RESOLUCIÓN 72 2020 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Síntesis:

SE INSTRUYE - REVISAR Y MODIFICAR - PROYECTOS DE AUDITORÍA - PLANES ANUALES DE TRABAJO - AÑO 2020 - GERENCIAS GENERALES - AUDITORÍA JURISDICCIÓN I Y II - AUDITORÍA DE COMUNAS - RELACIONES INSTITUCIONALES - SINDICATURA GENERAL - UNIDADES DE AUDITORÍA INTERNA - JURISDICCIONES Y ENTIDADES DEPENDIENTES DEL PODER EJECUTIVO - DESAFECTACIÓN DE PROYECTOS DE AUDITORÍA - FIJACIÓN DE NUEVOS PLAZOS DE PRESENTACIÓN Y O GENERACIÓN DE INFORMES IMPREVISTOS DE AUDITORÍA - EMERGENCIA SANITARIA - PANDEMIA - CORONAVIRUS - COVID-19 - SINDICATURA GENERAL

Publicación:

08/05/2020

Sanción:

05/05/2020

Organismo:

F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (BOCBA N° 47), la Ley N° 70

(BOCBA N° 539), el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 (BOCBA N° 5.823), el

Decreto N° 147/20 (BOCBA N° 5.824), las Resoluciones N° 182-SGCBA/16 (BOCBA

N° 4.983), N° 1-SGCBA/19 (BOCBA N° 5.543) y N° 147-SGCBA/19 (BOCBA N°

5.754), el Expediente Electrónico N° 12.956.464-GCABA-GGTALSGCBA/20, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires establece que la

Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el órgano rector de

las normas de control interno, con personería jurídica propia y autarquía administrativa

y financiera;

Que la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 6.017) fijó los Sistemas de Gestión,

Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires,

así como también estableció la organización y funcionamiento de sus órganos;

Que el artículo 121 de la Ley citada dispone que el Sistema de Control Interno queda

conformado por la Sindicatura General de la Ciudad -órgano normativo, de supervisión

y coordinación- y por las Unidades de Auditoría Interna de cada jurisdicción y entidad

dependiente del Poder Ejecutivo, estas últimas coordinadas técnicamente por la

Sindicatura General;

Que el artículo 123 inciso 12) y el artículo 130 inciso 7) de dicha Ley, establecen que

es función de esta Sindicatura General y atribución del/de la Síndico/a General,

aprobar los Planes Anuales de Trabajo de las Unidades de Auditoría Interna, orientar y

supervisar su ejecución y resultados;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y modificatorio, se declaró la

Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el

15 de Junio de 2020, a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para

prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del

coronavirus (COVID-19);

Que en ese contexto y por Decreto N° 147/20, se establecieron las áreas de máxima

esencialidad e imprescindible funcionamiento durante la vigencia de la mencionada

pandemia;

Que las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y las medidas de

prevención y control adoptadas por el Gobierno Nacional y de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, afectan el normal desarrollo de las actividades de la Administración

Pública y, en consecuencia, de los Planes Anuales de Trabajo de esta Sindicatura

General y de las Unidades de Auditoría Interna, programados para el año 2020;

Que mediante la Resolución N° 182-SGCBA/16 se aprobó el Procedimiento para la

Elaboración de la Planificación de Auditorías;

Que la Planificación Anual de Auditoría determina las metas de control a alcanzar por

la Sindicatura General de la Ciudad y por las Unidades de Auditoría Interna de las

distintas jurisdicciones y entidades dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, en el ámbito de sus competencias, durante el período de

un (1) año;

Que por Resolución N° 1-SGCBA/19, se aprobó la Estructura Orgánico Funcional de

esta Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por Resolución N° 147-SGCBA/19 se aprobaron los Planes Anuales de Trabajo

de esta Sindicatura General y de las Unidades de Auditoría Interna para el año 2020;

Que el artículo 3° de la citada norma establece que las modificaciones ulteriores

necesarias en la Planificación de la Sindicatura General serán aprobadas por el/la

Síndico/a General de acuerdo a lo informado por las Gerencias Generales de Auditoría

Jurisdicción I y II, la Gerencia General Auditoría de Comunas y la Gerencia Operativa

de Relaciones Institucionales de esta Sindicatura General;

Que el artículo 4° establece que las modificaciones ulteriores necesarias en la

Planificación de las Unidades de Auditoría Interna serán aprobadas por el/la Síndico/a

General Adjunto/a, de acuerdo a lo informado por los Gerentes Generales de Auditoría

Jurisdicción I y II de esta Sindicatura General;

Que en el marco de la Emergencia Sanitaria, de la situación epidemiológica actual, de

las medidas de distanciamiento social y de las políticas que lleva adelante el Gobierno

de la Ciudad en torno a la pandemia coronavirus (COVID-19), resulta necesario

acompañar las decisiones dispuestas a través de la implementación de medidas

excepcionales en concordancia con el plexo normativo vigente;

Que en virtud de la situación detallada y del carácter extraordinario de los

acontecimientos, es conveniente revisar y modificar los objetivos fijados al momento

de confeccionar el Plan Anual de Trabajo de esta Sindicatura General y de las

Unidades de Auditoría Interna para el año 2020, con el propósito de reorganizar su

importancia relativa como materia a auditar;

Que por lo tanto corresponde instruir a las Gerencias Generales de Auditoría

Jurisdicción I y II, a la Gerencia General Auditoría de Comunas, a la Gerencia

Operativa Relaciones Institucionales de esta Sindicatura General y a las Unidades de

Auditoría Interna a revisar los proyectos de auditoría incluidos en los Planes Anuales

de Trabajo para el año 2020, con el fin de desafectar los mismos, fijar nuevos plazos

de presentación y/o generar informes imprevistos de auditoría considerando la

situación de Emergencia Sanitaria vigente;

Que atento a lo expuesto, es menester dictar el acto administrativo correspondiente;

Que la Subgerencia Operativa Normativa ha tomado la intervención que resulta de su

competencia;

Que la Subgerencia Operativa Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta

de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 12.984.418-GCABA-

GGTALSGCBA/20.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 70 (texto consolidado

por Ley N° 6.017) y lo establecido en los artículos 3° y 4° de la Resolución N° 147-

SGCBA/19,

LA SÍNDICA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Instrúyese, con carácter excepcional, a las Gerencias Generales de

Auditoría Jurisdicción I y II, a la Gerencia General Auditoría de Comunas, a la

Gerencia Operativa Relaciones Institucionales de esta Sindicatura General y a las

Unidades de Auditoría Interna de las distintas jurisdicciones y entidades dependientes

del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a revisar y modificar los

proyectos de auditoría incluidos en los Planes Anuales de Trabajo para el año 2020,

aprobados por Resolución N° 147-SGCBA/19, conforme el procedimiento allí

establecido.

Artículo 2°.- Establécese que la revisión y modificación autorizadas por el artículo 1° de

la presente Resolución podrán comprender la desafectación de proyectos de auditoría

detallados en los Planes Anuales de Trabajo para el año 2020, la fijación de nuevos

plazos de presentación y/o la generación de informes imprevistos de auditoría como

consecuencia de la Emergencia Sanitaria declarada por el Decreto de Necesidad y

Urgencia N° 1/20 en virtud de la pandemia coronavirus (COVID-19).

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese a las Unidades de Auditoría Interna de cada jurisdicción y entidad

dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al/a la

Síndico/a General Adjunto/a, a la Unidad de Auditoría Interna, a las Gerencias

Generales Auditoría Jurisdicción I y II, a la Gerencia General Auditoría de Comunas y

a la Gerencia Operativa Relaciones Institucionales de esta Sindicatura General y, para

su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia General Técnica, Administrativa

y Legal. Cumplido, archívese. Freda

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art.1 de la Resolución 72-SGCBA-20, instruye a revisar y modificar los proyectos de auditoría incluidos en los Planes Anuales de Trabajo para el año 2020, aprobados por Resolución 147-SGCBA/19.</p>