RESOLUCIÓN 4 1997 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Síntesis:

CREA LA UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

Publicación:

09/05/1997

Sanción:

26/04/1997

Organismo:

F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Decreto N° 139-GCBA-96, y

CONSIDERANDO:

Que ante la reestructuración de los sistemas administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, se hace necesario comenzar con la implementación de unidades de control interno, para conformar un sistema de control;

Que en la organización del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, la Secretaría de Educación ocupa un lugar relevante, dada la función primordial de promover un nivel de calidad en la enseñanza y asegurar políticas sociales complementarias que posibiliten el efectivo ejercicio de aquellos derechos;

Que es necesario contar con una Unidad de Auditoría Interna en la Secretaría de Educación, que realice el control interno de la misma, aplicando un modelo de control integral e integrado que promueve el logro de los objetivos, con eficiencia, eficacia y economía;

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente resolución en virtud de lo dispuesto por el artículo 2° de Decreto N° 139-GCBA-96;

Que la Dirección General del Área Legal de esta Sindicatura General ha tomado la intervención que le corresponde;

Por ello,

EL SÍNDICO GENERAL

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°- Crear la Unidad de Auditoría Interna de la Secretaría de Educación cuyo objetivo consiste en apoyar en el desempeño de sus responsabilidades al señor Secretario, de conformidad con las condiciones establecidas en la Resolución N° 2-SGCBA-97.

Art. 2° - La Unidad de Auditoría Interna elevará , dentro de los sesenta (60) días de publicarse la presente en el Boletín Oficial para su consideración a esta Sindicatura General, el proyecto de estructura organizativa de esa Unidad de Auditoría Interna con e objeto de cumplir con la responsabilidad primaria a efectos del logro de sus objetivos.

Art. 3° - Dése al registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase copia a la Secretaría de Educación.