DECRETO 214 2020
Síntesis:
SE DELEGA - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - FACULTAD DE APROBAR EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - CONTRATACIÓN SERVICIO DE ELABORACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE COMIDAS - PERSONAL DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA DE ETAPA ÚNICA 2900-0496-LPU20
Publicación:
20/05/2020
Sanción:
18/05/2020
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Las Leyes Nros.
1.218 y 2.095 (ambas con texto consolidado según Ley N° 6.017), los Decretos Nros.
168/GCABA/19, modificado por Decreto N° 207/GCABA/19 y 458/GCABA/19, la
Resolución N° 24/MJYSGC/20, la Disposición N° 1.073/DGCyC/19, el Expediente
Electrónico N° 10388181-GCABA-DGAYCON/20, y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado citado en el Visto tramita la Licitación Pública de Etapa Única N°
2900-0496-LPU20, convocada para la contratación del servicio de elaboración y
distribución de comidas con destino a cadetes, cursantes, guardias, profesores,
instructores y personal autorizado del Instituto Superior de Seguridad Pública por un
plazo de 36 meses;
Que la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017) establece las normas
básicas para los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios
llevados a cabo por el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Decreto N° 168/GCABA/19 aprobó la reglamentación de la Ley N° 2.095 (texto
consolidado según Ley N° 6.017) incorporando en su Artículo 85 la implementación del
Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires (BAC) y fijó los niveles de decisión y cuadro de
competencias conforme se detalla en sus Anexos II, III, IV, V, VI y VII;;
Que el Decreto N° 207/GCABA/19 modificó los niveles de decisión y cuadro de
competencias de los Anexos II, III, IV, V, VI y VII del Decreto N° 168/GCABA/19;
Que por Disposición N° 1.073/DGCyC/19 la Dirección General de Compras y
Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector del sistema de compras y
contrataciones y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo N° 18, Inciso j)
de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017) aprobó el Pliego Único de
Bases y Condiciones Generales;
Que por Resolución N° 24/MJYSGC/20 se constituyó la Comisión de Evaluación de
Ofertas en la órbita de la Subsecretaría de Gestión Administrativa y se designaron sus
miembros permanentes;
Que a fin de concretar la contratación precitada, resulta oportuna la celebración de una
Licitación Pública encuadrada en lo dispuesto por el Artículo 31 y concordantes de la
Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.017);
Que la Dirección General Adquisiciones y Contrataciones, de conformidad con el
requerimiento de la Secretaría General del Instituto Superior de Seguridad Pública
(SGISSP), elaboró los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y sus Anexos para
el presente llamado a Licitación Pública que, agregados al expediente, corresponde
aprobar;
Que asimismo, la Secretaría General del Instituto Superior de Seguridad Pública ha
brindado la información necesaria para la elaboración del Pliego de Especificaciones
Técnicas;
Que, por otra parte y a fin de lograr una mayor celeridad y eficiencia, resulta
conveniente autorizar al Ministerio de Justicia y Seguridad a aprobar los Pliegos de
Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y a realizar el
llamado a licitación pública, delegándosele la facultad de emitir las circulares
aclaratorias con y sin consulta que resulten necesarias sobre la documentación
licitatoria, dictar los actos administrativos necesarios para adjudicar la licitación
pública, suscribir la/s pertinente/s orden/es de compra y dictar todos los actos
administrativos que fueren necesarios para la materialización, control y ejecución del
servicio desde su inicio hasta su finalización, así como las ampliaciones o
disminuciones del objeto del contrato de acuerdo a los límites de la normativa vigente
y sus posibles prórrogas y continuidades, y en caso de corresponder, rescisiones, todo
ello en el marco de la normativa aplicable;
Que el Presupuesto Oficial para la realización de la presente Licitación asciende a la
suma total de pesos un mil setecientos cuarenta y siete millones ochocientos ochenta
y nueve mil ochocientos setenta y tres ($ 1.747.889.873,00.-);
Que por Decreto N° 458/GCABA/19 se encomendó con carácter ad honorem, al
Vicejefe de Gobierno, Señor Diego Cesar Santilli, las atribuciones necesarias para
conducir y coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los
objetivos asignados al mismo;
Que la Dirección General Adquisiciones y Contrataciones dependiente de la
Subsecretaría de Gestión Administrativa del Ministerio de Justicia y Seguridad
intervino en el marco de su competencia;
Que, finalmente, se ha dado intervención a la Procuración General de la Ciudad, en el
marco de la Ley N° 1.218 (texto consolidado según Ley N° 6.017), en virtud de la cual
emitió el Dictamen Jurídico N° IF-2020-13227670-GCABA-PG
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°. - Delégase en el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad la facultad
de aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones
Técnicas para la contratación del servicio de elaboración y distribución de comidas con
destino a cadetes, cursantes, guardias, profesores, instructores y personal autorizado
del Instituto Superior de Seguridad Pública, efectuar el llamado a Licitación Pública de
Etapa Única N° 2900-0496-LPU20, emitir Circulares con y sin consulta sobre la
documentación licitatoria, como así también de dictar todos los actos administrativos
que fueran necesarios para la tramitación y adjudicación de la pertinente Licitación
Pública, y de aquellos que sean necesarios para la ejecución y control de la
contratación desde su materialización y hasta su finalización, la emisión de la/s
pertinentes orden/es de compra en caso de corresponder, la ampliación y/o
disminución del total adjudicado, ampliaciones de plazo, la prórroga y continuidad del
plazo de duración, la aplicación de penalidades, como la rescisión del contrato
suscripto, y en general cualquier otra situación que haga al cumplimiento del mismo,
todo ello en el marco de la normativa aplicable.
Artículo 2°. El presente Decreto es refrendado por el Señor Vicejefe de Gobierno
(Decreto N°458/19) y por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el sitio
de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el portal
www.buenosairescompras.gob.ar, comuníquese a la Dirección General Técnica
Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad y a la Secretaría General
del Instituto Superior de Seguridad Pública y remítase a la Dirección General
Adquisiciones y Contrataciones para la prosecución del trámite. RODRÍGUEZ
LARRETA - Santilli p/p - Miguel