RESOLUCIÓN 424 2020 SECRETARIA DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Síntesis:

SE APRUEBA LA CONTINUIDAD DE LAS ÓRDENES DE COMPRA ABIERTAS N° 23733/20, N° 23729/20, N° 23740/20, N° 23747/20 Y N° 23750/20

Publicación:

21/09/2020

Sanción:

15/09/2020

Organismo:

SECRETARIA DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS


"2020. Año del General Manuel Belgrano"

VISTO: La Ley No 2.095 (texto consolidado por Ley 6.017), los Decretos Nacionales

de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/2020, 287/20, 297/20 y sus modificatorios, el

Decreto de Necesidad y Urgencia N° 01/GCBA/20 y sus prorrogas y las Resoluciones

N° 922/MSGC/20, 215/SECTOP/2020 y 339/SECTOP/2020, y el Expediente

Electrónico N° 2020-11476536-GCABA-SECTOP y

CONSIDERANDO:

Que, por las actuaciones consignadas en el Visto, tramita el proceso de compra cuyo

objeto es la contratación de Buses para el traslado de personas en el contexto de las

medidas adoptadas por el GCBA para atender la emergencia sanitaria por COVID-19;

Que mediante la Resolución 215/SECTOP/2020 se aprobó la Contratación Directa N°

2462/2020 en los términos del artículo 28° inciso 8 y Art. 40° de la Ley N° 2095 (texto

consolidado Ley N° 6017) y su reglamentación vigente, adjudicándose a las empresas

TURISMO LA DELFINA SRL (CUIT 30-70857694-4), DAIANA JÉSICA FARÍAS (CUIT

27-29231606-8), YANINA V. GARCÍA (CUIT 27-28007161-2) HUGO R. PAGNONE

(CUIT 20-11627987-9) y GABRIELA GONZALEZ SUREDA (CUIT 27- 17701844-4

firma EMEVEVE S.A. (CUIT N° 30-71216744-7);

Que la Contratación de marras se llevó a cabo dentro del marco de los Decretos

Nacionales de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/2020, 287/20, 297/20, el Decreto de

Necesidad y Urgencia N° 01/GCBA/20 y la Resolución N° 922/MSGC/20;

Que mediante la Resolución 339/SECTOP/2020 se aprobó la prórroga del servicio

para todas las órdenes de compra emitidas, en los términos del el artículo 119 inciso III

de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6017) y su reglamentación vigente,

extendiendo el servicio por el plazo de setenta y cinco (75) días corridos, recayendo su

vencimiento el día 15 de septiembre;

Que por sus características y por su misión, el servicio en cuestión reviste carácter de

esencial y dado que la emergencia sanitaria persiste resulta imprescindible garantizar

su continuidad;

Que por lo expuesto se considera propicio aprobar la continuidad del servicio en los

términos del Inciso IV del artículo 119 de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N°

6017) por el término de tres (3) meses o hasta tanto entre en vigor una nueva Orden

de Compra, lo que suceda primero;

Que si bien se tiene previsto avanzar en un nuevo trámite de contratación por un plazo

de tiempo mayor, por razones que exceden la voluntad de las área técnicas

comprometidas, aún no se cuenta con la posibilidad de efectuar un nuevo llamado a

presentación de ofertas, debiendo exceptuar, en virtud del contexto y las

circunstancias, lo previsto en la citada normativa.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 168/19 y su

modificatorio Decreto N° 207/2019,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE

"2020. Año del General Manuel Belgrano"

Artículo 1°.- Apruebase la continuidad del servicio al amparo de lo establecido el

artículo. 119 Inc. IV), de la Ley N° 2095 (Texto Consolidado Ley 6.017), para las

Órdenes de Compra Abiertas No 23733/2020 a nombre de la firma TURISMO LA

DELFINA SRL (CUIT 30-70857694-4), No 23729/2020 a nombre de la firma DAIANA

JÉSICA FARÍAS (CUIT 27-29231606-8), No 23740/2020 a nombre de la firma YANINA

VANESA GARCÍA (CUIT 27-28007161-2), No 23747/2020 a nombre de la firma HUGO

R. PAGNONE (CUIT 20-11627987-9) y No 23750/2020 a nombre de la firma

GABRIELA GONZALEZ SUREDA (CUIT 27-17701844-4).

Artículo 2°.- La presente continuidad de servicio queda establecida por el termino de

tres (3) meses o hasta tanto entre en vigor el contrato que surja de una nueva

contratación, lo que suceda primero, y comienza a correr a partir del día 16 de

septiembre de 2020.

Artículo 3°.- Las erogaciones que se realicen en el marco de las Ordenes de Compra

Abiertas mencionadas en el artículo 1° se imputarán al ejercicio 2020.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el Portal

BAC y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a

la empresa adjudicataria y para su conocimiento y demás fines remítase a la Unidad

Operativa de Adquisiciones de esta Secretaría de Transporte. Méndez