RESOLUCIÓN 1467 2020 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
SE MODIFICA ART. 1 RESOLUCIÓN 843-MSGC-20 - SE DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN 1430-MSGC-20 - PROTOCOLO DE MANEJO DE CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS COVID-19 EN AISLAMIENTO EN INSTITUCIONES EXTRAHOSPITALARIAS - MINISTERIO DE SALUD - CORONAVIRUS - EMERGENCIA SANITARIA - PANDEMIA
Publicación:
02/07/2020
Sanción:
01/07/2020
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
Estado:
No vigente
VISTO: Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y de la
Organización Panamericana de la Salud, la Ley N° 27.541, los Decretos de Necesidad
y Urgencia Nacionales Nros. 260/PEN/2020, 297/PEN/2020, 325/PEN/20,
355/PEN/2020, 408/PEN/20, 459/PEN/20, 493/PEN/20, 520/PEN/20 y 576/PEN/20, la
Ley N° 6.292, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y sus modificatorios, el
Decreto N ° 147/GCBA/20, la Resolución del Ministerio de Salud de la Nación N°
680/MSN/20, y EX-2020-10280427- - GCABA-DGLTMSGC y;
CONSIDERANDO:
Que por los Decretos Nacionales de Necesidad y Urgencia Nros. 325/PEN/20,
355/PEN/20, 408/PEN/20,459/PEN/20, 493/PEN/20, 520/PEN/20 y 576/PEN/20 se
prorrogó la vigencia del Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 297/PEN/20
que establece la medida de "Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio" y la
prohibición de desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, a fin de prevenir la
circulación y el contagio del virus Coronavirus (COVID-19) hasta el día 17 de julio de
2020, inclusive;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 8/GCBA/20 se prorrogó la vigencia del
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/GCBA/20 que declaró la Emergencia Sanitaria
en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los fines de atender y adoptar
las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio
en la población del virus COVID-19 (Coronavirus) hasta el 31 de agosto de 2020;
Que por Decreto N° 147/GCBA/20 se estableció que el Ministerio de Salud de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y todos los organismos bajo su órbita, son áreas
de máxima esencialidad e imprescindibles durante la vigencia de la pandemia
Coronavirus (COVID-19) y se facultó a las autoridades superiores con rango no inferior
a Director General a establecer protocolos y procedimientos de trabajo acordes a la
situación epidemiológica actual, asegurando la prestación de los servicios;
Que por Resolución N° 843/MSGC/20 y sus modificatorias, se aprobó el
"PROTOCOLO DE MANEJO DE CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS
COVID-19 EN AISLAMIENTO EN INSTITUCIONES EXTRAHOSPITALARIAS " el cual
contempla la adopción de medidas sanitarias especiales para determinados casos con
la finalidad de optimizar la utilización de los recursos hospitalarios y mantener el
cumplimiento del aislamiento extremo de contacto y/o gota;
Que en función de la evolución de la pandemia COVID-19, las recomendaciones
actualizadas de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización
Panamericana de la Salud (OPS) sumado a la experiencia local en materia de
definición y manejo de casos sospechosos y confirmados, las mejoras en el proceso
de alta epidemiológica y las actualizaciones en la definición de contacto estrecho, es
que se procedió a una nueva actualización del "PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE
A CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS DE CORONAVIRUS COVID-19" que
fuera aprobado por Resolución N° 842/MSGC/2020 y sus modificatorias;
Que como consecuencia de lo antedicho, resulta necesario asimismo aprobar una
nueva actualización del "PROTOCOLO DE MANEJO DE CASOS SOSPECHOSOS Y
CONFIRMADOS COVID-19 EN AISLAMIENTO EN INSTITUCIONES
EXTRAHOSPITALARIAS" que fuera aprobado por la mencionada Resolución N°
843/MSGC/20 y sus modificatorias;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 6292 y Decreto N°147/20,
Artículo 1°. - Modifícase el artículo 1° de la Resolución N° 843/MSGC/20 y sus
modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente manera "Artículo 1°. -
Apruébase el "PROTOCOLO DE MANEJO DE CASOS SOSPECHOSOS Y
CONFIRMADOS COVID-19 EN AISLAMIENTO EN INSTITUCIONES
EXTRAHOSPITALARIAS" que como Anexo I (IF-2020-16248059-GCABA-SSPSGER)
forma parte integrante de la presente Resolución.".-
Artículo 2°. - Déjase sin efecto la Resolución N° 1430/MSGC/20.-
Artículo 3°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y entes descentralizados. Cumplido,
archívese. González Bernaldo de Quirós