RESOLUCIÓN 506 2020 SUBSECRETARIA DE HACIENDA

Síntesis:

SE APRUEBA - MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS - COVID 19 - PANDEMIA - EMERGENCIA SANITARIA - PRESUPUESTO - MINISTERIO DE SALUD - DIRECCION GENERAL DE RECURSOS FISICOS EN SALUD - MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HÁBITAT - INSTITUTO PARA LA VIVIENDA - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - ADMINISTRACION  GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Publicación:

11/05/2020

Sanción:

06/05/2020

Organismo:

SUBSECRETARIA DE HACIENDA


VISTO: La Ley N° 6281 promulgada por el Decreto N° 493-AJG-19, la distribución

analítica aprobada por Decreto N° 27-AJG-20, las Normas Anuales de Ejecución y

Aplicación del Presupuesto General 2020 aprobadas por el Decreto N° 32-AJG-20, el

Expediente Electrónico N°12.431.473-20 y;

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente citado en el Visto se propician modificaciones crediticias al

Presupuesto vigente;

Que, las compensaciones a realizar son las cursadas por la Subsecretaria de

Coordinación Legal Técnica y Administrativa dependiente del Ministerio Jefatura de

Gabinete que tramita una modificación presupuestaria a fin de solventar diversos

gastos por Emergencia-COVID 19, así como aquellas otras readecuaciones

presupuestarias que son imprescindibles para el normal desarrollo de las actividades

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, en virtud de lo expuesto, corresponde efectuar las modificaciones crediticias que

se detallan en el Anexo I, utilizando para ello las facultades emergentes del Capítulo

XI, Artículo 40, Apartado I de las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del

Presupuesto General 2020, aprobadas por Decreto N° 32-AJG-20 (B.O.5775);

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE HACIENDA

DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébanse las modificaciones de créditos obrante en el Anexo I (IF-

2020-13098249-GCABA-DGOGPP), que a todos sus efectos, forma parte integrante

de la presente resolución.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su

conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Oficina de Gestión Pública

y Presupuesto. Cumplido, archívese. Arengo Piragine


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5866