RESOLUCIÓN 5 1997 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
CREA LA UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS
Publicación:
12/05/1997
Sanción:
30/04/1997
Organismo:
F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Decreto N° 139-GCBA-96, y
CONSIDERANDO:
Que ante la reestructuración de los Sistemas administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, se hace necesario comenzar con la implementación de unidades de control interno, para conformar un sistema de control;
Que, en la organización del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, la Secretaría de Hacienda y Finanzas ocupa un lugar relevante, dada la función primordial de instrumentar las políticas financieras, tributarías y presupuestarias administrando sus sistemas y recursos que posibiliten el efectivo ejercicio de aquellos derechos;
Que es necesario contar con una Unidad de Auditoría Interna en la Secretaría de Hacienda y Finanzas, que realice el control interno de la misma, aplicando un modelo de control integral e integrado que promueva el logro de los objetivos, con eficiencia, eficacia y economía;
Que el suscripto se encuentra fácultado para el dictado de la presente resolución en virtud de lo dispuesto por el artículo 2° del Decreto N° 139-GCBA-96;
Que la Dirección General del Area Legal de esta Sindicatura General ha tomado la intervención que le corresponde;
Por ello,
Artículo 1° - Crear la Unidad de Auditoría Interna de la Secretaría de Hacienda y Finanzas cuyo objetivo consiste en apoyar en el desempeño de sus responsabilidades al señor Secretario, de conformidad con las condiciones establecidas en la Resolución N° 2-S.G.C.B.A.-97.
Art. 2° - La Unidad de Auditoría Interna elevará, dentro de los sesenta (60) días de publicarse la presente en el Boletín Oficial, para su consideración a esta Sindicatura General, el proyecto de estructura organizativa de esa Unidad de Auditoría Interna con el objeto de cumplir con la responsabilidad primaria a efectos del logro de sus objetivos.
Art. 3° - Dése al registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remitase copia a la Secretaría de Hacienda y Finanzas.