DISPOSICIÓN 59 2020 DIRECCIÓN GENERAL FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES
Síntesis:
SE APRUEBAN - BASES Y CONDICIONES - CONVOCATORIA NACIONAL DE VIDEOCLIPS DE TANGO - DÍAS 26 AL 30 DE AGOSTO DE 2020 - PRIMERA EDICIÓN DE TANGO BA - FORMA ONLINE - A TRAVÉS DE LA WEB Y REDES DE FESTIVALES BA - PARTICIPANTES - PRESENTACIÓN A CONVOCATORIA - SELECCIÓN DEL VIDEO - DERECHOS DE IMAGEN - AUTORIZACIÓN - PREMIOS - TANGO DIGITAL - DIRECCIÓN GENERAL DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES - MINISTERIO DE CULTURA -
Publicación:
28/08/2020
Sanción:
20/08/2020
Organismo:
DIRECCIÓN GENERAL FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES
VISTO: La Ley N° 6.292 de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, el Decreto N° 463/2019, la Disposición N° 2020-55-GCABA-DGFYEC y
el Expediente 2020- 20014619-GCABA-DGFYEC, y;
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 463/2019 aprobó la estructura orgánico funcional del Poder
Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando en el
ámbito del Ministerio de Cultura, dependiendo de la Subsecretaría de Gestión Cultural,
a la Dirección General de Festivales y Eventos Centrales;
Que a la Dirección General citada se le ha asignado entre sus Responsabilidades
Primarias la de "planificar, coordinar y organizar los festivales a desarrollarse en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires";
Que la Disposición Nro. 2020-55-GCABA-DGFYEC aprobó la realización del evento
TANGO DIGITAL, a desarrollarse del 26 al 30 de agosto de 2020.
Que en el marco del evento mencionado precedentemente se lleva a cabo la
Convocatoria Nacional de Videoclips de Tango.
Que la Dirección General de Festivales y Eventos Centrales propicia las bases y
condiciones de la convocatoria mencionada, según Anexo (IF-2020-20046663-
GCABA-DGFYEC);
Que es pertinente el dictado del acto administrativo que apruebe las bases y
condiciones de la convocatoria prevista;
Por ello y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.-Apruebanse las Bases y Condiciones de la Convocatoria Nacional de
Videoclips de Tango, según Anexo (IF-2020-20046663-DGFYEC), el que a todos sus
efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y,
para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Gerencia Operativa
Producción. Cumplido, archívese. Tissembaum