RESOLUCIÓN 2621 2020 MINISTERIO DE SALUD

Síntesis:

SE ASIGNAN FONDOS DE CAJA CHICA ESPECIAL A LA DIRECCIÓN GENERAL RECURSOS FÍSICOS EN SALUD - MINISTERIO DE SALUD - PRESUPUESTO Y FONDOS - CORONAVIRUS - COVID-19 - EMERGENCIA SANITARIA

Publicación:

16/11/2020

Sanción:

10/11/2020

Organismo:

MINISTERIO DE SALUD


VISTO: La Ley 70 (Texto consolidado según Ley N° 6017), el Decreto N° 491/2018, la

Resolución N° 97- MEFGC/2019, la Disposición N° 61-DGCG/2019, la Disposición N°

26-DGCG/2019, y modificatorias, la Resolución N° 4280-MHFGC/2020 y, el EE-2020-

26704144-GCABA-DGRFISS y,

CONSIDERANDO:

Que por la Ley 70 se fijaron los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y

Control del Sector Publico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por el Decreto N° 491/2018 se aprobó el régimen para la asignación de fondos

destinados a las Unidades de Organización del Gobierno de la Ciudad de Buenos

Aires;

Que por Resolución N° 97-MEFGC/2019 se aprobó la reglamentación del citado

Decreto;

Que por Disposición N° 26-DGCG/2019, y sus modificatorias, se aprobó el

procedimiento para la solicitud, asignación y rendición de fondos en concepto de Caja

Chica Especial;

Que la Disposición N° 61-DGCG/2019 aprueba las partidas del clasificador por objeto

del gasto correspondientes a las restricciones y excepciones, en concordancia con lo

establecido en los artículos 2° del Anexo I, 3° del Anexo II y 3° del Anexo IV de la

Resolución N° 97-MEFGC/2019;

Que por el expediente del Visto, cursa la solicitud de asignación de fondos en

concepto de Caja Chica Especial a la Dirección General Recursos Físicos en Salud de

este Ministerio de Salud, sin límite de monto por comprobante, por la suma de PESOS

TRES MILLONES ($ 3.000.000,00), a fin de garantizar la respuesta inmediata a las

eventualidades que surgen frente a los acontecimientos de público conocimiento,

necesidad que a la fecha se mantiene a los largo de estos meses para el

fortalecimiento del Sistema Público de la Ciudad, ante la transmisión del virus COVID-

19, según lo solicitado a través de la NO-2020-26634203-GCABA-DGRFISS, y

complementado mediante IF-2020-26849841-GCABA-DGRFISS;

Que, en el artículo 5° del Anexo de la Resolución N° 97-MEFGC/2019 del Decreto N°

491/2018 se establece, entre otros, que el Ministerio de Hacienda y Finanzas

reglamentara los montos máximos de los fondos a asignar por Ministerio, Secretaria u

Organismo Descentralizado, entre otros ítems, a los efectos que los mismos, en el

marco del Artículo 6°, puedan otorgarlos a sus dependencias;

Que, en función de lo anteriormente expuesto, por Resolución N° 4280-MHFGC/2020,

el Ministerio de Hacienda y Finanzas incremento el monto máximo a asignar,

establecido en las Resoluciones N° 355, 407, 1082, 1266, 2025, 2379, 2534, 2913,

3129, 3179, 3237, 3375, 3435, 3927 y 4104-MHFGC/20;

Que el Artículo 2° de la normativa mencionada precedentemente establece:

"Exceptúase a la Caja Chica Especial que tramita por Expediente N° 26704144-

GCABADGRFISS/20, que será otorgada por el Ministerio de Salud, dentro del monto

fijado por la presente Resolución, de las restricciones establecidas en el artículo 3° del

Anexo II de la Resolución N° 97/MEFGC/19, en concordancia con las partidas del

clasificador por objeto del gasto aprobadas por la Dirección General de Contaduría

mediante Disposición N° 61/DGCG/19";

Que, mediante IF-2020-27006998-GCABA-DGTALMHF, la Subgerente Operativa de la

Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del citado Ministerio pone de

manifiesto que se procedió a fijar el monto máximo a asignar por esta Unidad

Ministerial, como así también se contempló a efectivizar en una (1) única entrega, la

totalidad del requerimiento en el 4° trimestre del año en curso;

Que, ha tomado debida intervención la Dirección General Legal y Técnica, de acuerdo

con lo establecido en el Decreto N° 463-AJG/2019.

Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 491/2018 y, en

atención a los términos de la Resolución N° 4280/MHFGC/2020,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE

Artículo 1°.- Asígnese a la Dirección General Recursos Físicos en Salud de este

Ministerio de Salud, la suma de PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000,00), en

concepto de Caja Chica Especial, a efectivizarse en una (1) única entrega, sin límite

de monto por comprobante, a fin de afrontar las eventualidades que surgen frente a los

acontecimientos de público conocimiento, y se corresponden con trabajos menores, a

saber: instalaciones eléctricas, reparación de techos, instalación de mamparas y

divisiones, reparación de compresores, entre otros gastos, en los distintos efectores de

Salud, en el marco de la pandemia COVID-19.

Artículo 2°. - Efectivícese la asignación de PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000), en

una (1) única entrega, en el 4° Trimestre del presente ejercicio, contra rendición

documentada de su inversión.

Artículo 3°. - Exceptúase a la presente de lo establecido en el punto g), del Artículo 6°

del Anexo II de la Resolución N° 97-MEFGC/2019, toda vez que se encuentra

fundamentada la imposibilidad de la obtención de tres presupuestos.

Artículo 4°. -Exceptúase a la Caja Chica Especial otorgada a la Dirección General

Recursos Físicos en Salud del plazo de rendición establecido en el Artículo N° 10 del

Anexo II de la Resolución N° 97-MEFGC/2019, fijándose el plazo máximo de sesenta

(60) días a partir de la fecha de depósito, debiendo realizar la misma a la finalización

del ejercicio o al momento de agotar el objeto, lo que suceda con anterioridad.

Artículo 5°. - En los casos que corresponda, deberán efectuarse las pertinentes

retenciones impositivas, conforme lo establecido en la normativa vigente.

Artículo 6°. - Desígnese como Responsables de la Administración y Rendición de los

Fondos al Titular Andrés Carlos Cardoso, DNI N° 28.936.460 y al agente Francisco

Corbalán, DNI N° 34.354.182, debiendo depositar los mismos en la Cuenta Corriente

N° 9119/4- Sucursal 12 del Banco de la Ciudad de Buenos Aires correspondiente al

Beneficiario N° 2760.

Artículo 7°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Pase para

su conocimiento y demás efectos a la Dirección General Administrativa Contable y

Presupuesto, la que dará intervención a la Dirección General Recursos Físicos en

Salud de este Ministerio de Salud. González Bernaldo De Quirós