RESOLUCIÓN 62 2020 SUBSECRETARÍA ATENCIÓN PRIMARIA AMBULATORIA Y COMUNITARIA
Síntesis:
SE AUTORIZA DEVENGADO - PROVISIÓN DE 754 KITS DE PROTECCIÓN PERSONAL - PROVISIÓN DE DESCARTABLES DE USO COMÚN - VOLUNTARIOS - CONVENIOS - MINISTERIO DE SALUD - UNIVERSIDAD NACIONAL DE BUENOS AIRES - CORONAVIRUS - COVID-19 - ACUERDO COMÚN BÁSICO VOLUNTARIADO EMERGENCIA COVID-19
Publicación:
24/06/2020
Sanción:
20/06/2020
Organismo:
SUBSECRETARÍA ATENCIÓN PRIMARIA AMBULATORIA Y COMUNITARIA
VISTO: Expediente Electrónico N° EX-2020-12667659--GCABA-DGLTMSGC, el
Expediente Electrónico N° EX-2020-15549726-GCABA-DGLTMSGC y el Expediente
N° 15664276-GCABA-SSAPAC, y
CONSIDERANDO:
Que, por el Expediente Electrónico N° EX-2020-12667659--GCABA-DGLTMSGC,
cursó el Convenio de Colaboración Registrado Bajo N° RL-2020-12725775-
DGEGRAL, por la Escribanía General, firmado entre la Facultad de Odontología de la
Universidad de Buenos Aires y el Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, cuyo objeto consiste principalmente en la realización de
tareas voluntarias de colaboración en el marco de la pandemia Coronavirus (COVID-
19);
Que las partes señaladas celebraron el convenio Específico de referencia, mediante el
cual la Facultad de Odontología de la Universidad de Buenos Aires acordó
proporcionar al Ministerio un listado de Voluntarios pertenecientes al cuarto, quinto,
sexto año y docentes de la carrera de Odontología con el objeto de realizar las tareas
de apoyo a las campañas de vacunación o asistencia de personas que se encuentran
cumpliendo la cuarentena obligatoria en hoteles de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, lo que incluye la distribución de viandas en el horario de comida, atender
reclamos y necesidades puntuales de los huéspedes, colaborando con el normal
funcionamiento del dispositivo;
Que producto de la imprevisibilidad propia de la actual situación epidemiológica
generada por el Covid19, es que surge la necesidad de modificar las clausulas Cuarta,
Quinta y Novena;
Que, a través del Expediente Electrónico N° EX-2020-15549726-GCABA-DGLTMSGC,
tramito la Adenda Registrada Bajo N° RL-2020-15563543-DGEGRAL, correspondiente
al Convenio mencionado reformulando las Clausulas referidas precedentemente;
Que en la mencionada Adenda se compromete a la Facultad de Odontología de la
UBA, a que el listado de voluntarias/os se encuentre detallado con los datos
identificatorios de cada uno y la cantidad de actividades que los mismos realicen,
guardar registro de los mismos y que las/os voluntarias/os suscriban el "Acuerdo
Común Básico Voluntariado Emergencia COVID-19" donde se establece que el
voluntario se compromete a desempeñar las tareas allí indicadas con un máximo de
dieciocho (18) horas semanales;
Que la mencionada casa de altos estudios, conforme surge de la Adenda referida
deberá proveer los insumos y elementos de protección personal (EPP) necesarios
para preservar su salud, fijándose el valor por Kit en la suma de Pesos Seiscientos
Setenta y Dos ($ 672);
Que, este Subsecretario de Atención Primaria Ambulatoria y Comunitaria, en su
carácter de responsable de la certificación y seguimiento de las obligaciones objeto del
Convenio que nos ocupa, presta conformidad a la solicitud de reintegro efectuada por
la citada Casa de Altos Estudios, por la suma total de Pesos Doce Millones
Seiscientos Setenta y Cuatro Mil Seiscientos Ochenta y Ocho con 00/100
($ 12.674.688,00), correspondiente a: la provisión de 754 Kits de protección personal,
para la totalidad de 661 (seiscientos sesenta y un) VOLUNTARIAS/OS- por grado de
utilización, sobre la base de 25 ( veinticinco) días, en los que prestaron tareas y,
Pesos Siete Mil Cuatrocientos Ochenta y Ocho ($ 7.488.-) por provisión de
descartables de uso común, en el marco de los diversos convenios suscriptos por el
Ministerio de Salud del G.C.A.B.A. con la Universidad Nacional de Buenos Aires en el
marco del Covid-19.;
Que, en su Artículo 1°, la Disposición 334/DGCG/2011, dispone para los trámites
gestionados por el Módulo de Gastos Generales y Transferencias, registrar el
Devengado antes de su ingreso a la Dirección General de Contaduría, dependiente del
Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que, en atención a lo anteriormente expuesto corresponde dictar el acto administrativo
que autorice el devengado, a fin de reintegrar a la Casa de Altos Estudios, la suma
total de Pesos Doce Millones Seiscientos Setenta y Cuatro Mil Seiscientos Ochenta y
Ocho con 00/100 ($ 12.674.688,00)
Que se cuenta con la correspondiente afectación presupuestaria para la gestión que
nos ocupa.
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,
Artículo 1°.- Autorizase el devengado por la suma de Pesos Doce Millones Seiscientos
Setenta y Cuatro Mil Seiscientos Ochenta y Ocho con 00/100 ($ 12.674.688,00),
correspondiente a: la provisión de 754 Kits de protección personal, para la totalidad de
661 (seiscientos sesenta y un) VOLUNTARIAS/OS- por grado de utilización, sobre la
base de 25 ( veinticinco) días, ,en los que prestaron tareas, por un valor unitario de
Pesos Seiscientos Setenta y Dos ($ 672.00), ascendiendo a la suma de Pesos doce
Millones Seiscientos Sesenta y Siete Mil Doscientos (12.667.200.-) y, la suma de
Pesos Siete Mil Cuatrocientos Ochenta y Ocho ($ 7.488.-) por provisión de
descartables de uso común, en el marco de los diversos convenios suscriptos por el
Ministerio de Salud del G.C.A.B.A. con la Universidad Nacional de Buenos Aires en el
marco del Covid-19.
Artículo 2°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Para su
conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Administrativa Contable y
Presupuesto y a la Dirección General Contaduría dependiente del Ministerio de
Hacienda y Finanzas para la emisión de la respectiva Orden de Pago. Battistella