DECRETO 336 2020

Síntesis:

SE RECTIFICA - ANEXO III - DECRETO 323-20 - CONSEJEROS - CONSEJO ASESOR DEL PLAN URBANO AMBIENTAL - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Publicación:

25/09/2020

Sanción:

23/09/2020

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires -

Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/97 (texto consolidado según Ley N° 6.017),

el Decreto N° 323/20, el Expediente Electrónico N° 17680597-GCABA-DGALE/20, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 323/20 se designaron como Consejeros del Consejo Asesor del

Plan Urbano Ambiental bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros, a las

personas detalladas en su Anexo III (IF-2020-21610891-GCABA-SECDU), entre otras

cuestiones;

Que por un error material involuntario en el citado Anexo, se consignó a la señora

Martín como "Martín, Agustina", correspondiendo Martín, María Agustina, y a su CUIL

con el número 20-31728110-3, correspondiendo en su lugar el número 27-30902238-

1;

Que asimismo, por un error material involuntario en el citado Anexo III, se consignó a

la señora Lozzia como "Christian Lozzia, Karen" correspondiendo Lozzia, Christian

Karen, y al señor Romero como "Romero, Alfredo" correspondiendo Romero, Alfredo

Mauro;

Que el artículo 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos dispone que "En

cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y

los aritméticos, siempre que la enmienda no altere la sustancia del acto o decisión";

Que, en consecuencia, corresponde rectificar los errores materiales incurridos

conforme lo propiciado.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Rectifícase el Anexo III (IF-2020-21610891-GCABA-SECDU) del Decreto

N° 323/20, sustituyéndose dicho Anexo por el Anexo III (IF-2020-22113448-GCABA-

SECDU) que se acompaña y forma parte integrante del presente Decreto.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese

a los interesados, comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y

Presupuesto y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, ambas

dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a la Dirección General de

Gestión Documental, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la

Dirección General Escribanía General, dependiente de la Secretaria Legal y Técnica y,

para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría de Desarrollo Urbano.

Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5964

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 Decreto 336-20 rectifica el Anexo III del Decreto 323-20.</p>