RESOLUCIÓN 128 2020 SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA

Síntesis:

SE AUTORIZA EL DEVENGADO DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN REGISTRADO FIRMADO CON EL HOSPITAL DE CLÍNICAS JOSÉ DE SAN MARTÍN -  PAGO - 40 CAMAS DE TERAPIA INTENSIVA - CONVENIO - HOSPITALES - MINISTERIO DE SALUD - FACULTAD DE MEDICINA DE LA UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES - UBA - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA

Publicación:

20/08/2020

Sanción:

14/08/2020

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA


VISTO: El Expediente N° EX 2020-16208824-DGLTMSGC, el Expediente N° EX 2020-

19237587-GCABA-SSAH, y:

CONSIDERANDO:

Que, por el Expediente Electrónico N° EX-2020-16208824--GCABA-DGLTMSGC,

cursó el Convenio de Colaboración Registrado Bajo N° RL-2020-16466784-

DGEGRAL, por la Escribanía General, firmado entre este Ministerio de Salud y el

Hospital de Clínicas "José de San Martin" dependiente de la Facultad de Medicina de

la Universidad de Buenos Aires;

Que las partes señaladas celebraron el convenio cuya prestación comprende la

disponibilidad de cuarenta (40) camas de terapia intensiva en el Hospital de Clínicas

"José de San Martin" por día, destinadas exclusivamente a la atención de pacientes

con diversas patologias (excluyendo aquellos que hubieran sido diagnosticados con

COVID 19)con cobertura publica exclusiva de la CABA y/o pacientes con cobertura

PAMI capita en CABA derivados por el Ministerio de Salud;

Que conforme surge de la Cláusula Segunda, del convenio que nos ocupa, la Facultad

de Medicina de la UBA a través del Hospital de Clínicas "José de San Martin" se

compromete entre otras cosas a aceptar en comodato las 40 camas de terapia

intensiva que entregara el Ministerio de Salud y devolverlas concluido el convenio e

informar mensualmente de manera documentada que las puso a disposición;

Que en esa inteligencia en su Clausula Tercera, el Ministerio se compromete entre

otras cosas a aprobar a través de esta Subsecretaria Atención Hospitalaria el informe

indicado en la Cláusula Segunda Inc. b) y transferir mensualmente la suma de Pesos

Cinco Millones Doscientos Mil ($ 5.200.000) a la Facultad de Medicina de la

Universidad de Buenos Aires;

Que, mediante RESOL-2020-121-SSAH, de fecha 23 de julio, esta Titular autorizó el

devengado por la suma de Pesos Dos Millones Quinientos Mil ($ 2.500.000.-) por la

apertura proporcional de camas a esa fecha, monto proporcional correspondiente al

mes de Julio;

Que, en función del informe mensual entregado por la Facultad de Medicina de la

Universidad de Buenos Aires, esta Subsecretaria considera realizar en esta instancia

transferencia por la suma de Pesos Dos Millones Setecientos Mil ($ 2.700.000.-), a fin

de completar la transferencia del mes de Julio/2020;

Que, en su Artículo 1°, la Disposición 334/DGCG/2011, dispone para los trámites

gestionados por el Módulo de Gastos Generales y Transferencias, registrar el

Devengado antes de su ingreso a la Dirección General de Contaduría, dependiente del

Ministerio de Hacienda y Finanzas

Que se cuenta con la correspondiente afectación presupuestaria para la gestión que

nos ocupa

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;

LA SUBSECRETARIA DE ATENCION HOSPITALARIA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizase el devengado por la suma de Pesos Dos Millones Setecientos

Mil ($ 2.700.000.-), de conformidad con el informe mensual, completando la

transferencia correspondiente al mes de Julio, conforme la Cláusula Tercera Inc. b) y

c) del Convenio de Colaboración Registrado Bajo N° RL-2020-16466784-DGEGRAL,

por la Escribanía General, firmado entre este Ministerio de Salud y el Hospital de

Clínicas "José de San Martin" dependiente de la Facultad de Medicina de la

Universidad de Buenos Aires.

Artículo 2°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Para su

conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Administrativa Contable y

Presupuesto y a la Dirección General Contaduría dependiente del Ministerio de

Hacienda y Finanzas para la emisión de la respectiva Orden de Pago. Cordero

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Resolución 128-SSAH/20 autoriza devengado, a fin de completar el efectuado mediante Resolución 121-SSAH/20.</p>