DECRETO 238 2020
Síntesis:
SE ACEPTA RENUNCIA DE FUNCIONARIO - TITULAR DE LA UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES (UPE) PARQUE DE LA INNOVACIÓN - IGNACIO JOSÉ STEGMANN - MINISTERIO DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN
Publicación:
12/06/2020
Sanción:
10/06/2020
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 6.292, los Decretos N° 463/19 y modificatorios, N° 88/18 y N° 31/20
y el Expediente Electrónico N° 13920914-GCABA-DGTALMDEP/20, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo
al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción;
Que, por Decreto N° 463/19, se aprobó la estructura orgánico funcional, dependiente
del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose en la
órbita del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción al Organismo Fuera de
Nivel Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Parque de la Innovación;
Que por el Decreto N° 31/20, se designó al señor Ignacio José Stegmann, D.N.I. N°
18.338.067, CUIL N° 20-18338067-3 como Titular de la Unidad de Proyectos
Especiales (UPE) Parque de la Innovación dependiente del Ministerio de Desarrollo
Económico y Producción a partir del 10 de diciembre de 2019;
Que el mencionado funcionario ha presentado su renuncia al cargo aludido a partir del
31 de mayo de 2020;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de
la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Acéptase, a partir del 31 de mayo de 2020, la renuncia presentada por el
señor Ignacio José Stegmann, D.N.I. N° 18.338.067, C.U.I.L N° 20-18338067-3, como
Titular de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Parque de la Innovación
dependiente del Ministerio Desarrollo Económico y Producción.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo
Económico y Producción y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
al interesado dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo 15 de la Ley N° 4.895 (texto consolidado según Ley N° 6.017), comuníquese a
la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de
Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección
General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico y
Producción. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Giusti - Miguel