RESOLUCIÓN 424 2020 SECRETARIA DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
Síntesis:
SE APRUEBA LA CONTINUIDAD DE LAS ÓRDENES DE COMPRA ABIERTAS N° 23733/20, N° 23729/20, N° 23740/20, N° 23747/20 Y N° 23750/20
Publicación:
21/09/2020
Sanción:
15/09/2020
Organismo:
SECRETARIA DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
"2020. Año del General Manuel Belgrano"
VISTO: La Ley No 2.095 (texto consolidado por Ley 6.017), los Decretos Nacionales
de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/2020, 287/20, 297/20 y sus modificatorios, el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 01/GCBA/20 y sus prorrogas y las Resoluciones
N° 922/MSGC/20, 215/SECTOP/2020 y 339/SECTOP/2020, y el Expediente
Electrónico N° 2020-11476536-GCABA-SECTOP y
CONSIDERANDO:
Que, por las actuaciones consignadas en el Visto, tramita el proceso de compra cuyo
objeto es la contratación de Buses para el traslado de personas en el contexto de las
medidas adoptadas por el GCBA para atender la emergencia sanitaria por COVID-19;
Que mediante la Resolución 215/SECTOP/2020 se aprobó la Contratación Directa N°
2462/2020 en los términos del artículo 28° inciso 8 y Art. 40° de la Ley N° 2095 (texto
consolidado Ley N° 6017) y su reglamentación vigente, adjudicándose a las empresas
TURISMO LA DELFINA SRL (CUIT 30-70857694-4), DAIANA JÉSICA FARÍAS (CUIT
27-29231606-8), YANINA V. GARCÍA (CUIT 27-28007161-2) HUGO R. PAGNONE
(CUIT 20-11627987-9) y GABRIELA GONZALEZ SUREDA (CUIT 27- 17701844-4
firma EMEVEVE S.A. (CUIT N° 30-71216744-7);
Que la Contratación de marras se llevó a cabo dentro del marco de los Decretos
Nacionales de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/2020, 287/20, 297/20, el Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 01/GCBA/20 y la Resolución N° 922/MSGC/20;
Que mediante la Resolución 339/SECTOP/2020 se aprobó la prórroga del servicio
para todas las órdenes de compra emitidas, en los términos del el artículo 119 inciso III
de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6017) y su reglamentación vigente,
extendiendo el servicio por el plazo de setenta y cinco (75) días corridos, recayendo su
vencimiento el día 15 de septiembre;
Que por sus características y por su misión, el servicio en cuestión reviste carácter de
esencial y dado que la emergencia sanitaria persiste resulta imprescindible garantizar
su continuidad;
Que por lo expuesto se considera propicio aprobar la continuidad del servicio en los
términos del Inciso IV del artículo 119 de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N°
6017) por el término de tres (3) meses o hasta tanto entre en vigor una nueva Orden
de Compra, lo que suceda primero;
Que si bien se tiene previsto avanzar en un nuevo trámite de contratación por un plazo
de tiempo mayor, por razones que exceden la voluntad de las área técnicas
comprometidas, aún no se cuenta con la posibilidad de efectuar un nuevo llamado a
presentación de ofertas, debiendo exceptuar, en virtud del contexto y las
circunstancias, lo previsto en la citada normativa.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 168/19 y su
modificatorio Decreto N° 207/2019,
EL SECRETARIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE
"2020. Año del General Manuel Belgrano"
Artículo 1°.- Apruebase la continuidad del servicio al amparo de lo establecido el
artículo. 119 Inc. IV), de la Ley N° 2095 (Texto Consolidado Ley 6.017), para las
Órdenes de Compra Abiertas No 23733/2020 a nombre de la firma TURISMO LA
DELFINA SRL (CUIT 30-70857694-4), No 23729/2020 a nombre de la firma DAIANA
JÉSICA FARÍAS (CUIT 27-29231606-8), No 23740/2020 a nombre de la firma YANINA
VANESA GARCÍA (CUIT 27-28007161-2), No 23747/2020 a nombre de la firma HUGO
R. PAGNONE (CUIT 20-11627987-9) y No 23750/2020 a nombre de la firma
GABRIELA GONZALEZ SUREDA (CUIT 27-17701844-4).
Artículo 2°.- La presente continuidad de servicio queda establecida por el termino de
tres (3) meses o hasta tanto entre en vigor el contrato que surja de una nueva
contratación, lo que suceda primero, y comienza a correr a partir del día 16 de
septiembre de 2020.
Artículo 3°.- Las erogaciones que se realicen en el marco de las Ordenes de Compra
Abiertas mencionadas en el artículo 1° se imputarán al ejercicio 2020.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el Portal
BAC y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a
la empresa adjudicataria y para su conocimiento y demás fines remítase a la Unidad
Operativa de Adquisiciones de esta Secretaría de Transporte. Méndez