RESOLUCIÓN 95 2020 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
Síntesis:
SE APRUEBA - INSTANCIA DE EVALUACIÓN REMOTA - ALUMNOS - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA - PANDEMIA
Publicación:
16/06/2020
Sanción:
22/05/2020
Organismo:
INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688
VISTO: La Ley 5.688 (texto consolidado según Ley 6.017), las Recomendaciones de la
Organización Mundial de la Salud, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 297/20,N°
325/20, N° 355/20, N° 408/20 y N° 459/20, las Resoluciones N° 108/APN/ME/20, N°
1.482/MEDGC/20, N° 56/ISSP/20, N° 61/ISSP/20, N° 66/ISSP/20, N° 74/ISSP/20, N°
88/ISSP/20 y N° 92/ISSP/20, la Resolución Conjunta N° 4/SSCDOC/20, la Nota N°
14102818/SAISSP/20 y el Informe N° 13260739/SAISSP/20, el Expediente Electrónico
N°14103578/SGISSP/20, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.688 (texto consolidado por Ley N° 6.017), en su Artículo 354
establece que el Instituto Superior de Seguridad Pública es un ente autárquico y
descentralizado dentro de la órbita del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) el 11 de marzo de 2020, ha declarado
que el COVID-19 (Coronavirus) constituye una pandemia y que la evolución de la
situación epidemiológica exige que se adopten medidas rápidas, eficaces y urgentes;
Que en razón de ello, el Instituto Superior de Seguridad Pública mediante Resolución
N° 56/ISSP/20, adoptó las medidas recomendadas por las normas nacionales y
locales con motivo de dicha emergencia, y encomendó a distintas áreas de este
Instituto adoptar las medidas necesarias para mitigar su propagación e impacto
sanitario;
Que posteriormente, en adhesión a los términos establecidos por la Resolución
Nacional N°
108/APN/ME/20, dando cumplimiento a la Resolución N°
1.482/MEDGC/20 del Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por
Resolución N° 61/ISSP/20, se suspendió el dictado de clases presenciales en el
Instituto por catorce (14) días corridos a partir del 16 de marzo de 2020,
encomendando a la Secretaría Académica la implementación de un plan de
contingencia, para que en coordinación con los capacitadores viabilice el dictado de
contenidos a distancia, de conformidad con la estructura vigente y con la tecnología
disponible de los destinatarios;
Que mediante D.N.U. N° 297/20, el Presidente de la Nación en Acuerdo General de
Ministros, dispuso la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio a partir del
20 de marzo de 2020 a fin de proteger la salud pública, por un plazo que se ha ido
extendiendo a cada vencimiento por posteriores Decretos de Necesidad y Urgencia N°
325/20, N° 355/20, N° 408/20 y N° 459/20;
Que atento a lo anteriormente mencionado, por Resoluciones N° 74/ISSP/20, N°
88/ISSP/20 y N° 92/ISSP/20 se ha prorrogado el plazo establecido para la suspensión
de clases presenciales en esta casa de estudios;
Que conforme fuera encomendado, la Secretaría Académica implementó un plan de
contingencia adoptando medidas rápidas, eficaces y urgentes para garantizar la
continuidad de la formación y capacitación que se imparte en este Instituto, bajo la
modalidad de educación a distancia, tal como da cuenta el Informe N°
13260739/SAISSP/20;
Que en este contexto de excepcionalidad, mediante los Artículos 2 y 3 de la
Resolución Conjunta N° RESFC/4/2020/SSCDOC emitida por la Subsecretaria de
Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa, la Subsecretaría Agencia de
Aprendizaje a lo largo de la vida y el Subsecretario de Carrera Docente del Ministerio
de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se estableció que los
establecimientos entre los que se encuentran los de educación técnico superior, y de
gestión estatal y privada, podrán conformar de manera excepcional instancias de
evaluación de forma remota que hubieran quedado pendientes, o que no pudieron
llevarse a cabo en la fecha prevista y permitan a los/las estudiantes continuar o
finalizar su nivel de estudio, debiendo arbitrar los medios para verificar la identidad de
los mismos, y utilizar las herramientas tecnológicas necesarias para asegurar la
comunicación sincrónica;
Que la evolución excepcional de las cursadas bajo la modalidad virtual a través de la
Plataforma de Educación a Distancia del ISSP presenta a esta casa de estudios, la
necesidad y el desafío de avanzar en el diseño de una instancia de evaluación bajo
modalidad remota;
Que se han efectuado las consultas pertinentes a las autoridades del Ministerio de
Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a efectos de confirmar y validar
que la modalidad de evaluación seleccionada por este Instituto cumple con los
parámetros estipulados por dicho organismo, para su posterior acreditación de
conocimientos;
Que en aras de avanzar en su implementación, mediante la Nota N°
14102818/SAISSP/20 el Sr. Secretario Académico elevó a consideración el diseño de
la modalidad de toma de examen a distancia denominada "Instancia de evaluación
remota para alumnos del Instituto Superior de Seguridad Pública", concebida para el
desarrollo de las evaluaciones parciales de las materias que integran los semestres en
curso, de la IV y V promoción del "Curso de Formación Inicial para Aspirantes a Oficial
de la Policía de la Ciudad. Tecnicatura Superior en Seguridad Pública - Oficial de
Policial", el primer cuatrimestre del "Curso de Formación Inicial para Aspirante a
Bombero Calificado del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad", y de las Tecnicaturas
Superiores en Seguridad Pública, en Criminalística de Campo y Scopometría y en
Seguridad Ambiental, previendo su implementación en adelante mientras se mantenga
la situación de excepcionalidad, y las aulas virtuales para la capacitación regular;
Que el sistema de evaluaciones de forma remota ideada, permite verificar la identidad
de los alumnos estudiantes y utilizar las herramientas tecnológicas necesarias para
asegurar la comunicación sincrónica, y la generación de exámenes diferenciados y
cronometrados para cada estudiante;
Que a la luz de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente, a los
fines de aprobar la "Instancia de evaluación remota para alumnos del Instituto Superior
de Seguridad Pública" en el marco de la situación de excepcionalidad imperante.
Por ello en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1.- Aprobar la "Instancia de evaluación remota para alumnos del Instituto
Superior de Seguridad Pública" que obra en el Anexo que como IF-14120715-ISSP-
2020, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
para su conocimiento y demás efectos comuníquese al Subsecretaria de Coordinación
Pedagógica y Equidad Educativa, la Subsecretaria Agencia de Aprendizaje a lo largo
de la vida y el Subsecretario de Carrera Docente del Ministerio de Educación de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Secretaría General, a la Secretaría
Académica del Instituto Superior de Seguridad Pública, al Ministerio de Justicia y
Seguridad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Unrein