DISPOSICIÓN 54 2020 DIRECCION GENERAL PROMOCION DEL LIBRO, BIBLIOTECAS Y LA CULTURA

Síntesis:

SE APRUEBA - LISTADO DE TALLERES - SOPORTE DIGITAL - SE LLEVAN A CABO DESDE 12/08/20 AL 30/11/20 - INSCRIPCIÓN ESTARÁ ABIERTA DESDE 5/08 AL 11/08 2020 - SE APRUEBA - FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN - AUTORIZACIÓN MADRE/PADRE /TUTOR/TUTORA - DIRECCION GENERAL DE PROMOCIÓN DEL LIBRO BIBLIOTECAS Y LA CULTURA - PROGRAMA CULTURAL EN BARRIOS - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL - MINISTERIO DE CULTURA - DISCIPLINAS - MÚSICA - ARTES VISUALES - DANZA Y MOVIMIENTO - ACTUACIÓN - MISCELÁNEA - DISEÑO - LITERATURA - AUDIOVISUALES Y MULTIMEDIA - COMUNICACIÓN - BASES Y CONDICIONES - CONTEXTO - CONECTIVIDAD - INGRESO A CLASE - DURANTE LA CLASE - PARTICIPACIÓN ORDENADA - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA

Publicación:

31/07/2020

Sanción:

29/07/2020

Organismo:

DIRECCION GENERAL PROMOCION DEL LIBRO, BIBLIOTECAS Y LA CULTURA


VISTO: La Ley N° 6.292, los Decretos Nros. 463/19, 3697/84 y 147/20, la Disposición

N° 10-DGPLBC/20, el Expediente Electrónico N° 13313110-GCABA-DGPLBC, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 6.292 de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, determina que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por los

Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que le fueran

conferidas por la misma, contemplando al Ministerio de Cultura;

Que por Decreto N° 463/19 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del

Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando

dentro del Ministerio de Cultura a la Subsecretaría de Gestión Cultural, estableciendo

bajo su órbita a la Dirección General Promoción del Libro, Bibliotecas y la Cultura;

Que dentro de las responsabilidades primarias de la presente Dirección General se

encuentran las de "Programar y supervisar las actividades, programación y gestión de

los centros culturales barriales y espacios culturales descentralizados que le

dependen" y "Proponer, programar, difundir y realizar actividades de promoción y

animación de la Lectura", entre otras;

Que dentro de las responsabilidades primarias de la Gerencia Operativa Promoción

Sociocultural, se encuentran las de "Ejecutar las acciones enmarcadas en los

programas socioculturales" y "Programar y ejecutar el dictado de talleres, cursos y

seminarios de promoción e inclusión cultural";

Que mediante el Decreto N° 3697/84 se dispuso la realización del Programa Cultural

en los Barrios;

Que dicho Programa tiene como objetivo gestionar y coordinar el funcionamiento de

Centros Culturales que promuevan la democratización de la cultura a través de la

descentralización de bienes y servicios en los distintos barrios y comunas de la

Ciudad, a fin de ofrecer a los vecinos un primer acercamiento a ciertas disciplinas

artísticas como Música, Danza y Movimiento, Actuación, Audiovisual y Multimedia,

Artes Visuales, Circo, Misceláneas, Diseño, Literatura, Comunicación;

Que por la Disposición N° 10-DGPLBC/20 se aprobó en el listado de talleres dictados

de manera presencial en los Centros Culturales referidos en el párrafo anterior;

Que debido al contexto actual de pandemia, el Programa continuó con su dinámica

bajo la modalidad digital, con el fin de seguir dictando la totalidad de los talleres a los

vecinos de la Ciudad;

Que en virtud del contexto referido, se realizará la inscripción a nuevos talleres en

soporte digital, y asimismo, se ratificarán aquellos talleres cuyas actividades se

encuentran en ejecución;

Que dichos contenidos serán emitidos mediante capacitaciones para trabajar en línea

a través de la plataforma digital "zoom";

Que resulta propicio dar a conocer la oferta de cursos del citado Programa en pos de

ampliar la oferta, y brindar mayores posibilidades de participación a la comunidad;

Que dicha oferta está comprendida dentro del segundo semestre del presente año con

talleres y actividades, destacando que los vecinos que deseen inscribirse deberán dar

cumplimiento a los requisitos solicitados (edad, cupo, horario, días, etc);

Que en virtud de la situación de emergencia sanitaria decretada por el Poder Ejecutivo

Nacional, el Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires facultó por el artículo 5°

del Decreto N° 147/20 a las autoridades superiores con rango no inferior a Director

General o equivalente, para organizar el desempeño de las tareas a aquellas áreas no

esenciales;

Que por lo expuesto corresponde el dictado del pertinente acto administrativo;

Por ello, en uso de las facultades otorgadas por el Decreto N° 147/20,

LA DIRECTORA GENERAL DE PROMOCIÓN DEL LIBRO,

BIBLIOTECAS Y LA CULTURA

DISPONE:

Artículo 1°. - Apruébase el listado de talleres en soporte digital que se llevan a cabo

desde el día 12 de agosto hasta el 30 de noviembre del año 2020, obrante en el Anexo

I (IF-2020-17865041-GCABA-DGPLBC), que a todos sus efectos forma parte

integrante de la presente norma, y cuya inscripción estará abierta desde el 5 de agosto

hasta el día 11 de agosto del corriente.

Artículo 2°. - Ratifícase el listado de talleres aprobados por la Disposición N° 10-

DGPLBC/20, que continuarán dictándose mediante formato soporte digital.

Artículo 3°. - Apruébase el "Formulario de Inscripción" que, como Anexo II (IF-2020-

17865049-GCABA-DGPLBC), forma parte integrante de la presente norma.

Artículo 4°. - Apruébase la "Autorización Madre/Padre /Tutor/Tutora" que, como Anexo

III (IF-2020-17865078-GCABA-DGPLBC), forma parte integrante de la presente

norma.

Artículo 5°. - Apruébese las "Bases y condiciones" que, como Anexo IV (IF-2020-

17865093-GCABA-DGPLBC), forma parte integrante de la presente norma.

Artículo 6°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su

conocimiento y demás efectos comuníquese al Ministerio de Cultura. Cumplido,

archívese. Artunduaga


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5923- ANEXO I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5923- ANEXO II

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5923- ANEXO III

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5923- ANEXO IV

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

RATIFICA
<p>Art.2 de la Disposición 54-DGPLBC-20, ratifíca el listado de talleres aprobados por la Disposición 10- DGPLBC/20. </p>