RESOLUCIÓN 2168 2020 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
SE APRUEBA CONCURSO - DE BASURA A CERO: SUMÁ TU MIRADA AMBIENTAL - CAMPAÑA DE CONCIENTIZACIÓN AMBIENTAL - RESIDUOS - BASES Y CONDICIONES - FICHA DE PARTICIPACIÓN - CRITERIOS GENERALES DE EVALUACIÓN - SUBSECRETARÍA TECNOLOGÍA EDUCATIVA Y SUSTENTABILIDAD - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
30/10/2020
Sanción:
11/09/2020
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes Nros.
1.687, 1.854 y su modificatoria 4.859, y 6.292, los Decreto Nros. 463/19 y su
modificatorio 128/19, la Resolución N° 3117- GCABA-MEGC/10, el Expediente
Electrónico N° 21.646.468-GCABA-SSTES/20, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que la Ciudad
debe desarrollar en forma indelegable una política de planeamiento y gestión del
ambiente urbano, promoviendo, entre otros aspectos, la Educación Ambiental en todas
las modalidades y niveles, y el uso racional de materiales y energía;
Que la Ley N° 6.292 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que el Jefe de
Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las
facultades y responsabilidades que les confiere dicha Ley;
Que conforme dicha norma, le corresponde al Ministerio de Educación diseñar,
promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen
un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y
social, así como promover y difundir la investigación y la formación en áreas de interés
que contribuyan al desarrollo de una cultura científica e innovadora;
Que por Decreto N° 463/19, se aprobó una nueva estructura organizativa del Poder
Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose a la
Subsecretaría Tecnología Educativa y Sustentabilidad bajo la órbita del Ministerio de
Educación;
Que conforme el mencionado Decreto, entre las responsabilidades primarias de la
citada Subsecretaría se encuentra la de "desarrollar, articular e implementar
actividades de concientización y gestión ambiental que promuevan y consoliden la
educación ambiental, como eje prioritario del desarrollo sustentable, de forma
transversal en las unidades organizativas del Ministerio, los establecimientos
educativos, los actores de la comunidad educativa y otras áreas del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires";
Que, por su parte, conforme Decreto N° 128/20, la Gerencia Operativa Educación para
la Sustentabilidad bajo la dependencia de la mencionada Subsecretaría, tienen entre
sus responsabilidades primarias la de "Desarrollar e implementar estrategias de
promoción de la educación para la sustentabilidad, la ciudadanía global y el
aprendizaje a lo largo de toda la vida, para impulsar el potencial de las personas y
alcanzar su pleno desarrollo en una sociedad justa, democrática y sustentable en línea
con los objetivos de la Agenda 2030 y la Ley N° 1.687";
Que la Ley N° 1.687 de Educación Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, establece la incorporación de la educación ambiental en el sistema educativo
formal, no formal y mediante modos alternativos de comunicación y educación;
Que por su parte, mediante la Ley N° 1.854 de Gestión Integral de Residuos Sólidos
Urbanos y su modificatoria la Ley N° 4.859, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
adopta como principio para la problemática de los residuos sólidos urbanos el
concepto de "Basura Cero";
Que la precitada norma entiende por "Basura Cero" al principio de reducción
progresiva de la disposición final de los residuos sólidos urbanos, por medio de la
adopción de un conjunto de medidas orientadas a la reducción en la generación de
residuos, la separación selectiva, la recuperación, el reciclado y la valorización;
Que, a través de la Resolución N° 3117-GCABA-MEGC/10 se creó el Programa
Escuelas Verdes, como una iniciativa para el abordaje integral de la temática
ambiental, fomentando el despliegue sustentable y teniendo como objetivo promover el
desarrollo sostenible en las escuelas y edificios del Ministerio de Educación de la
Ciudad de Buenos Aires, y a partir de allí, en la comunidad;
Que en este sentido, el Programa Escuelas Verdes se consolidó como un ejemplo de
política educativa ambiental sostenida en el tiempo y como un referente en la región,
que promueve un cambio necesario para contribuir al desarrollo sostenible de la
sociedad;
Que en el marco del Décimo Aniversario de la creación del Programa Escuelas Verdes
y con el objetivo principal de alentar el cambio de hábitos en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, se invita, a través del Concurso virtual "De basura a cero: sumá tu
mirada ambiental", a todas las personas físicas residentes de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, a convertirse en transmisores/as de un mensaje sustentable, mediante
la combinación del arte, la imaginación y la creatividad, promoviendo así la conciencia
ambiental y la solidaridad;
Que conforme lo expuesto, la Gerencia Operativa Educación para la Sustentabilidad
propicia la aprobación del Concurso "De basura a cero: sumá tu mirada ambiental";
Que la Gerencia Operativa Educación para la Sustentabilidad ha desarrollado las
bases y condiciones de la propuesta tomando la intervención de su competencia;
Que la Subsecretaría Tecnología Educativa y Sustentabilidad ha prestado su
conformidad en los presentes;
Que por lo expuesto, deviene necesario el dictado del acto administrativo que apruebe
las Bases y Condiciones del referido Concurso;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébase el Concurso "De basura a cero: sumá tu mirada ambiental" de
conformidad con las Bases y Condiciones que se determinan en el Anexo (IF-2020-
21981248-GCABA-SSTES), que a todos sus efectos forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 2°.- Convócase a la participación del Concurso "De basura a cero: sumá tu
mirada ambiental", de conformidad con las Bases y Condiciones aprobadas en el
Artículo 1°.
Artículo 3°.- Facúltase al Subsecretario de la Subsecretaria Tecnología Educativa y
Sustentabilidad a dictar las normas ampliatorias, complementarias, aclaratorias y
operativas que resulten necesarias para el correcto cumplimiento de lo dispuesto en la
presente Resolución.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
efectúense las Comunicaciones Oficiales pertinentes al Ministerio de Espacio Público
e Higiene Urbana, a la Secretaría de Ambiente y la Subsecretaría Tecnología
Educativa y Sustentabilidad. Cumplido, archívese. Acuña