DISPOSICIÓN 118 2020 DIRECCION GENERAL REGISTRO DE OBRAS Y CATASTRO

Síntesis:

SE APRUEBAN - MODELOS - DOCUMENTO OFICIAL FORMULARIO - REGISTRACIÓN DE PLANOS - PLANO DE OBRA MAYOR - OBRA MEDIA - OBRA MENOR - MICRO OBRA - OBRA DE USO PARTICULARIZADO - OBRA EN ETAPA DE PROYECTO - CONFORME A OBRA - OBRAS EJECUTADAS SIN PERMISO - GERENCIA OPERATIVA DE REGISTRO DE OBRAS - PLANO DE INSTALACIÓN SANITARIA - MECÁNICA - ELÉCTRICA - ELECTROMECÁNICA - VENTILACIÓN MECÁNICA - CONTRA INCENDIO - ELEMENTO GUIADO DE TRANSPORTE - GERENCIA OPERATIVA REGISTRO DE INSTALACIONES - TÉRMICA - INFLAMABLE Y REGISTRACIÓN DEL PLANO DE HOMOLOGACIÓN DE ELEMENTOS GUIADOS DE TRANSPORTE - PLANO DE PREHORIZONTALIDAD - MENSURA PARTICULAR - EN TODAS SUS VARIANTES - MENSURA PARTICULAR Y DERECHO REAL DE SUPERFICIE - MENSURA PARTICULAR Y DIVISIÓN EN PROPIEDAD HORIZONTAL - MODIFICATORIO DE LA MENSURA PARTICULAR Y DIVISIÓN EN PROPIEDAD HORIZONTAL - COMPLEMENTARIO DE LA MENSURA PARTICULAR Y DIVISIÓN EN PROPIEDAD HORIZONTAL - VISADO DE PLANO DE MENSURA PARTICULAR A LOS EFECTOS DEL ART 24 INC B) DE LA LEY NACIONAL 14159 - CORRECCIÓN DE PLANO DE MENSURA PARTICULAR - ANULACIÓN DE PLANO DE MENSURA PARTICULAR Y DIVISIÓN EN PROPIEDAD HORIZONTAL - GERENCIA OPERATIVA DE CATASTRO FÍSICO - CÓDIGO DE EDIFICACIÓN

Publicación:

08/07/2020

Sanción:

30/06/2020

Organismo:

DIRECCION GENERAL REGISTRO DE OBRAS Y CATASTRO


VISTO: Las Leyes Nacionales N° 25.506 y 26.609, el Decreto Nacional N° 10.028, la

Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto

consolidado por Ley N° 6.017), las Leyes N° 2.751, 3.999, 4.736, 6.100 y 6.292, los

Decretos N° 463/19 y 177/20, las Resoluciones N° 51/SECDU/20, 54-SECDU-2020, el

EX-2020-15144959-GCABA-DGROC, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nacional N° 25.506 establece las condiciones en las que se reconoce el

empleo de la firma electrónica y de la firma digital y su eficacia jurídica;

Que por medio de la Ley N° 2.751 el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires adhirió a la citada Ley Nacional, de conformidad con lo establecido en el artículo

50 de dicha norma;

Que en virtud de la Ley N° 4.736 se estableció que la utilización de expedientes

electrónicos, documentos electrónicos, firma electrónica, firma digital, comunicaciones

electrónicas, notificaciones electrónicas y domicilios electrónicos constituidos, en

procedimientos administrativos y procesos judiciales, tienen para el sector público de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, idéntica eficacia y valor probatorio que sus

equivalentes en soporte papel o cualquier otro soporte que se utilice;

Que en materia catastral a nivel nacional rige en el ámbito normativo la Ley Nacional

N° 26.609 que establece el marco normativo al que deberá ajustarse el funcionamiento

de los catastros territoriales pertenecientes a las diversas jurisdicciones del país, y el

Decreto Nacional N° 10.028/57 que aprobó la Reglamentación Nacional de Mensuras;

Que, asimismo se sancionó la Ley N° 3.999 de Catastro de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires (Publicada BOCBA N° 3831 el 12/01/2012);

Que mediante la Ley N° 6.100, se aprobó el Código de Edificación de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que el Decreto N° 58/19 en su Artículo 1° ha designado a la Subsecretaría de

Registros, Interpretación y Catastro como Autoridad de Aplicación del Código de

Edificación, mientras que en su Artículo 2° le confiere la confección de los reglamentos

técnicos del Código de Edificación;

Que mediante Resolución N° 51-SECDU-20, el titular de la Secretaría de Desarrollo

Urbano estableció que a partir del 1° de julio del corriente año todas las solicitudes de

registro de planos que tramitan por ante la Dirección General de Registro de Obras y

Catastro e ingresan mediante la plataforma de trámites a distancia (TAD) deberán ser

en formato "PDF" con la correspondiente firma digital de el/los profesionales

actuantes;

Que a través de la precitada Resolución, modificada por la Resolución N° 54-SDU-

2020, se aprobó el IF- 2020-12515970-GCABA-DGROC como Modelo del Documento

Oficial para la registración de Planos de Mensura, Obras e Instalaciones por ante la

Dirección General de Registro de Obras y Catastro;

Que a su vez el Artículo 3° del precitado Acto Administrativo confirió a esta Dirección

General de Registro de Obras y Catastro la facultad de dictar todos los actos

administrativos que fueren necesarios para la correcta implementación del documento

enunciado en el párrafo precedente;

Que el Decreto 463/2019 establece entre las responsabilidades primarias de la

Dirección General de Registro de Obras y Catastro la de disponer e informar en lo

relativo a la aplicación del Código de Edificación, las normativas constructivas y de

aquellas normas que lo complementen y coordinar la asistencia a los profesionales y

ciudadanos sobre la gestión de los trámites que se realizan ante la Dirección General;

Que entre los trámites que se realizan por ante esta Dirección General a través de las

Gerencias Operativas que la componen, se encuentra la registración de Planos de

Mensura, Obras e Instalaciones;

Que a los efectos de implementar el modelo de Documento Oficial (IF-2020-12515970-

GCABA-DGROC) establecido por Resolución N° 54-SDU-2020 para la registración de

Planos de Mensura, Obras o Instalaciones, deberán reunirse las pertinentes

exigencias del Área Técnica para considerar cada plano sometido bajo su estudio

como "APTO PARA SU REGISTRO";

Que por las razones expuestas es menester aprobar la documentación exigida para la

presentación definitiva del plano apto para su registro requerida por cada Gerencia

Operativa perteneciente a esta Dirección General, que como anexos forman parte

integrante de la presente Disposición;

Que por todo lo expuesto resulta propicio emitir acto administrativo a través del cual se

aprueben los IF-2020-16033044-GCABA-DGROC; IF-2020-16146287-GCABA-

DGROC; IF-2020-16146329-GCABA-DGROC; IF-2020-16172958-GCABA-DGROC;

IF-2020-16170685-GCABA-DGROC; IF-2020-16170537-GCABA-DGROC y IF-2020-

16170343-GCABA-DGROC que como Anexos I; II; III; IV; V; VI y VII forman parte

integrante de la presente;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL DE REGISTRO DE OBRAS Y CATASTRO

DISPONE:

Artículo 1°.- Apruébase el Modelo de Documento Oficial formulario para la registración

del Plano de Obra Mayor - Obra Media -Obra Menor - Micro Obra - Obra de Uso

Particularizado - Obra en Etapa de Proyecto - Conforme a Obra - Obras ejecutadas sin

permiso (IF-2020-16033044-GCABA-DGROC) como ANEXO I de la presente

Disposición, a ser aplicado al para el registro de planos por la Gerencia Operativa de

Registro de Obras.

Artículo 2°.- Apruébanse los Modelos de Documentos Oficiales formulario para la

registración de Plano correspondiente a Plano de Instalación Sanitaria - Mecánica -

Eléctrica - Electromecánica - Ventilación Mecánica - Contra Incendio - Elemento

Guiado de Transporte - Térmica - Inflamable y registración del Plano de

Homologación de Elementos Guiados de Transporte (IF-2020-16146287-GCABA-

DGROC y IF-2020-16146329-GCABA-DGROC) como ANEXOS II y III de la presente

Disposición, a ser aplicados para el registro de planos por la Gerencia Operativa

Registro de Instalaciones.

Artículo 3°.-Apruébanse los Modelos de Documentos Oficiales formulario para la

registración del Plano de Prehorizontalidad - Mensura particular (en todas sus

variantes) - Mensura Particular y Derecho Real de Superficie - Mensura Particular y

División en Propiedad Horizontal - Modificatorio de la Mensura Particular y División en

Propiedad Horizontal - Complementario de la Mensura Particular y División en

Propiedad Horizontal ; Visado de Plano de Mensura Particular a los efectos del art. 24

inc b) de la Ley Nacional N° 14.159;Corrección de Plano de Mensura Particular; y

Anulación de Plano de Mensura Particular y División en Propiedad Horizontal (IF-2020-

16172958-GCABA-DGROC; IF-2020-16170685-GCABA-DGROC; IF-2020-16170537-

GCABA-DGROC y IF-2020-16170343-GCABA-DGROC) como ANEXOS IV; V; VI y VII

de la presente Disposición, a ser aplicados para el registro de planos por la Gerencia

Operativa de Catastro Físico.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad. Comuníquese a la Dirección

General de Fiscalización y Control de Obras, las Gerencias Operativas de Registro de

Obras; Registro de Instalaciones y Catastro Físico. Cumplido, archívese. Borgna


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5907- ANEXO I(IF-2020-16033044-GCABA-DGROC)

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5907ANEXO II(IF-2020-16146287-GCABADGROC)

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5907- ANEXO III (IF-2020-16146329-GCABA-DGROC)

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5907- ANEXO IV (IF-2020-16172958-GCABA-DGROC)

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5907ANEXO V (IF-2020-16170685-GCABA-DGROC)

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5907ANEXO VI ( IF-2020-16170537-GCABA-DGROC)

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5907- ANEXO VII ( IF-2020-16170343-GCABA-DGROC)

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Arts.1, 2 y 3 Aprueban Modelos de Documento Oficial formulario para la registración del Planos a los efectos de implementar el modelo de Documento Oficial establecido por Resolución 54-SDU-2020 para la registración de Planos de Mensura, Obras o Instalaciones.</p>