RESOLUCIÓN 571 2020 SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION DEL SISTEMA DE SALUD
Síntesis:
SE EFECTúA COMPENSACIóN PRESUPUESTARIA - COMPENSACIÓN DE CRÉDITOS - PRESUPUESTO - EJERCICIO 2020 - MINISTERIO DE SALUD - HOSPITALES - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA
Publicación:
29/10/2020
Sanción:
26/10/2020
Organismo:
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION DEL SISTEMA DE SALUD
"2020. Año del General Manuel Belgrano"
VISTO: La Ley N° 6281, el Decreto N° 27/AJG/2020, el Decreto N° 32/AJG/2020 y el
Expediente Electrónico 2020-25213845-GCABA-DGADCyP y,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6281, promulgada por el Decreto N° 493/19, se aprobó el
Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio 2020;
Que por Decreto N° 27/AJG/2020 se aprobó la Distribución Analítica del Presupuesto
General de Gastos y Cálculo de Recursos de la citada Administración para el corriente
año;
Que por Decreto N° 32/AJG/2020 se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y
Aplicación del Presupuesto General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires para el ejercicio en curso;
Que por el Expediente Electrónico citado en el Visto tramita una Modificación
Presupuestaria a fin de adecuar los créditos correspondientes a diferentes Unidades
Ejecutoras de los Programas y Subprogramas dependientes del Ministerio de Salud
del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires con sustento en los requerimientos
formulados por los mismos y readecuaciones realizadas por la Dirección General
Administrativo Contable y Presupuesto (DGADCyP) en su carácter de OGESE;
Que las Unidades Ejecutoras solicitantes han manifestado que las modificaciones
propuestas no tienen impacto en las metas físicas previamente formuladas;
Que la DGADCyP ha verificado que la presente gestión se encuadra en las
previsiones del Decreto N° 32/AJG/2020, Capitulo XI - Niveles de aprobación de las
Modificaciones, Artículo 40, Punto 2 en cuanto a la competencia de esta Subsecretaría
de Administración del Sistema de Salud para su aprobación;
Que se han generado las planillas de "Modificaciones y Compensaciones
Presupuestarias" emitidas por el Sistema Integrado de Gestión y Administración
Financiera (SIGAF) bajo los Requerimientos N°
73/DGADCyP/2020, N°
5289/DGADCyP/2020, N° 5290/DGADCyP/2020, N° 5291/DGADCyP/2020, N°
5292/DGADCyP/2020 y N° 5293/DGADCyP/2020 y como documentos GEDO IF 2020-
25644285 -DGADCyP, 2020-25644382 -DGADCyP, 2020-25644451 -DGADCyP,
2020-25644524 -DGADCyP, 2020- 25644603-DGADCyP y 2020-25644686 -
DGADCyP de acuerdo a las previsiones del Artículo 9 del Capítulo III del Anexo del
mencionado Decreto 32/AJG/2020;
En virtud de lo requerido por los efectores dependientes del Ministerio de Salud en el
marco de la emergencia sanitaria declarada por Decretos de Necesidad y Urgencia N°
260-PEN/2020 (DECNU-2020-260-APN-PTE) y N° 1-GCABA-AJG/2020 (DECRE-
2020-9744924-GCABA-AJG), este nivel considera que corresponde adoptar las
acciones tendientes a dar curso a lo solicitado;
Que la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud - Gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires ha tomado intervención en los presentes actuados de
acuerdo con lo establecido en el Decreto N° 463/AJG/2019.
"2020. Año del General Manuel Belgrano"
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 463/19 y 32/2020
(Capítulo III - Artículo 9) que aprueba las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación
del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2020,
LA SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA DE SALUD
RESUELVE
Artículo 1°.- Efectuar una compensación presupuestaria, consistente en la disminución
e incremento de los créditos de las diferentes Unidades Ejecutoras dependientes del
Ministerio de Salud correspondientes al Inciso 2 - Bienes de Consumo, Inciso 3 -
Servicios No Personales, Inciso 4 - Bienes de Uso e Inciso 5- Transferencias, de
acuerdo a los Comprobantes de "Modificaciones y Compensaciones Presupuestarias"
obrantes bajo Informes 2020-25644285 -DGADCyP, 2020-25644382 -DGADCyP,
2020-25644451 -DGADCyP, 2020-25644524 -DGADCyP, 2020-25644603 -DGADCyP
y 2020-25644686 -DGADCyP, que forman partes integrantes de la presente en todos
sus efectos.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y pase a la
Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, dependiente del
Ministerio de Hacienda y Finanzas, a sus efectos. Rodríguez Quintana