RESOLUCIÓN 1172 2020 SUBSECRETARIA PLANIFICACION SANITARIA Y GESTION EN RED

Síntesis:

SE EXCLUYE DE LA NóMINA DEL ANEXO DE LA RESOLUCIóN N° 156-SSPSGER/20 A MARíA SOFíA PLOU

Publicación:

14/08/2020

Sanción:

11/08/2020

Organismo:

SUBSECRETARIA PLANIFICACION SANITARIA Y GESTION EN RED


"2020. Año del General Manuel Belgrano"

VISTO: Ley N° 6.035, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20, los Decreto

de Necesidad y Urgencia Nros. 1/20 y N° 8/20, el Decreto N° 165/20, la Resolución N°

156-GCABA-SSPSGER/20, los Expedientes Electrónicos Nros. 10640502-GCABA-

DGDSCIV/20 y N° 18829850-GCABA-DGDSCIV/20, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 156-GCABA-SSPSGER/20 se designó con carácter de

suplente de guardia para prestar servicios profesionales en locaciones o

establecimientos donde se asista a pacientes afectados por el virus COVID-19 o a

población en situación de aislamiento a la Dra. Plou, Maria Sofia (CUIL N° 27-

34107915-8);

Que posteriormente al dictado de la resolución mencionada en el considerando

anterior, la Dirección General Desarrollo del Servicio Civil, dependiente de la

Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y

Finanzas informó, mediante IF-2020-18863954-GCABA-DGDSCIV, que la profesional

allí mencionada ha presentado su desistimiento respecto a la designación realizada,

dando como resultado la necesidad de dejar sin efecto la misma, respecto a tal

profesional;

Que atento lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente

excluyendo de la nómina de profesionales correspondiente, a la indicada en el primer

considerando.

Por ello y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 1° del Decreto N° 165/20,

EL SUBSECRETARIO DE PLANIFICACIÓN SANITARIA Y GESTIÓN EN RED

RESUELVE:

Artículo 1°. - Exclúyase, a partir del 1° de agosto de 2020, de la nómina de

profesionales establecida en el Anexo (IF-2020-10657004-GCABA-SSPSGER) de la

Resolución N° 156-GCABA-SSPSGER/20, a la Dra. Plou, Maria Sofia, CUIL N° 27-

34107915-8.

Artículo 2°. - Dése intervención a la Dirección General Administración y Liquidación de

Haberes, del Ministerio de Hacienda y Finanzas, en el marco de sus competencias.

Artículo 3°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su

conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Administración y

Liquidación de Haberes, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos

Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a la Subsecretaría de Planificación

Sanitaria y Gestión en Red y a la Dirección General Administración y Desarrollo de

Recursos Humanos, ambas dependientes del Ministerio de Salud, la que deberá

practicar fehaciente notificación al interesado de los términos de la presente

Resolución. Cumplido, archívese. Ferrante