RESOLUCIÓN 1731 2020 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
ASIGNACIÓN DE FONDOS DE CAJA CHICA ESPECIAL - SUBSECRETARÍA PLANIFICACIÓN SANITARIA Y GESTIÓN EN RED - MINISTERIO DE SALUD - COVID-19 - CORONAVIRUS - EMERGENCIA SANITARIA
Publicación:
10/08/2020
Sanción:
05/08/2020
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO: La Ley 70 (Texto consolidado segun Ley N° 6017), el Decreto N° 491/18, las
Resoluciones Nros.97-MEFGC/19, 3375-MHFGC/20, las Disposiciones Nros. 61-
DGCG/19, 26-DGCG/19 y sus modificatorias y, el EE. N° 2020-17973776-GCABA-
SSPSGER y,
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley 70 se fijaron los Sistemas de Gestion, Administracion Financiera y
Controldel Sector Publico de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires;
Que, por el Decreto N° 491/18 se aprobo el regimen para la asignacion de fondos
destinados a las Unidades de Organizacion del Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires;
Que, por Resolucion N° 97-MEFGC/19 se aprobo la reglamentacion del citado
Decreto;
Que, por Disposicion N° 26-DGCG/19 y sus modificatorias, se aprobo el procedimiento
para la solicitud, asignacion y rendicion de fondos en concepto de Caja Chica
Especial;
Que, la Disposicion N° 61-DGCG/19 aprueba las partidas del clasificador por objeto
del gasto correspondientes a las restricciones y excepciones, en concordancia con lo
establecido en los articulos 2° del Anexo I, 3° del Anexo II y 3° del Anexo IV de la
Resolucion N° 97-MEFGC/19;
Que, por el expediente del Visto, cursa la solicitud de asignacion de fondos en
concepto de Caja Chica Especial a la Subsecretaria Planificacion Sanitaria y Gestion
en Red de este Ministerio de Salud, sin limite de monto por comprobante, por la suma
de PESOS CUATRO MILLONES ($ 4.000.000,00) a fin de garantizar la inmediata
respuesta a las eventualidades que surgen frente a los acontecimientos de publico
conocimiento, para el fortalecimiento del Sistema Publico de la Ciudad, dado el avance
en la transmision/propagacion del virus COVID-19;
Que, en el articulo 5° del Anexo de la Resolucion N° 97-MEFGC/19 del Decreto N°
491/18 se establece, entre otros, que el Ministerio de Hacienda y Finanzas
reglamentara los montos maximos de los fondos a asignar por Ministerio, Secretaria u
Organismo Descentralizado, entre otros items, a los efectos que los mismos, en el
marco del Articulo 6°, puedan otorgarlos a sus dependencias;
Que, en funcion de lo anteriormente expuesto, por Resolucion N° 3375-MHFGC/20, el
Ministerio de Hacienda y Finanzas incremento el monto maximo a asignar, establecido
en las Resoluciones N° 355, 407, 1082, 1266, 2025, 2379, 2534, 2913, 3129, 3179 y
3237-MHFGC/2020;
Que el Articulo 2° de la normativa mencionada precedentemente establece:
"Exceptuase a la Caja Chica Especial que tramita por Expediente No 17973776-
GCABASSPSGER/20, que sera otorgada por el Ministerio de Salud dentro del monto
fijado por la presente Resolucion, del plazo de rendicion de sesenta (60) dias
estipulado en el articulo 10 del Anexo II de la Resolucion N° 97-MEFGC/19, debiendo
realizar la misma a la finalizacion del ejercicio o al momento de agotar el objeto, lo que
suceda con anterioridad y de las restricciones establecidas en el articulo 3° del Anexo
II de la Resolucion No 97-MEFGC/19, en concordancia con las partidas del clasificador
por objeto del gasto aprobadas por la Direccion General de Contaduria mediante
Disposicion N° 61-DGCG/19";
Que, mediante IF-18157329-DGTALMHF/20, la Subgerente Operativa de la Direccion
General Tecnica, Administrativa y Legal del citado Ministerio pone de manifiesto que
se procedio a fijar el monto maximo a asignar por esta Unidad Ministerial, como asi
tambien se contemplo a efectivizar en una (1) unica entrega, la totalidad del
requerimiento en el 3° trimestre del ano en curso;
Que ha tomado debida intervencion la Direccion General Legal y Tecnica, de acuerdo
con lo establecido en el Decreto N° 463/19.
Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 491/18 y, en
atencion a los terminos de la Resolucion N° 3375-MHFGC/20,
Articulo 1°.- Asignase a la Subsecretaria Planificacion Sanitaria y Gestion en Red de
este Ministerio de Salud, la suma de PESOS CUATRO MILLONES ($ 4.000.000,00) a
efectivizarse en una (1) unica entrega, sin limite de monto por comprobante, en
concepto de Caja Chica Especial, a fin de garantizar la inmediata respuesta a las
eventualidades que surgen frente a los acontecimientos de publico conocimiento, para
el fortalecimiento del Sistema Publico de la Ciudad, dado el avance en la
transmision/propagacion del virus COVID-19.
Articulo 2°.- Efectivicese la asignacion de PESOS CUATRO MILLONES ($
4.000.000,00) en una (1) unica entrega, en el 3° Trimestre del presente ejercicio,
contra rendicion documentada de su inversion.
Articulo 3°.- Exceptuase a la presente de lo establecido en el punto g), del Articulo 6°
del Anexo II de la Resolucion N° 97-MEFGC/2019, toda vez que se encuentra
fundamentada la imposibilidad de la obtención de tres presupuestos.
Articulo 4°.- En los casos que corresponda, deberan efectuarse las pertinentes
retenciones impositivas, conforme lo establecido en la normativa vigente.
Articulo 5°.- Designase como Responsables de la Administracion y Rendicion de los
Fondos: al Subsecretario Dr. Daniel Ferrante, DNI 20.573.624, al Lic. Diego Pozzi DNI
27.154.256 y a la agente Sabrina Marcos DNI 36.077.436, debiendo depositar los
mismos en la Cuenta Corriente N° 9197/2 Sucursal 12 del Banco de la Ciudad de
Buenos Aires correspondiente al Beneficiario N° 102118.
Articulo 6°.- Publiquese en el Boletin Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Para su
conocimiento y demás efectos a la Direccion General Administrativa Contable y
Presupuesto, la que dara intervencion a la Direccion General de Contaduria y a la
Subsecretaria Planificacion Sanitaria y Gestion en Red. González Bernaldo de
Quirós