DECRETO 214 2020

Síntesis:

SE DELEGA - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - FACULTAD DE APROBAR EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - CONTRATACIÓN SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS - PERSONAL DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA DE ETAPA ÚNICA 2900-0496-LPU20

Publicación:

20/05/2020

Sanción:

18/05/2020

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Las Leyes Nros.

1.218 y 2.095 (ambas con texto consolidado según Ley N° 6.017), los Decretos Nros.

168/GCABA/19, modificado por Decreto N° 207/GCABA/19 y 458/GCABA/19, la

Resolución N° 24/MJYSGC/20, la Disposición N° 1.073/DGCyC/19, el Expediente

Electrónico N° 10388181-GCABA-DGAYCON/20, y

CONSIDERANDO:

Que por el actuado citado en el Visto tramita la Licitación Pública de Etapa Única N°

2900-0496-LPU20, convocada para la contratación del servicio de elaboración y

distribución de comidas con destino a cadetes, cursantes, guardias, profesores,

instructores y personal autorizado del Instituto Superior de Seguridad Pública por un

plazo de 36 meses;

Que la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017) establece las normas

básicas para los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios

llevados a cabo por el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el Decreto N° 168/GCABA/19 aprobó la reglamentación de la Ley N° 2.095 (texto

consolidado según Ley N° 6.017) incorporando en su Artículo 85 la implementación del

Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires (BAC) y fijó los niveles de decisión y cuadro de

competencias conforme se detalla en sus Anexos II, III, IV, V, VI y VII;;

Que el Decreto N° 207/GCABA/19 modificó los niveles de decisión y cuadro de

competencias de los Anexos II, III, IV, V, VI y VII del Decreto N° 168/GCABA/19;

Que por Disposición N° 1.073/DGCyC/19 la Dirección General de Compras y

Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector del sistema de compras y

contrataciones y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo N° 18, Inciso j)

de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017) aprobó el Pliego Único de

Bases y Condiciones Generales;

Que por Resolución N° 24/MJYSGC/20 se constituyó la Comisión de Evaluación de

Ofertas en la órbita de la Subsecretaría de Gestión Administrativa y se designaron sus

miembros permanentes;

Que a fin de concretar la contratación precitada, resulta oportuna la celebración de una

Licitación Pública encuadrada en lo dispuesto por el Artículo 31 y concordantes de la

Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017);

Que la Dirección General Adquisiciones y Contrataciones, de conformidad con el

requerimiento de la Secretaría General del Instituto Superior de Seguridad Pública

(SGISSP), elaboró los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y sus Anexos para

el presente llamado a Licitación Pública que, agregados al expediente, corresponde

aprobar;

Que asimismo, la Secretaría General del Instituto Superior de Seguridad Pública ha

brindado la información necesaria para la elaboración del Pliego de Especificaciones

Técnicas;

Que, por otra parte y a fin de lograr una mayor celeridad y eficiencia, resulta

conveniente autorizar al Ministerio de Justicia y Seguridad a aprobar los Pliegos de

Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y a realizar el

llamado a licitación pública, delegándosele la facultad de emitir las circulares

aclaratorias con y sin consulta que resulten necesarias sobre la documentación

licitatoria, dictar los actos administrativos necesarios para adjudicar la licitación

pública, suscribir la/s pertinente/s orden/es de compra y dictar todos los actos

administrativos que fueren necesarios para la materialización, control y ejecución del

servicio desde su inicio hasta su finalización, así como las ampliaciones o

disminuciones del objeto del contrato de acuerdo a los límites de la normativa vigente

y sus posibles prórrogas y continuidades, y en caso de corresponder, rescisiones, todo

ello en el marco de la normativa aplicable;

Que el Presupuesto Oficial para la realización de la presente Licitación asciende a la

suma total de pesos un mil setecientos cuarenta y siete millones ochocientos ochenta

y nueve mil ochocientos setenta y tres ($ 1.747.889.873,00.-);

Que por Decreto N° 458/GCABA/19 se encomendó con carácter ad honorem, al

Vicejefe de Gobierno, Señor Diego Cesar Santilli, las atribuciones necesarias para

conducir y coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los

objetivos asignados al mismo;

Que la Dirección General Adquisiciones y Contrataciones dependiente de la

Subsecretaría de Gestión Administrativa del Ministerio de Justicia y Seguridad

intervino en el marco de su competencia;

Que, finalmente, se ha dado intervención a la Procuración General de la Ciudad, en el

marco de la Ley N° 1.218 (texto consolidado según Ley N° 6.017), en virtud de la cual

emitió el Dictamen Jurídico N° IF-2020-13227670-GCABA-PG

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°. - Delégase en el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad la facultad

de aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones

Técnicas para la contratación del servicio de elaboración y distribución de comidas con

destino a cadetes, cursantes, guardias, profesores, instructores y personal autorizado

del Instituto Superior de Seguridad Pública, efectuar el llamado a Licitación Pública de

Etapa Única N° 2900-0496-LPU20, emitir Circulares con y sin consulta sobre la

documentación licitatoria, como así también de dictar todos los actos administrativos

que fueran necesarios para la tramitación y adjudicación de la pertinente Licitación

Pública, y de aquellos que sean necesarios para la ejecución y control de la

contratación desde su materialización y hasta su finalización, la emisión de la/s

pertinentes orden/es de compra en caso de corresponder, la ampliación y/o

disminución del total adjudicado, ampliaciones de plazo, la prórroga y continuidad del

plazo de duración, la aplicación de penalidades, como la rescisión del contrato

suscripto, y en general cualquier otra situación que haga al cumplimiento del mismo,

todo ello en el marco de la normativa aplicable.

Artículo 2°. El presente Decreto es refrendado por el Señor Vicejefe de Gobierno

(Decreto N°458/19) y por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el sitio

de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el portal

www.buenosairescompras.gob.ar, comuníquese a la Dirección General Técnica

Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad y a la Secretaría General

del Instituto Superior de Seguridad Pública y remítase a la Dirección General

Adquisiciones y Contrataciones para la prosecución del trámite. RODRÍGUEZ

LARRETA - Santilli p/p - Miguel