RESOLUCIÓN 2656 2020 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
SE DESIGNA - GERENTE OPERATIVO - CARÁCTER TRANSITORIO - GERENCIA OPERATIVA ENLACE GUBERNAMENTAL - ALEJANDRO POLIVANOFF - ORGANISMO FUERA DE NIVEL UNIDAD ENLACE - CONSEJO DE SEGURIDAD Y PREVENCIÓN DEL DELITO LEY 1689 - SUBSECRETARÍA PROMOCIÓN PREVENCIÓN Y ASISTENCIA CIUDADANA AL TURISTA - SECRETARÍA JUSTICIA Y SEGURIDAD - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Publicación:
11/05/2020
Sanción:
06/05/2020
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: Las Leyes Nros. 471 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y modificatorias,
6.292, los Decretos Nros. 684/09, 335/11, 571/11,463/19 y modificatorios, la
Resolución N° 3749/MEFGC/19, el Expediente Electrónico N° 9.689.690-GCABA-
DGTALMJYS-2020, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo,
al Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que por Decreto N° 463/19 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que por Decreto N° 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración
Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de aplicación en los organismos del
Poder Ejecutivo;
Que posteriormente, por Decreto N° 335/11 se modificó el artículo 3° del Decreto N°
684/09, el cual especifica que los cargos gerenciales se dividirán en dos niveles que
se denominarán "Gerencia Operativa" y "Subgerencia Operativa", a los que les
corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras
organizativas de este Gobierno;
Que por el artículo 4° del Decreto N° 571/11 se autorizó al entonces Secretario de
Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos Gerenciales, su
duración y a fijar el plazo dentro del cual deberán convocarse los concursos públicos y
abiertos de antecedentes y oposición para los cargos de los mismos;
Que por Resolución N° 3749/MEFGC/19 se aprobaron las disposiciones generales
aplicables al Régimen Gerencial de la Administración Pública de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que mediante Informe Número IF-2020-12974687-GCABA-UECSYPD el Organismo
fuera de nivel Unidad Enlace del Consejo de Seguridad y Prevención del Delito Ley N°
1689 dio cumplimiento a lo establecido en el inciso i) del artículo 3° del Anexo I de la
mentada Resolución N° 3749/MEFGC/19;
Que a efectos de cubrir elcargo vacante en forma transitoria hasta tanto se realice la
convocatoria para los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición, el
Ministerio de Justicia y Seguridad propicia la designación del Sr. Alejandro Polivanoff,
DNI N° 37.332.272, CUIL N° 20-37332272-6, como Gerente Operativo de la Gerencia
Operativa Enlace Gubernamental, del Organismo fuera de nivel Unidad Enlace del
Consejo de Seguridad y Prevención del Delito Ley N° 1689, de la Subsecretaría
Promoción, Prevención y Asistencia Ciudadana al Turista, de la Secretaría Justicia y
Seguridad, toda vez que posee la idoneidad necesaria para el desempeño del cargo
para el cual es propuesto;
Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de
Hacienda y Finanzas, ha verificado la inexistencia de incompatibilidad del agente
propuesto para la cobertura transitoria del cargo, de acuerdo con lo normado en el
artículo 7° de la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y modificatorias;
Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el art. 17 incs. 11 y 12 de la Ley N°
6.292,
Artículo 1°.-Desígnase, a partir del 17 de marzo de 2020, con carácter transitorio, al Sr.
Alejandro Polivanoff, DNI N° 37.332.272, CUIL N° 20-37332272-6, como Gerente
Operativo de la Gerencia Operativa Enlace Gubernamental, del Organismo fuera de
nivel Unidad Enlace del Consejo de Seguridad y Prevención del Delito Ley N° 1689, de
la Subsecretaría Promoción, Prevención y Asistencia Ciudadana al Turista, de la
Secretaría Justicia y Seguridad, del Ministerio de Justicia y Seguridad.
Artículo2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a las Direcciones Generales Administración y Liquidación de Haberes,
Desarrollo del Servicio Civil, Técnica, Administrativa y Legal, del Ministerio de
Hacienda y Finanzas y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al Organismo
fuera de nivel Unidad Enlace del Consejo de Seguridad y Prevención del Delito Ley N°
1689, del Ministerio de Justicia y Seguridad, debiendo esta última notificar
fehacientemente al interesado y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos.
Mura