DECRETO 192 2004

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO LA SUBASTA PÚBLICA EFECTUADA EL 4/3/02 PARA EL OTORGAMIENTO DE UN PERMISO DE OCUPACIÓN, USO Y EXPLOTACIÓN DEL BAR Y RESTAURANTE PARA EL PERSONAL DEL TEATRO COLÓN

Publicación:

13/02/2004

Sanción:

06/02/2004

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 27.378/00 ,y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 1.073/GCBA/01 se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares para otorgar, mediante Subasta Pública, el permiso de ocupación, uso y explotación del local ubicado en el primer subsuelo del Teatro Colón, destinado a Bar y Restaurante para su personal;

Que por el citado acto administrativo se autorizó a la Dirección General de Concesiones y Privatizaciones a realizar el llamado pertinente;

Que en ejercicio de la facultad citada, y mediante Disposición N° 134/DGCYP/03, la mentada unidad de organización convocó a la subasta pública relacionada para el día 4 de marzo de 2002 a las 10 horas en la sede del Banco Ciudad de Buenos Aires, Esmeralda 660, 6° piso;

Que por Resolución N° 52/SHYF/02 fueron designados los representantes para integrar la Comisión Evaluadora prevista por el artículo 10 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares;

Que por Acta N° 1, del 15 de febrero de 2002, el referido cuerpo dejó constancia, de conformidad a las prescripciones del artículo 9° del Decreto N° 1.073/GCBA/01, de la presentación como oferentes de las firmas, Alcri S.A., Interservice S.A. y 1887 S.A. y que revisada la documentación presentada todos ellos encuadraban en los requerimientos establecidos por el pliego;

Que las empresas Interservice S.A. y 1887 S.A. efectuaron los depósitos de garantía de oferta en legal tiempo y forma;

Que por Acta Protocolar de fecha 4 de marzo de 2002, labrada en oportunidad de la subasta por la escribana de nómina de la Escribanía General de la Ciudad de Buenos Aires, Astrid Rosana Galina, se dejó constancia del resultado de la puja llevada a cabo durante el acto como así también, de la preadjudicación del local a favor de la firma 1887 S.A., lo cual fue ratificado por la Comisión Evaluadora designada por Resolución N° 52/SHYF/02, mediante acta datada el 18 de marzo de 2002;

Que por Nota N° 575/DGINFR/02 se hizo saber a la Dirección General de Concesiones y Privatizaciones, que en el ámbito de la Dirección General de Infraestructura de la Secretaría de Cultura, se estaban efectuando, en el Teatro Colón, licitaciones de las obras del comedor de personal y baños y vestuarios de personal de cocina y público, a través de las Contrataciones Directas Nros. 2 y 3/02;

Que al tomar conocimiento de ello, la Subsecretaría de Gestión Operativa de la Secretaria de Hacienda y Finanzas solicitó la intervención de la Subsecretaría de Patrimonio Cultural de la Secretaría de Cultura, en virtud de existir en curso dos acciones simultáneas con idéntica finalidad, por vías distintas, por lo que entendió que una de ellas debería discontinuarse;

Que a fin de resolver el conflicto planteado, la Dirección General de Infraestructura juntamente con la Dirección General de Concesiones y Privatizaciones, determinaron los trabajos necesarios en el local de referencia a efectos de equiparar los gastos que hubieran demandado las mejoras requeridas para iniciar la explotación del local en cuestión;

Que dichas mejoras serían complementarias de las obras del Comedor del Personal a cargo de la Dirección General de Infraestructura para de esa manera observar el debido proceso de igualdad entre los oferentes de la subasta;

Que a pesar de los esfuerzos realizados ambas Direcciones no han podido arribar a una solución satisfactoria que pusiese fin al conflicto planteado;

Que en mérito de lo señalado, y mediante Informe N° 975/DGCYP/03, la Dirección General de Concesiones y Privatizaciones propuso dejar sin efecto la preadjudicación oportunamente formalizada a favor de la firma 1887 S.A., y al respecto, requirió la opinión de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;

Que el mentado Organismo de la Constitución recordó al respecto las unánimes conclusiones de la Doctrina y Jurisprudencia en cuanto a que la competencia del ente público convocante a un procedimiento se extiende, también, a la atribución de dejarlo sin efecto, modificarlo o suspenderlo en cualquiera de sus etapas, antes de la adjudicación;

Que tal criterio ha tenido consagración legislativa a través del inciso 77 del Decreto N° 5.720/PEN/72, reglamentario del artículo 61 de la Ley de Contabilidad el cual establece que En cualquier estado del trámite, previo a la adjudicación, el organismo licitante podrá, por causas fundamentadas: a) dejar sin efecto la licitación;

Que en el mismo sentido el artículo 21 de las Cláusulas Particulares del Pliego al cual se sometió la subasta indica que El Gobierno de la Ciudad podrá dejar sin efecto la Subasta Pública del Bien de Dominio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con anterioridad a la adjudicación, sin invocación de causa alguna y sin que ello implique indemnización al mejor postor...;

Que por lo expuesto, y en virtud del principio de paralelismo de las formas, nada impide dejar sin efecto el procedimiento de selección contractual de marras, en base a los informes técnicos agregados a los presentes actuados;

Que para materializar todo lo señalado corresponde dejar sin efecto la subasta efectuada para otorgar un permiso de ocupación, uso y explotación del local existente en el primer subsuelo del Teatro Colón destinado a Bar y Restaurante para su personal;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias, artículo 104 incisos 23 y 24 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Déjase sin efecto la subasta pública efectuada el 4 de marzo de 2002, para otorgar el permiso de ocupación, uso y explotación del local ubicado en el primer subsuelo del Teatro Colón, destinado a Bar y Restaurante para su personal.

Artículo 2° - El presente Decreto es refrendado por la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y el señor Secretario de Cultura.

Artículo 3° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires por aplicación del Art. 11 del Decreto N° 696/GCBA/96 y su modificatorio Decreto N° 1.583/GCBA/01 y a la Dirección General del Teatro Colón. Cumplido para su conocimiento, notificación del caso y demás efectos, remítase a la Dirección General de Concesiones y Privatizaciones. IBARRA - Albamonte - López