RESOLUCIÓN 661 2020 SUBSECRETARIA PLANIFICACION SANITARIA Y GESTION EN RED
Síntesis:
SE DEJA SIN EFECTO LA RESOL-2020-585-GCABA-SSPSGER
Publicación:
02/06/2020
Sanción:
28/05/2020
Organismo:
SUBSECRETARIA PLANIFICACION SANITARIA Y GESTION EN RED
VISTO: La Ley 6035, los Decretos Nros. 463/2019, 143/2020, 160/2020, la RESOL-
2020-585-GCABA-SSPSGER y el Expediente Electrónico N° EX-2020- 12575196--
GCABA-DGAYDRH, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° RESOL-2020-585-GCABA-SSPSGER, se designó a la
Dra. Marina Caballero, CUIL. 27-33605196-2, como profesional médica, con 30 horas
semanales de labor, para desempeñarse en la Planta Transitoria de Profesionales de
la Salud, dependiente de la Subsecretaria de Planificación Sanitaria y Gestión en Red,
del Ministerio de Salud, en la partida 4001.0100.ME.01.024 dentro de lo establecido en
la normativa citada;
Que posteriormente al dictado de la Resolución, la mencionada profesional desistió de
la designación por motivos personales;
Que atento lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente dejando
sin efecto la Resolución RESOL-2020-585-GCABA-SSPSGER a fin de regularizar la
situación planteada.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 4° del Decreto N°
143/2020,
EL SUBSECRETARIO
DE PLANIFICACIÓN SANITARIA Y GESTIÓN EN RED
RESUELVE
Artículo 1°.- Dejase sin efecto a partir del día de la fecha la RESOL-2020-585-GCABA-
SSPSGER, en virtud que la Dra. Marina Caballero, CUIL. 27-33605196-2, desiste de la
designacion efectuada.
Artículo 2°.- Dése intervención a la Dirección General Administración y Liquidación de
Haberes, del Ministerio de Hacienda y Finanzas, en el marco de sus competencias.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Administración y
Liquidación de Haberes, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos
Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a la Subsecretaría de Planificación
Sanitaria y Gestión en Red y a la Dirección General Administración y Desarrollo de
Recursos Humanos, ambas dependientes del Ministerio de Salud, la que deberá
practicar fehaciente notificación al interesado de los términos de la presente
Resolución. Cumplido, archívese. Ferrante