RESOLUCIÓN 84 2020 F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
SE APRUEBA - PLAN ANUAL DE TRABAJO - UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA - MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN - SINDICATURA GENERAL
Publicación:
29/06/2020
Sanción:
25/06/2020
Organismo:
F/N SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (BOCBA N° 47), las Leyes N°
70 (BOCBA N° 539) y N° 6.292 (BOCBA N° 5.757), el Decreto N° 463/19 (BOCBA N°
5.762), las Resoluciones N° 182-SGCBA/16 (BOCBA N° 4.983), N° 41-SGCBA/18
(BOCBA N° 5.346), N° 1-SGCBA/19 (BOCBA N° 5.543) y N° 147-SGCBA/19 (BOCBA
N° 5.754), el Expediente Electrónico N° 15.879.990-GCABAGGTALSGCBA/20, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires establece que la
Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el órgano rector de
las normas de control interno, con personería jurídica propia y autarquía administrativa
y financiera;
Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que
es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;
Que la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 6.017) fijó los Sistemas de Gestión,
Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires y
estableció la organización y funcionamiento de sus órganos;
Que el artículo 121 de la Ley citada dispone que el Sistema de Control Interno queda
conformado por la Sindicatura General de la Ciudad -órgano normativo, de supervisión
y coordinación- y por las Unidades de Auditoría Interna de cada jurisdicción y entidad
dependiente del Poder Ejecutivo, estas últimas coordinadas técnicamente por la
Sindicatura General;
Que el artículo 123 inciso 12) y el artículo 130 inciso 7) de dicha Ley, establecen que
es función de esta Sindicatura General y atribución del/de la Síndico/a General,
aprobar los Planes Anuales de Trabajo de las Unidades de Auditoría Interna, orientar y
supervisar su ejecución y resultados;
Que mediante Ley N° 6.292 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplándose el Ministerio de Desarrollo Económico y
Producción;
Que por Decreto N° 463/19 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a partir del 10
de diciembre del año 2019;
Que mediante la Resolución N° 182-SGCBA/16 se aprobó el Procedimiento para la
Elaboración de la Planificación de Auditorías;
Que el artículo 3° de la citada normativa establece que las Unidades de Auditoría
Interna deberán elevar la Planificación Anual Detallada para consideración de la
Sindicatura General de la Ciudad;
Que mediante Resolución N° 41-SGCBA/18 se aprobó el Manual de Usuario Sistema
Integral de Gestión y Control Interno (SIGECI), como instrumento idóneo para integrar
la debida información para el monitoreo continuo de la gestión y del Sistema de
Control Interno, aplicable a esta Sindicatura General y a las Unidades de Auditoría
Interna;
Que por Resolución N° 147-SGCBA/19 se aprobaron los Planes Anuales de Trabajo
para las Unidades de Auditoría Interna de las distintas jurisdicciones y entidades
dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para el
año 2020;
Que en la mencionada Resolución no se contempló a la Unidad de Auditoría Interna
del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, por no encontrarse creada a la
fecha de su suscripción;
Que a efectos de cumplimentar con la normativa vigente deviene necesario aprobar el
Plan Anual de Trabajo de la Unidad de Auditoría Interna del Ministerio de Desarrollo
Económico y Producción, para el año 2020;
Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto tramita la aprobación del
mencionado Plan Anual de Trabajo;
Que del Expediente mencionado surge que se ha prestado conformidad y, en
consecuencia, se ha recomendado su aprobación;
Que la Subgerencia Operativa Normativa ha tomado la intervención que le
corresponde en virtud de las misiones y funciones establecidas por la Resolución N° 1-
SGCBA/19;
Que la Subgerencia Operativa Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta
de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 15.896.914-GCABA-
GGTALSGCBA/20.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 70 (texto consolidado
por Ley N° 6.017),
Artículo 1°.- Apruébase el Plan Anual de Trabajo de la Unidad de Auditoría Interna del
Ministerio de Desarrollo Económico y Producción del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires para el año 2020 que, como Anexo, Informe N° IF 15.912.893-
GCABA-GGTALSGCBA/20, forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Establécese que las modificaciones ulteriores necesarias a la Planificación
de la Unidad de Auditoría Interna del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción
serán aprobadas por el/la Síndico/a General Adjunto/a, a través del Módulo de
Comunicaciones Oficiales (CCOO) del Sistema de Administración de Documentos
Electrónicos (SADE), de acuerdo a lo informado por el/la Gerente/a General de
Auditoría Jurisdicción II de esta Sindicatura General.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, a la Unidad de
Auditoría Interna del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, al/a la
Síndico/a General Adjunto/a, a la Gerencia General de Auditoría Jurisdicción II de la
Sindicatura General de la Ciudad y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la
Gerencia General Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Freda