DISPOSICIÓN 37 2020 COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447
Síntesis:
SE DEJA SIN EFECTO - ANEXO I DE LA DISPOSICIÓN 6-COPIDIS/20 - SE APRUEBA REGLAMENTO - PROGRAMA DE CAPACITACIÓN LABORAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Publicación:
18/11/2020
Sanción:
06/11/2020
Organismo:
COMISION PARA LA PLENA PARTICIPACION E INCLUSION DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - COPIDIS - LEY 447
Estado:
No vigente
VISTO: La Ley N° 447, los Decretos Nro. 697/08 y 177/09, los Decretos de Necesidad
y Urgencia N° 260/PEN/2020 y N° 297/PEN/2020 y modificatorios, el Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 1/20 y modificatorios, la Resolución N° 1482/MEDGC/20 y la
Disposición N° 6 COPIDIS 2020 y el EX-2020-26869879-GCABA-COPIDIS Y
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 447 creó a la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las
Personas con Discapacidad (COPIDIS), y estableció un Régimen Básico e Integral
para la prevención, rehabilitación, equiparación de posibilidades y oportunidades y
para la participación e integración plena en la sociedad de las Personas con
Discapacidad;
Que, mediante el Decreto N° 697/08 se creó en el ámbito de la Vicejefatura de
Gobierno el "Programa de Capacitación Laboral para Personas con Discapacidad", el
cual tiene por objeto promov er la formación laboral y el acceso al estudio de las
personas con Discapacidad en el ámbito de la ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, el Decreto N° 1006/08, modifica el Reglamento del "Programa de Capacitación
Laboral para Personas con Discapacidad" aprobado por el artículo 4° del Decreto
mencionado precedentemente, permitiendo la incorporación al Programa de aquellas
personas con discapacidad que no se encontrasen inscriptas en el citado Registro;
Que, el Decreto N° 177/09, faculta a la Presidencia de la Comisión para la Plena
Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad a adaptar el citado
reglamento y el modelo de Convenio de Capacitación a fin de facilitar su efectiva
aplicación;
Que, en dicho marco, por la Disposición N° 6/20 - COPIDIS se aprueba el
"Reglamento del Programa de Capacitación Laboral para Personas con
Discapacidad", como Anexo I (IF-2020-02600172-GCABA-COPIDIS), en el que se
establecieron los requisitos para acceder al subsidio y las condiciones de permanencia
que deberán cumplir los usuarios para permanecer en el Programa.
Que la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con
Discapacidad (COPIDIS) llevó adelante la convocatoria para la presentación de pre
inscriptos al Programa de Becas desde el día 9 al 13 de marzo inclusive;
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/2020, el Poder Ejecutivo de
la Nación, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°
27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud
(OMS) en relación con el brote del COVID-19 (coronavirus) ;
Que, por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20, y sus sucesivas prórrogas, se
declaró la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el
riesgo de propagación del contagio en la población del virus COVID-19 (Coronavirus),
vigente al día de la fecha;
Que conforme los términos de la Resolución N° 1482/MEDGC/20, a partir del 16 de
marzo del 2020, se dispuso la suspensión de las clases presenciales en todos sus
niveles y modalidades en establecimientos educativos de gestión estatal y privada de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, habiéndose adaptado la continuidad de las
mismas a la modalidad virtual que subsiste hasta la fecha;
Que, a partir del 20 de marzo de 2020, por Decreto de Necesidad y Urgencia N°
297/PEN/2020 y ampliatorios, se estableció para todas las personas que habitan en el
país la medida de "aislamiento social, preventivo y obligatorio" y la prohibición de
desplazarse por rutas, vías y espacios públicos en todo el territorio nacional, a fin de
prevenir la circulación del virus COVID-19 (coronavirus), medida prorrogada
sucesivamente y vigente hasta la fecha en el ámbito de esta ciudad, en atención a la
situación epidemiológica;
Que al momento de decretarse la emergencia sanitaria y las demás medidas
excepcionales referidas precedentemente, el proceso de Pre inscripción al Programa
de Capacitación Laboral para Personas con Discapacidad NO se encontraba
culminado, debiéndose suspender la implementación del programa debido a normas
de orden Publico;
Que atento al tiempo transcurrido y entendiendo que resulta fundamental para
COPIDIS seguir promoviendo el acceso a la formación laboral y la capacitación
continua de los beneficiarios del Programa, deviene necesario readecuar las
condiciones de permanencia establecidas en el Reglamento ya citado, tales como la
entrega en forma personal ante COPIDIS de las constancia de asistencia, las
constancias de acreditación de la regularidad en cursos de formación laboral o de
estudios superiores o terciarios;
Que resulta necesario flexibilizar fechas de acreditación e instaurar un medio
alternativo de acreditación de asistencia regular a las capacitaciones en general
durante el contexto de emergencia por COVID-19, máxime cuando ello dependería d
de la documentación que expida cada institución;
Que asimismo, se entiende oportuno modificar el monto de las asignaciones estimulo,
las cuales ascenderán a la suma de PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA ($ 650)
mensuales en concepto de asignación estímulo a cada beneficiario que participe de
los cursos coordinados por el Ministerio de Educación, así como de entidades e
instituciones educativas de demostrada trayectoria y de PESOS MIL TRESCIENTOS
($ 1300) mensuales en concepto de asignación estímulo a cada beneficiario inscripto
en carreras terciarias y universitarias, profesorados, tecnicaturas y otros estudios de
grado y posgrado;
Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo por el cual se
apruebe un nuevo Anexo del Reglamento del Programa, dejando sin efecto el Anexo I
(IF-2020-02600172-GCABA-COPIDIS) aprobado por la Disposición N° 6 -COPIDIS-
2020;
Por ello y en uso de las atribuciones que le son propias,
Artículo 1°.- Déjese sin efecto el Anexo I (IF-2020-02600172-GCABA-COPIDIS) de la
Disposición N° 6-COPIDIS-2020.-
Articulo 2°.- Apruébese el Reglamento del Programa de Capacitación Laboral para
Personas con Discapacidad, que como Anexo I (IF-2020-26962033-GCABA-COPIDIS)
forma parte integrante de la presente Disposición.
Articulo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese. Cumplido pase a guarda temporal. Ruíz