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de la Emergencia
Sanitaria, por el lapso de tres (3) meses;
Que por Nota N° NO-2020-12839024-GCABA-SECACGC el señor Facundo Carrillo,
en su carácter de Secretario de Atención Ciudadana y Gestión Comunal, autorizó a la
Dirección General Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda
y Finanzas a descontar de sus haberes el veinticinco por ciento (25 %) de su salario
bruto, en concepto de aporte voluntario mensual y en carácter de donación al
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de la Emergencia
Sanitaria, por el lapso de tres (3) meses;
Que por Nota N° NO-2020-12928721-GCABA-SECDU el señor Álvaro García Resta,
en su carácter de Secretario de Desarrollo Urbano, autorizó a la Dirección General
Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda y Finanzas a
descontar de sus haberes el veinticinco por ciento (25 %) de su salario bruto, en
concepto de aporte voluntario mensual y en carácter de donación al Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de la Emergencia Sanitaria, por el
lapso de tres (3) meses;
Que por Nota N° NO-2020-12830441-GCABA-SECTOP el señor Juan José Méndez,
en su carácter de Secretario de Transporte y Obras Públicas, autorizó a la Dirección
General Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda y
Finanzas a descontar de sus haberes el veinticinco por ciento (25 %) de su salario
bruto, en concepto de aporte voluntario mensual y en carácter de donación al
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de la Emergencia
Sanitaria, por el lapso de tres (3) meses;
Que por Nota N° NO-2020-12960976-GCABA-SECJS el señor Marcelo DÃÂÃÂÃÂÃÂÃÂÃÂÃÂôAlessandro,
en su carácter de Secretario de Justicia y Seguridad, autorizó a la Dirección General
Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda y Finanzas a
descontar de sus haberes el veinticinco por ciento (25 %) de su salario bruto, en
concepto de aporte voluntario mensual y en carácter de donación al Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de la Emergencia Sanitaria, por el
lapso de tres (3) meses;
Que por Nota N° NO-2020-13059139-GCABA-SECISPM el señor Sergio Gabriel
Constantino, en su carácter de Secretario de Integración Social para Personas
Mayores, autorizó a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes del
Ministerio de Hacienda y Finanzas a descontar de sus haberes el veinticinco por ciento
(25 %) de su salario bruto, en concepto de aporte voluntario mensual y en carácter de
donación al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de la
Emergencia Sanitaria, por el lapso de tres (3) meses;
Que por Nota N° NO-2020-12915368-GCABA-SECISYU el señor Diego Hernán
Fernández, en su carácter de Secretario de Integración Social y Urbana, autorizó a la
Dirección General Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda
y Finanzas a descontar de sus haberes el veinticinco por ciento (25 %) de su salario
bruto, en concepto de aporte voluntario mensual y en carácter de donación al
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de la Emergencia
Sanitaria, por el lapso de tres (3) meses;
Que por Nota N° NO-2020-13097703-GCABA-SGCBA la señora Mónica Beatriz Freda,
en su carácter de Síndica General de la Ciudad de Buenos Aires, autorizó a la
Dirección General Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda
y Finanzas a descontar de sus haberes el veinticinco por ciento (25 %) de su salario
bruto, en concepto de aporte voluntario mensual y en carácter de donación al
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el marco de la Emergencia
Sanitaria, por el lapso de tres (3) meses;
Que todo lo aportado será depositado en la Cuenta Corriente Recaudadora N°
5007510/6 "MINISTERIO SALUD- DONACIONES COVID 19" para atender las
necesidades dinámicas que surgen en el marco de la emergencia sanitaria que el
COVID-19 genera;
Que el Decreto N° 463/19 y modificatorios establece en cabeza de la Subsecretaría de
Gestión de Recursos Humanos la responsabilidad, entre otras, de entender en las
políticas de administración de los recursos humanos del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por ello, se dicta la presente resolución a efectos de aceptar los referidos aportes
solidarios.
Por ello, en uso de las atribuciones por el Decreto N° 463/19 y modificatorios,
Artículo 1°.- Acéptense los aportes efectuados por los funcionarios del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires identificados en los considerandos de la presente
resolución, con el objeto de atender la emergencia sanitaria declarada en el Decreto
de Necesidad y Urgencia No 1/20.
Artículo 2°.- Los aportes aceptados en el artículo 1° de la presente resolución
quedarán depositados en la Cuenta Corriente Recaudadora N° 5007510/6
"MINISTERIO SALUD- DONACIONES COVID 19".
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Para su
conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Dirección General Administración y
Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese.
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