RESOLUCIÓN 2236 2020 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
SE ASIGNAN FONDOS - CAJA CHICA ESPECIAL - SUBSECRETARÍA ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SALUD - CORONAVIRUS - PANDEMIA - COVID 19 - EMERGENCIA SANITARIA
Publicación:
30/09/2020
Sanción:
25/09/2020
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO: La Ley 70 (Texto consolidado según Ley N° 6017), el Decreto N° 491/2018, la
Resolución N° 97-MEFGC/2019, la Disposición N° 61-DGCG/2019, la Disposición N°
26-DGCG/2019 y sus modificatorias, la Resolución N° 3927-MHFGC/2020 y, el EE. N°
2020-22116969-GCABA-MSGC y,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley 70 se fijaron los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y
Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, por el
Decreto N° 491/2018 se aprobó el régimen para la asignación de fondos destinados a
las Unidades de Organización del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que por Resolución N° 97-MEFGC/2019 se aprobó la reglamentación del citado
Decreto;
Que por Disposición N° 26-DGCG/2019 y sus modificatorias, se aprobó el
procedimiento para la solicitud, asignación y rendición de fondos en concepto de Caja
Chica Especial;
Que la Disposición N° 61-DGCG/2019 aprueba las partidas del clasificador por objeto
del gasto correspondientes a las restricciones y excepciones, en concordancia con lo
establecido en los artículos 2° del Anexo I, 3° del Anexo II y 3° del Anexo IV de la
Resolución N° 97-MEFGC/2019;
Que por el expediente del Visto, cursa la solicitud de asignación de fondos en
concepto de Caja Chica Especial a la Subsecretaria Administración del Sistema de
Salud, sin límite de monto por comprobante, por la suma de PESOS DOS MILLONES
($ 2.000.000), en una (1) única entrega, a fin de garantizar la inmediata respuesta a
las eventualidades que surgen frente a los acontecimientos de público conocimiento,
para el fortalecimiento del Sistema Público de la Ciudad, en el marco actual de
transmisión/propagación del virus COVID-19, dado el aumento sostenido del número
de casos;
Que en el artículo 5° del Anexo de la Resolución N° 97-MEFGC/2019 del Decreto N°
491/2018 se establece, entre otros, que el Ministerio de Hacienda y Finanzas
reglamentará los montos máximos de los fondos a asignar por Ministerio, Secretaría u
Organismo Descentralizado, entre otros ítems, a los efectos que los mismos, en el
marco del Artículo 6°, puedan otorgarlos a sus dependencias;
Que en función de lo anteriormente expuesto, por Resolución N° 3927-MHFGC/2020,
el Ministerio de Hacienda y Finanzas incremento el monto máximo a asignar,
establecido en las Resoluciones N° 355, 407, 1082, 1266, 2025, 2379, 2534, 2913,
3129, 3179, 3237 y 3375 -MHFGC/2020;
Que asimismo establece en el Artículo 2° "Exceptúase a la Caja Chica Especial que
tramita por Expediente N° 22116969-GCABAMSGC/20, que será otorgada por el
Ministerio de Salud dentro del monto fijado por la presente Resolución, del plazo de
rendición de sesenta (60) días estipulado en el artículo 10 del Anexo II de la
Resolución N° 97/MEFGC/19, debiendo realizar la misma a la finalización del ejercicio
o al momento de agotar el objeto, lo que suceda con anterioridad y de las restricciones
establecidas en el artículo 3° del Anexo II de la Resolución N° 97/MEFGC/19, en
concordancia con las partidas del clasificador por objeto del gasto aprobadas por la
Dirección General de Contaduría mediante Disposición N° 61/DGCG/19"
Que, mediante IF N° 2249544-DGTALMHF/2020, la Subgerente Operativa de la
Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del citado Ministerio pone de
manifiesto que se procedió a fijar el monto máximo a asignar por esta Unidad
Ministerial, como así también se contempló la distribución a efectivizar en una (1)
única entrega, en el 3° trimestre del año en curso;
Que ha tomado debida intervención la Dirección General Legal y Técnica, de acuerdo
con lo establecido en el Decreto N° 463-AJG/2019.
Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 491/2018 y, en
atención a los términos de la Resolución N° 3927-MHFGC/2020,
Artículo 1°.- Asígnese a la Subsecretaria Administración del Sistema de Salud la suma
de PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000,00), en concepto de Caja Chica Especial, a
efectivizarse en una (1) única entrega, sin límite de monto por comprobante, a fin de
garantizar la inmediata respuesta a las eventualidades que surgen frente a los
acontecimientos de público conocimiento, para el fortalecimiento del Sistema Público
de la Ciudad, en el marco actual de transmisión/propagación del virus COVID-19, dado
el aumento sostenido del número de casos.
Artículo 2°. - Efectivícese la asignación de PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000), en
una (1) única entrega, en el 3° Trimestre del presente ejercicio, contra rendición
documentada de su inversión.
Artículo 3°. - Exceptúase a la presente de lo establecido en el punto g), del Artículo 6°
del Anexo II de la Resolución N° 97-MEFGC/2019, toda vez que se encuentra
fundamentada la imposibilidad de la obtención de tres presupuestos.
Artículo 4°.- En los casos que corresponda, deberán efectuarse las pertinentes
retenciones impositivas, conforme lo establecido en la normativa vigente.
Artículo 5°.- Desígnese como Responsables de la Administración y Rendición de los
Fondos al Titular de la Subsecretaria Administración del Sistema de Salud Roberto
Jorge Gigante DNI N° 13.245.811, CUIT N° 20-13.245.811-2, a la agente María
Victoria Rodríguez Quintana, DNI N° 28.307.257, CUIT N° 27-28.307.257-1 y a la Sra.
María Celeste Chain, DNI N° 25.682.408, CUIL N° 27-25682408-1, debiendo depositar
los mismos en la cuenta N° 9064/1 - Sucursal 12 del Banco de la Ciudad de Buenos
Aires, correspondiente al Beneficiario 76.322.
Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Dirección General Administrativa Contable y Presupuesto, la que
dará intervención a la Dirección General de Contaduría y a la Subsecretaria
Administración del Sistema de Salud para su conocimiento y demás efectos. González
Bernaldo de Quirós