RESOLUCIÓN 358 2020 SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION DEL SISTEMA DE SALUD
Síntesis:
SE EFECTÚA COMPENSACIÓN PRESUPUESTARIA - MINISTERIO DE SALUD - MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS - PRESUPUESTO - EJERCICIO 2020 - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA
Publicación:
14/08/2020
Sanción:
11/08/2020
Organismo:
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION DEL SISTEMA DE SALUD
VISTO: La Ley N° 6.281, los Decretos Nros. 27-AJG/20, 32/AJG/2020 y el Expediente
Electrónico 2020-18486907-GCABA-DGADCyP y,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.281, promulgada por el Decreto N° 493/19, se aprobó el
Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2020;
Que por Decreto N° 27-AJG/20 se aprobó la Distribución Analítica del Presupuesto
General de Gastos y Cálculo de Recursos de la citada Administración para el corriente
año;
Que por Decreto N° 32-AJG/20 se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y
Aplicación del Presupuesto General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires para el ejercicio en curso;
Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto tramita una Modificación
Presupuestaria a fin de adecuar los créditos correspondientes a diferentes Unidades
Ejecutoras de los Programas y Subprogramas dependientes del Ministerio de Salud
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires con sustento en los requerimientos
formulados por los mismos y readecuaciones realizadas por la Dirección General
Administrativo Contable y Presupuesto (DGADCyP) en su carácter de OGESE;
Que las Unidades Ejecutoras solicitantes han manifestado que las modificaciones
propuestas no tienen impacto en las metas físicas previamente formuladas;
Que la Dirección General Administrativo Contable y Presupuesto ha verificado que la
presente gestión se encuadra en las previsiones del Decreto N° 32-AJG/20, Capitulo
XI - Niveles de aprobación de las Modificaciones, Artículo 40, Punto 2 en cuanto a la
competencia de esta Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud para su
aprobación;
Que se han generado las planillas de "Modificaciones y Compensaciones
Presupuestarias" emitidas por el Sistema Integrado de Gestión y Administración
Financiera (SIGAF) bajo los Requerimientos Nros.
3652/DGADCyP/2020,
3653/DGADCyP/2020, 3654/DGADCyP/2020, 3655/DGADCyP/2020 y
3656/DGADCyP/2020 y como documentos GEDO IF-2020-18835339-DGADCyP, IF-
2020-18835422-DGADCyP, IF-2020-18835501-DGADCyP, IF-2020-18835586-
DGADCyP y IF-2020-18835655-DGADCyP de acuerdo a las previsiones del Artículo 9
del Capítulo III del Anexo del mencionado Decreto N° 32-AJG/20;
En virtud de lo requerido por los efectores dependientes del Ministerio de Salud en el
marco de la emergencia sanitaria declarada por Decretos de Necesidad y Urgencia N°
260-PEN/2020 (DECNU-2020-260-APN-PTE) y N° 1-GCABA-AJG/20 (DECRE-2020-
9744924-GCABA-AJG), este nivel considera que corresponde adoptar las acciones
tendientes a dar curso a lo solicitado;
Que la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud - Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires ha tomado intervención en los presentes actuados de
acuerdo con lo establecido en el Decreto N° 463-AJG/19.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Efectuar una compensación presupuestaria, consistente en la disminución
e incremento de los créditos de las diferentes Unidades Ejecutoras dependientes del
Ministerio de Salud correspondientes al Inciso 2 - Bienes de Consumo, Inciso 3 -
Servicios No Personales, Inciso 4 - Bienes de Uso e Inciso 5 -Transferencias, de
acuerdo a los Comprobantes de "Modificaciones y Compensaciones Presupuestarias"
obrantes bajo Informes 2020-18835339-DGADCyP, 2020-18835422-DGADCyP, 2020-
18835501- DGADCyP, 2020-18835586-DGADCyP y 2020-18835655-DGADCyP, que
forman partes integrantes de la presente en todos sus efectos.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y pase a la
Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, dependiente del
Ministerio de Hacienda y Finanzas, a sus efectos. Gigante