RESOLUCIÓN 1731 2020 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

ASIGNACIÓN DE FONDOS DE CAJA CHICA ESPECIAL - SUBSECRETARÍA PLANIFICACIÓN SANITARIA Y GESTIÓN EN RED - MINISTERIO DE SALUD - COVID-19 - CORONAVIRUS - EMERGENCIA SANITARIA

Publicación:

10/08/2020

Sanción:

05/08/2020

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO: La Ley 70 (Texto consolidado segun Ley N° 6017), el Decreto N° 491/18, las

Resoluciones Nros.97-MEFGC/19, 3375-MHFGC/20, las Disposiciones Nros. 61-

DGCG/19, 26-DGCG/19 y sus modificatorias y, el EE. N° 2020-17973776-GCABA-

SSPSGER y,

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley 70 se fijaron los Sistemas de Gestion, Administracion Financiera y

Controldel Sector Publico de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires;

Que, por el Decreto N° 491/18 se aprobo el regimen para la asignacion de fondos

destinados a las Unidades de Organizacion del Gobierno de la Ciudad de Buenos

Aires;

Que, por Resolucion N° 97-MEFGC/19 se aprobo la reglamentacion del citado

Decreto;

Que, por Disposicion N° 26-DGCG/19 y sus modificatorias, se aprobo el procedimiento

para la solicitud, asignacion y rendicion de fondos en concepto de Caja Chica

Especial;

Que, la Disposicion N° 61-DGCG/19 aprueba las partidas del clasificador por objeto

del gasto correspondientes a las restricciones y excepciones, en concordancia con lo

establecido en los articulos 2° del Anexo I, 3° del Anexo II y 3° del Anexo IV de la

Resolucion N° 97-MEFGC/19;

Que, por el expediente del Visto, cursa la solicitud de asignacion de fondos en

concepto de Caja Chica Especial a la Subsecretaria Planificacion Sanitaria y Gestion

en Red de este Ministerio de Salud, sin limite de monto por comprobante, por la suma

de PESOS CUATRO MILLONES ($ 4.000.000,00) a fin de garantizar la inmediata

respuesta a las eventualidades que surgen frente a los acontecimientos de publico

conocimiento, para el fortalecimiento del Sistema Publico de la Ciudad, dado el avance

en la transmision/propagacion del virus COVID-19;

Que, en el articulo 5° del Anexo de la Resolucion N° 97-MEFGC/19 del Decreto N°

491/18 se establece, entre otros, que el Ministerio de Hacienda y Finanzas

reglamentara los montos maximos de los fondos a asignar por Ministerio, Secretaria u

Organismo Descentralizado, entre otros items, a los efectos que los mismos, en el

marco del Articulo 6°, puedan otorgarlos a sus dependencias;

Que, en funcion de lo anteriormente expuesto, por Resolucion N° 3375-MHFGC/20, el

Ministerio de Hacienda y Finanzas incremento el monto maximo a asignar, establecido

en las Resoluciones N° 355, 407, 1082, 1266, 2025, 2379, 2534, 2913, 3129, 3179 y

3237-MHFGC/2020;

Que el Articulo 2° de la normativa mencionada precedentemente establece:

"Exceptuase a la Caja Chica Especial que tramita por Expediente No 17973776-

GCABASSPSGER/20, que sera otorgada por el Ministerio de Salud dentro del monto

fijado por la presente Resolucion, del plazo de rendicion de sesenta (60) dias

estipulado en el articulo 10 del Anexo II de la Resolucion N° 97-MEFGC/19, debiendo

realizar la misma a la finalizacion del ejercicio o al momento de agotar el objeto, lo que

suceda con anterioridad y de las restricciones establecidas en el articulo 3° del Anexo

II de la Resolucion No 97-MEFGC/19, en concordancia con las partidas del clasificador

por objeto del gasto aprobadas por la Direccion General de Contaduria mediante

Disposicion N° 61-DGCG/19";

Que, mediante IF-18157329-DGTALMHF/20, la Subgerente Operativa de la Direccion

General Tecnica, Administrativa y Legal del citado Ministerio pone de manifiesto que

se procedio a fijar el monto maximo a asignar por esta Unidad Ministerial, como asi

tambien se contemplo a efectivizar en una (1) unica entrega, la totalidad del

requerimiento en el 3° trimestre del ano en curso;

Que ha tomado debida intervencion la Direccion General Legal y Tecnica, de acuerdo

con lo establecido en el Decreto N° 463/19.

Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 491/18 y, en

atencion a los terminos de la Resolucion N° 3375-MHFGC/20,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

Articulo 1°.- Asignase a la Subsecretaria Planificacion Sanitaria y Gestion en Red de

este Ministerio de Salud, la suma de PESOS CUATRO MILLONES ($ 4.000.000,00) a

efectivizarse en una (1) unica entrega, sin limite de monto por comprobante, en

concepto de Caja Chica Especial, a fin de garantizar la inmediata respuesta a las

eventualidades que surgen frente a los acontecimientos de publico conocimiento, para

el fortalecimiento del Sistema Publico de la Ciudad, dado el avance en la

transmision/propagacion del virus COVID-19.

Articulo 2°.- Efectivicese la asignacion de PESOS CUATRO MILLONES ($

4.000.000,00) en una (1) unica entrega, en el 3° Trimestre del presente ejercicio,

contra rendicion documentada de su inversion.

Articulo 3°.- Exceptuase a la presente de lo establecido en el punto g), del Articulo 6°

del Anexo II de la Resolucion N° 97-MEFGC/2019, toda vez que se encuentra

fundamentada la imposibilidad de la obtención de tres presupuestos.

Articulo 4°.- En los casos que corresponda, deberan efectuarse las pertinentes

retenciones impositivas, conforme lo establecido en la normativa vigente.

Articulo 5°.- Designase como Responsables de la Administracion y Rendicion de los

Fondos: al Subsecretario Dr. Daniel Ferrante, DNI 20.573.624, al Lic. Diego Pozzi DNI

27.154.256 y a la agente Sabrina Marcos DNI 36.077.436, debiendo depositar los

mismos en la Cuenta Corriente N° 9197/2 Sucursal 12 del Banco de la Ciudad de

Buenos Aires correspondiente al Beneficiario N° 102118.

Articulo 6°.- Publiquese en el Boletin Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Para su

conocimiento y demás efectos a la Direccion General Administrativa Contable y

Presupuesto, la que dara intervencion a la Direccion General de Contaduria y a la

Subsecretaria Planificacion Sanitaria y Gestion en Red. González Bernaldo de

Quirós