RESOLUCIÓN 128 2020 SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA
Síntesis:
SE AUTORIZA EL DEVENGADO DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN REGISTRADO FIRMADO CON EL HOSPITAL DE CLÍNICAS JOSÉ DE SAN MARTÍN - PAGO - 40 CAMAS DE TERAPIA INTENSIVA - CONVENIO - HOSPITALES - MINISTERIO DE SALUD - FACULTAD DE MEDICINA DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES - UBA - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA
Publicación:
20/08/2020
Sanción:
14/08/2020
Organismo:
SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA
VISTO: El Expediente N° EX 2020-16208824-DGLTMSGC, el Expediente N° EX 2020-
19237587-GCABA-SSAH, y:
CONSIDERANDO:
Que, por el Expediente Electrónico N° EX-2020-16208824--GCABA-DGLTMSGC,
cursó el Convenio de Colaboración Registrado Bajo N° RL-2020-16466784-
DGEGRAL, por la Escribanía General, firmado entre este Ministerio de Salud y el
Hospital de Clínicas "José de San Martin" dependiente de la Facultad de Medicina de
la Universidad de Buenos Aires;
Que las partes señaladas celebraron el convenio cuya prestación comprende la
disponibilidad de cuarenta (40) camas de terapia intensiva en el Hospital de Clínicas
"José de San Martin" por día, destinadas exclusivamente a la atención de pacientes
con diversas patologias (excluyendo aquellos que hubieran sido diagnosticados con
COVID 19)con cobertura publica exclusiva de la CABA y/o pacientes con cobertura
PAMI capita en CABA derivados por el Ministerio de Salud;
Que conforme surge de la Cláusula Segunda, del convenio que nos ocupa, la Facultad
de Medicina de la UBA a través del Hospital de Clínicas "José de San Martin" se
compromete entre otras cosas a aceptar en comodato las 40 camas de terapia
intensiva que entregara el Ministerio de Salud y devolverlas concluido el convenio e
informar mensualmente de manera documentada que las puso a disposición;
Que en esa inteligencia en su Clausula Tercera, el Ministerio se compromete entre
otras cosas a aprobar a través de esta Subsecretaria Atención Hospitalaria el informe
indicado en la Cláusula Segunda Inc. b) y transferir mensualmente la suma de Pesos
Cinco Millones Doscientos Mil ($ 5.200.000) a la Facultad de Medicina de la
Universidad de Buenos Aires;
Que, mediante RESOL-2020-121-SSAH, de fecha 23 de julio, esta Titular autorizó el
devengado por la suma de Pesos Dos Millones Quinientos Mil ($ 2.500.000.-) por la
apertura proporcional de camas a esa fecha, monto proporcional correspondiente al
mes de Julio;
Que, en función del informe mensual entregado por la Facultad de Medicina de la
Universidad de Buenos Aires, esta Subsecretaria considera realizar en esta instancia
transferencia por la suma de Pesos Dos Millones Setecientos Mil ($ 2.700.000.-), a fin
de completar la transferencia del mes de Julio/2020;
Que, en su Artículo 1°, la Disposición 334/DGCG/2011, dispone para los trámites
gestionados por el Módulo de Gastos Generales y Transferencias, registrar el
Devengado antes de su ingreso a la Dirección General de Contaduría, dependiente del
Ministerio de Hacienda y Finanzas
Que se cuenta con la correspondiente afectación presupuestaria para la gestión que
nos ocupa
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;
Artículo 1°.- Autorizase el devengado por la suma de Pesos Dos Millones Setecientos
Mil ($ 2.700.000.-), de conformidad con el informe mensual, completando la
transferencia correspondiente al mes de Julio, conforme la Cláusula Tercera Inc. b) y
c) del Convenio de Colaboración Registrado Bajo N° RL-2020-16466784-DGEGRAL,
por la Escribanía General, firmado entre este Ministerio de Salud y el Hospital de
Clínicas "José de San Martin" dependiente de la Facultad de Medicina de la
Universidad de Buenos Aires.
Artículo 2°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Para su
conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Administrativa Contable y
Presupuesto y a la Dirección General Contaduría dependiente del Ministerio de
Hacienda y Finanzas para la emisión de la respectiva Orden de Pago. Cordero