RESOLUCIÓN 1284 2020 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

SE ASIGNAN - FONDOS - CAJA CHICA ESPECIAL - SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA - MINISTERIO DE SALUD - ASIGNACIÓN DE FONDOS - MONTO - COVID 19 - PANDEMIA - CORONAVIRUS - EMERGENCIA SANITARIA

Publicación:

03/06/2020

Sanción:

29/05/2020

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO: La Ley 70 (Texto consolidado según Ley N° 6017), el Decreto N° 491/2018, la

Resolución N° 97-MEFGC/2019, la Disposición N° 61-DGCG/2019, la Disposición N°

26-DGCG/2019, la Resolución N° 2913-MHFGC/2020 y, el EE. N° 2020-14263154-

GCABA-SSAH y,

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley 70 se fijaron los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y

Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, por el Decreto N° 491/2018 se aprobó el régimen para la asignación de fondos

destinados a las Unidades de Organización del Gobierno de la Ciudad de Buenos

Aires;

Que, por Resolución N° 97-MEFGC/2019 se aprobó la reglamentación del citado

Decreto;

Que, por Disposición N° 26-DGCG/2019 se aprobó el procedimiento para la solicitud,

asignación y rendición de fondos en concepto de Caja Chica Especial;

Que, la Disposición N° 61-DGCG/2019 aprueba las partidas del clasificador por objeto

del gasto correspondientes a las restricciones y excepciones, en concordancia con lo

establecido en los artículos 2° del Anexo I, 3° del Anexo II y 3° del Anexo IV de la

Resolución N° 97-MEFGC/2019;

Que, por el expediente del Visto, cursa la solicitud de asignación de fondos en

concepto de Caja Chica Especial a la Subsecretaría de Atención Hospitalaria de este

Ministerio de Salud, sin límite de monto por comprobante, por la suma de PESOS

CUATRO MILLONES ($ 4.000.000), a fin de garantizar la inmediata respuesta a las

eventualidades que pudieran surgir frente a los acontecimientos de público

conocimiento y para el fortalecimiento del Sistema Público de la Ciudad, ante el

posible avance y/o transmisión del virus COVID-19;

Que, en el artículo 5° del Anexo de la Resolución N° 97-MEFGC/2019 del Decreto N°

491/2018 se establece, entre otros, que el Ministerio de Hacienda y Finanzas

reglamentará los montos máximos de los fondos a asignar por Ministerio, Secretaría u

Organismo Descentralizado, entre otros ítems, a los efectos que los mismos, en el

marco del Artículo 6°, puedan otorgarlos a sus dependencias;

Que, en función de lo anteriormente expuesto, por Resolución N° 2913/MHFGC/2020,

el Ministerio de Hacienda y Finanzas incremento el monto máximo a asignar,

establecido en las Resoluciones N° 355, 407, 1082, 1266, 2025, 2379 y 2534-

MHFGC/2020;

Que el Artículo 2° de la normativa mencionada precedentemente establece:

"Exceptúase a las Cajas Chicas Especiales que tramitan por Expedientes N°

14136932- GCABA-SSAPAC-20 y 14263154-GCABA-SSAH/20, que serán otorgadas

por el Ministerio de Salud dentro del monto fijado por la presente Resolución, del plazo

de rendición de sesenta (60) días estipulado en el artículo 10 del Anexo II de la

Resolución N° 97/MEFGC/19, debiendo realizar la misma a la finalización del ejercicio

o al momento de agotar el objeto, lo que suceda con anterioridad y de las restricciones

establecidas en el artículo 3° del Anexo II de la Resolución N° 97/MEFGC/19, en

concordancia con las partidas del clasificador por objeto del gasto aprobadas por la

Dirección General de Contaduría mediante Disposición N° 61/DGCG/19";

Que, mediante IF N° 14363843/DGTALMHF/2020, la Subgerente Operativa de la

Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del citado Ministerio pone de

manifiesto que se procedió a fijar el monto máximo a asignar por esta Unidad

Ministerial, como así también se contempló a efectivizar en una (1) única entrega, la

totalidad del requerimiento en el 2° trimestre del año en curso;

Que, ha tomado debida intervención la Dirección General Legal y Técnica, de acuerdo

con lo establecido en el Decreto N° 463-AJG/2019.

Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 491/2018 y, en

atención a los términos de la Resolución N° 2913/MHFGC/2020,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1°.- Asígnese a la Subsecretaría de Atención Hospitalaria de este Ministerio

de Salud, la suma de PESOS CUATRO MILLONES ($ 4.000.000), a efectivizarse en

una (1) única entrega, sin límite de monto por comprobante, en concepto de Caja

Chica Especial, a fin de garantizar la inmediata respuesta a las eventualidades que

pudieran surgir frente a los acontecimientos de público conocimiento y para el

fortalecimiento del Sistema Público de la Ciudad, ante el posible avance y/o

transmisión del virus COVID-19.

Artículo 2°. - Efectivícese la asignación de PESOS CUATRO MILLONES ($

4.000.000), en una (1) única entrega, en el 2° Trimestre del presente ejercicio, contra

rendición documentada de su inversión.

Artículo 3°. - Exceptuase a la presente de lo establecido en el punto g), del Artículo 6°

del Anexo II de la Resolución N° 97-MEFGC/2019, toda vez que se encuentra

fundamentada la imposibilidad de la obtención de tres presupuestos.

Artículo 4°. - En los casos que corresponda, deberán efectuarse las pertinentes

retenciones impositivas, conforme lo establecido en la normativa vigente.

Artículo 5°. - Desígnese como Responsables de la Administración y Rendición de los

Fondos a la Titular Dra. Laura Beatriz Cordero, DNI 13.404.575 y a los agentes

Patricio Fernando Basile, DNI 18.088.814 y Lucrecia Liliana Marquez, DNI 16.092.198,

debiendo depositar los mismos en la Cuenta Corriente N° 20036/3 - Sucursal 16 del

Banco de la Ciudad de Buenos Aires correspondiente al Beneficiario N° 187.501.

Artículo 6°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Para su

conocimiento y demás efectos a la Dirección General Administrativa Contable y

Presupuesto, la que dará intervención a la Dirección General de Contaduría y a la

Subsecretaría Atención Primaria, Ambulatoria y Comunitaria de este Ministerio de

Salud. González Bernaldo de Quirós