DECRETO 336 2020
Síntesis:
SE RECTIFICA - ANEXO III - DECRETO 323-20 - CONSEJEROS - CONSEJO ASESOR DEL PLAN URBANO AMBIENTAL - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Publicación:
25/09/2020
Sanción:
23/09/2020
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires -
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/97 (texto consolidado según Ley N° 6.017),
el Decreto N° 323/20, el Expediente Electrónico N° 17680597-GCABA-DGALE/20, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 323/20 se designaron como Consejeros del Consejo Asesor del
Plan Urbano Ambiental bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros, a las
personas detalladas en su Anexo III (IF-2020-21610891-GCABA-SECDU), entre otras
cuestiones;
Que por un error material involuntario en el citado Anexo, se consignó a la señora
Martín como "Martín, Agustina", correspondiendo Martín, María Agustina, y a su CUIL
con el número 20-31728110-3, correspondiendo en su lugar el número 27-30902238-
1;
Que asimismo, por un error material involuntario en el citado Anexo III, se consignó a
la señora Lozzia como "Christian Lozzia, Karen" correspondiendo Lozzia, Christian
Karen, y al señor Romero como "Romero, Alfredo" correspondiendo Romero, Alfredo
Mauro;
Que el artículo 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos dispone que "En
cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y
los aritméticos, siempre que la enmienda no altere la sustancia del acto o decisión";
Que, en consecuencia, corresponde rectificar los errores materiales incurridos
conforme lo propiciado.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Rectifícase el Anexo III (IF-2020-21610891-GCABA-SECDU) del Decreto
N° 323/20, sustituyéndose dicho Anexo por el Anexo III (IF-2020-22113448-GCABA-
SECDU) que se acompaña y forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
a los interesados, comuníquese a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y
Presupuesto y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, ambas
dependientes del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a la Dirección General de
Gestión Documental, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros y a la
Dirección General Escribanía General, dependiente de la Secretaria Legal y Técnica y,
para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría de Desarrollo Urbano.
Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel