DISPOSICIÓN 81 2020 DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - ASINF

Síntesis:

SE APRUEBA - PROCEDIMIENTO INTERNO PARA LA GESTIÓN DE SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA - DIRECCION GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - ORGANISMO FUERA DE NIVEL AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

Publicación:

25/08/2020

Sanción:

20/08/2020

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - ASINF


VISTO: Las Leyes N° 104 y N° 2.689 (Texto Consolidado por Ley N° 6.017), la Ley N°

6.292, los Decretos N° 260/17, N° 463/19 y modificatorios, la Resolución N°

224/ASINF/18, el Expediente Electrónico N° 19834130-GCABA-ASINF-2020, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley N° 2.689 (Texto Consolidado por Ley N° 6.017), se creó la Agencia

de Sistemas de Información del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

como órgano rector en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones

en el ámbito del Poder Ejecutivo, y como entidad autárquica en el orden administrativo,

funcional y financiero;

Que por la Ley N° 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que, mediante Decreto N° 463/GCABA/19 y modificatorios, se aprobó la estructura

orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno Autónoma de

Buenos Aires, y se estableció que el Organismo Fuera de Nivel la Agencia de

Sistemas de Información Ley N° 2.689 se encuentra bajo la órbita de la Secretaria

Innovación y Transformación Digital de la Jefatura de Gabinete de Ministros del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que los entes descentralizados tienen por definición la facultad de administrarse por sí

mismos, poseen patrimonio y presupuesto propios y se rigen por las normas generales

de Derecho Público, vinculándose con la Administración Central mediante una relación

jurídica de control administrativo o tutela;

Que a través de la Ley N° 104 (Texto Consolidado por Ley N° 6.017) se garantiza el

acceso a la información pública y se establecen los lineamientos a tener en cuenta por

las áreas de Gobierno en cumplimiento de la misma;

Que el citado plexo legal asegura que toda persona tiene derecho a solicitar y a recibir

información pública completa, veraz, adecuada y oportuna sin necesidad de acreditar

derecho subjetivo, interés legítimo o motivar la petición;

Que el artículo 6° de la Ley 104 establece los límites al acceso a la Información

Pública, exceptuando a los sujetos obligados a entregar información alcanzada por

alguno de los supuestos establecidos allí taxativamente;

Que en consonancia con ello, el Decreto N° 260/GCABA/17 reglamentario de la Ley

N° 104 exceptúa de la aplicación del procedimiento establecido para el acceso a la

información pública a toda otra solicitud u otro trámite previsto en leyes específicas

con un objetivo diverso al previsto en la Ley;

Que mediante la Resolución N° 224/ASINF/18, se modificó la estructura organizativa

de la Agencia de Sistemas de Información, y se encomendó a la Dirección General

Técnica, Administrativa y Legal, entre otras responsabilidades primarias, la de

asesorar en aspectos de carácter jurídico y administrativo e implementar acciones de

soporte administrativo, registro y sistematización de datos de las reparticiones de la

Agencia de Sistemas de Información;

Que en este sentido, la Agencia de Sistemas de Información busca instrumentar un

procedimiento interno en pos de establecer de manera clara y didáctica los procesos

para una rápida y efectiva tramitación de las solicitudes y requerimientos de acceso a

la información pública, acorde al marco normativo de la Ley 104;

Que asimismo se deja constancia que la DGSOCAI, ha tomado intervención en el

procedimiento interno para la Gestión de Solicitudes de Acceso a la Información

Pública;

Que la Gerencia Operativa de Legales de esta Agencia de Sistemas de Información,

ha tomado la debida intervención;

Que por lo expuesto, resulta necesario aprobar el Procedimiento Interno para la

Gestión de Solicitudes de Acceso a la Información Pública indicado en el Anexo

registrado en SADE como (IF-2020-19883588-GCABA-ASINF).

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL

DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

DISPONE

Artículo 1°.- Apruébese el "Procedimiento Interno para la Gestión de Solicitudes de

Acceso a la Información Pública" del Organismo Fuera de Nivel Agencia de Sistemas

de Información Ley N° 2.689, bajo la órbita de la Secretaria Innovación y

Transformación Digital de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según el Anexo registrado en SADE como (IF-

2020-19883588-GCABA-ASINF) que forma parte integrante de la presente

Disposición.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Dirección Ejecutiva, a las

Direcciones Generales, a la Coordinación General de Servicios, y a la Unidad de

Auditoría Interna dependientes de la Agencia de Sistemas de Información, a la

Dirección General de Seguimiento de Organismos de Control y Acceso a la

Información del Ministerio de Gobierno. Cumplido. Archivase. Santagada López


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5940

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 1 de la Disposición N° 81-DGTALINF/20 aprueba el Procedimiento Interno para la Gestión de Solicitudes de Acceso a la Información Pública, en el marco del Decreto N° 260/17.</p>