RESOLUCIÓN 371 2020 SUBSECRETARIA GESTION DE LA MOVILIDAD
Síntesis:
SE AUTORIZA A AFECTAR AL TRÁNSITO - DIRECCIÓN GENERAL DE REGENERACIÓN URBANA - CORTES TOTALES MOMENTÁNEOS Y SUCESIVOS - REAPERTURA DE CENTROS BARRIALES - SE AUTORIZA - PROVISORIAMENTE - MODIFICACION DE RECORRIDO - LÍNEAS DE AUTOTRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS - 22 - 24 - 28 - 29 - 126
Publicación:
09/06/2020
Sanción:
15/05/2020
Organismo:
SUBSECRETARIA GESTION DE LA MOVILIDAD
VISTO: las Leyes N° 2.148 (texto consolidado según ley N° 6.017) y N° 6.215, los
Decretos N° 463-GCABA/19, Decreto N° 498/19, el EX-2020-13646727- -GCABA-
DGRU; y
CONSIDERANDO:
Que, por el Expediente mencionado en el Visto, la Dirección General de Regeneración
Urbana, solicita permiso para efectuar afectaciones en diversas arterias de la Ciudad,
para la realización de un evento denominado "Reapertura de Centros Barriales";
Que la solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente,
concurrente y peatones y correrán por su cuenta los riesgos por daños o accidentes
que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de
tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente,
como también, serán responsables de la limpieza de las calzadas afectadas;
Que de acuerdo con las Responsabilidades Primarias de la Subsecretaría de Gestión
de la Movilidad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires establecidas mediante el
Decreto N° 463/19, entre ellas, autorizar cortes de calles y avenidas y desvío del
tránsito vehicular cuando correspondiere y entender en la ejecución de operativos que
promuevan un sistema de control y ordenamiento del tránsito y una mayor seguridad
vial;
Que mediante Ley N° 6.215 se aprobó el Manual de Señalización Vial Transitoria,
mediante el cual se establece los lineamientos básicos para regular las señales y
dispositivos a los fines de su aplicación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que la señalización que se aprueba en el Manual Señalización Vial Transitoria, será
utilizada en el transcurso del período de ocupación o afectación total o parcial a la vía,
ya sea durante la ejecución de una obra o el desenvolvimiento de un evento, para
ayudar a reducir el impacto que generan las afectaciones eventuales de las vías de
circulación en los actores viales;
Que la implementación de dichos sistemas de señalización tiene por objetivo
garantizar que el señalamiento vial sea claro, legible, universal y homogéneo para toda
la ciudadanía;
Que por el lugar transitan con su recorrido autorizado las líneas de autotransporte
público de pasajeros N° 22, 28, 29 Y 126;
Que con motivo del cierre en cuestión resulta necesario adecuar el recorrido de la
línea involucrada, considerando las características y disponibilidades del entorno
próximo al sector afectado;
Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo que autorice a la
Dirección General de Regeneración Urbana, a efectuar afectaciones diversas arterias
de la Ciudad, para la realización de un evento denominado "Reapertura de Centros
Barriales", desde el día sábado 16 de mayo de 2020 hasta la finalización de la
Emergencia Sanitaria.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias conforme el Decreto N° 498/19.
Artículo 1°.- Autorízase a la Dirección General de Regeneración Urbana, a efectuar
afectaciones al tránsito, los días sábado 16 de mayo y domingo 17 de mayo para la
realización de tareas de demarcación, según el siguiente detalle:
Cortes totales, momentáneos y sucesivos de:
Defensa, entre Av. Independencia y Av. San Juan, sin afectar bocacalles extremas.
Bolívar, entre Av. Independencia y Av. San Juan, sin afectar bocacalles extremas.
Dr. J.M. Giuffra, entre Defensa y Balcarce, sin afectar esta última.
Estados Unidos, entre Perú y Balcarce, sin afectar bocacalles extremas.
Carlos Calvo, entre Perú y Balcarce, sin afectar bocacalles extremas.
Humberto 1°, entre Perú y Balcarce, sin afectar bocacalles extremas.
Don Anselmo Aieta, entre Bethlem y Humberto 1°, afectando ambas bocacalles.
Bethlem, entre Don Anselmo Aieta y Defensa, afectando ambas bocacalles.
Artículo 2°.- Autorízase a la Dirección General de Regeneración Urbana, a efectuar,
para la realización de un evento denominado "Reapertura de Centros Barriales", desde
el día lunes 18 de mayo de 2020 y hasta la finalización de la Emergencia Sanitaria, en
el horario de 08.00 a 20.00, las siguientes afectaciones al tránsito:
Cierre total de Defensa, entre Av. Independencia y Av. San Juan, sin afectar bocacalles extremas.
Cierre total de Bolívar, entre Av. Independencia y Av. San Juan, sin afectar bocacalles extremas.
Cierre total de Dr. J.M. Giuffra, entre Defensa y Balcarce, sin afectar esta última.
Cierre total de Estados Unidos, entre Perú y Balcarce, sin afectar bocacalles extremas.
Cierre total de Carlos Calvo, entre Perú y Balcarce, sin afectar bocacalles extremas.
Cierre total de Humberto 1°, entre Perú y Balcarce, sin afectar bocacalles extremas.
Cierre total de Don Anselmo Aieta, entre Bethlem y Humberto 1°, afectando ambas bocacalles.
Cierre total de Bethlem, entre Don Anselmo Aieta y Defensa, afectando ambas bocacalles.
Artículo 3°.- Establécese que el tránsito que pretenda circular por las calles afectadas
deberá desviarse por las transversales inmediatas anteriores a los cortes y retomar por
las calles paralelas más próximas que tengan el mismo sentido de circulación.
Artículo 4°.- Autorizase provisoriamente a las líneas de autotransporte público de
pasajeros N° 22, 24, 28, 29 Y 126 a modificar su recorrido durante la materialización
del cierre total de las calles Bolivar y Defensa, desde el día lunes 18 de mayo de 2020
y hasta la finalización de la Emergencia Sanitaria, en el horario de 08.00 a 20.00, ad
referéndum de lo que disponga el Ministerio de Transporte de la Nación y/o Comisión
Nacional de Regulación del Transporte, según el siguiente detalle:
Línea N° 22-
Recorrido A
IDA A QUILMES: Su ruta, Av. Belgrano, Chacabuco, Av. Brasil, Bolívar, Su ruta.
REGRESO A RETIRO: Su ruta, Defensa, Av. Caseros, Perú, Su ruta.
Recorrido B
IDA A QUILMES: Su ruta, Av. Belgrano, Chacabuco, Av. Brasil, Bolívar, Su ruta.
REGRESO A RETIRO: Su ruta, Defensa, Av. Caseros, Perú, Su ruta.
Línea N° 24
Recorrido A
IDA A AVELLANEDA: su ruta, Av. Belgrano, Chacabuco, Av. Brasil, Bolívar, Su ruta.
REGRESO A ESTACIÓN DE VILLA DEL PARQUE: Por su Ruta.
Recorrido B
IDA A AVELLANEDA: su ruta, Av. Belgrano, Chacabuco, Av. Brasil, Bolívar, Su ruta.
REGRESO A ESTACIÓN DE VILLA DEL PARQUE: Por su Ruta.
Recorrido C
IDA A BARRACAS: Su ruta, Av. Belgrano, Chacabuco, Av. Brasil, Bolívar, Su ruta.
REGRESO A ESTACIÓN DE VILLA DEL PARQUE: Por su Ruta.
Línea N° 28
Recorrido A
IDA A TERMINAL DE ÓMNIBUS PUENTE DE LA NORIA: Su ruta, Av. Belgrano,
Chacabuco, Av. Juan de Garay, su ruta.
REGRESO A TERMINAL DE ÓMNIBUS RETIRO: Por su ruta.
Recorrido B
IDA A LINIERS: Su ruta, Av. Belgrano, Chacabuco, Av. Juan de Garay, su ruta.
REGRESO A TERMINAL DE ÓMNIBUS RETIRO: Por su ruta.
Recorrido C
IDA A BARRIO JOSÉ HERNANDEZ: Su ruta, Av. Belgrano, Chacabuco, Av. Juan de
Garay, su ruta.
REGRESO A TERMINAL DE ÓMNIBUS RETIRO: Por su ruta.
Recorrido L
IDA A LINIERS: Su ruta, Av. Belgrano, Chacabuco, Av. Juan de Garay, su ruta.
REGRESO A TERMINAL DE ÓMNIBUS RETIRO: Por su ruta.
Línea N° 29
Recorrido A
IDA A OLIVOS: Por su ruta.
REGRESO A LA BOCA: Su ruta, Av. Belgrano, Chacabuco, Av. Brasil, Bolívar, Su
ruta.
Recorrido B
IDA A PARQUE PRESIDENTE SARMIENTO: Por su ruta.
REGRESO A LA BOCA: Su ruta, Av. Belgrano, Chacabuco, Av. Brasil, Bolívar, Su
ruta.
Recorrido C
IDA A ESTACION RIVADAVIA: Por su ruta.
REGRESO A LA BOCA: Su ruta, Av. Belgrano, Chacabuco, Av. Brasil, Bolívar, Su
ruta.
Línea N° 126
Recorrido A
IDA A AVENIDA MONSEÑOR RODOLFO BUFANO N° 4920: Su ruta, Av. Belgrano,
Chacabuco, Carlos Calvo, Su ruta.
REGRESO A RETIRO: Por su ruta.
Recorrido B
IDA A PERIBEBUY y MOCORETÁ: Su ruta, Av. Belgrano, Chacabuco, Carlos Calvo,
Su ruta.
REGRESO A RETIRO: Por su ruta.
Recorrido E
IDA A AVENIDA MONSEÑOR RODOLFO BUFANO N° 4920: Su ruta, Av. Belgrano,
Chacabuco,
Carlos Calvo, Su ruta.
REGRESO A RETIRO: Por su ruta.
Recorrido F
IDA A PERIBEBUY y MOCORETÁ: Su ruta, Av. Belgrano, Chacabuco, Carlos Calvo,
Su ruta.
REGRESO A RETIRO: Por su ruta.
Artículo 5°.- La solicitante será responsable de la seguridad del personal interviniente,
concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes,
que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros
necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las
reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles
molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas,
de vehículos de emergencias y el paso peatonal seguro. Asimismo, se deberá realizar
el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo
dispuesto en el Artículo 2.1.10 de la Ley N° 2.148.
Artículo 6°.- La solicitante deberá arbitrar los medios necesarios para contar en forma
obligatoria con el apoyo de Policía y procederá al término de la actividad a efectuar la
limpieza del lugar que resulte necesaria.
Artículo 7°.- La solicitante deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el Manual de
Señalización Vial Transitoria, aprobado por Ley N° 6.215 y sus respectivos anexos.
Artículo 8°.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 4°, 5° y 6° de la
presente, la misma carecerá de validez.
Artículo 9°.- La presente no implica autorización para la ocupación de veredas ni otro
espacio público ni la realización de actividades comerciales, promocionales y/o
actividades publicitarias, así como tampoco se autoriza la instalación de "stands" ni la
venta de alimentos y bebidas las que deben tramitarse por cuerda separada en las
áreas correspondientes.
Artículo 10°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
notifíquese y comuníquese a la solicitante, al Ministerio de Transporte de la Nación, a
la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, a la Policía de la Ciudad, a las
Direcciones Generales de Obras en Vías Peatonales, del Cuerpo de Agentes de
Tránsito, de Planificación, Uso y Evaluación, de Inspección de Uso del Espacio
Público; de Fiscalización y Control de Obras, de Limpieza y a la Gerencia Operativa
Estacionamiento Ordenado y Regulación del Cordón. Cumplido, archívese. Galuzzi