RESOLUCIÓN 4382 2020 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
SE DESIGNA - CARÁCTER TRANSITORIO - SUBGERENTE OPERATIVO - FEDERICO GUILLERMO CONDE - SUBGERENCIA OPERATIVA ASESORAMIENTO JURÍDICO - GERENCIA OPERATIVA ASUNTOS JURÍDICOS - DIRECCIÓN GENERAL LEGAL Y TÉCNICA - MINISTERIO DE SALUD
Publicación:
19/11/2020
Sanción:
17/11/2020
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: Las Leyes Nros. 471 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y modificatorias,
6.292 y 6.301, los Decretos Nros. 684/09, 335/11, 571/11, 463/19 y modificatorios, y
210/20, la Resolución N° 3749/MEFGC/19, el Expediente Electrónico N° 24752086-
GCABA-DGAYDRH-2020, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la citada Ley contempla entre los Ministerios del Poder Ejecutivo,
al Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que por Decreto N° 463/19 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que por Decreto N° 684/09 se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración
Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de aplicación en los organismos del
Poder Ejecutivo;
Que posteriormente, por Decreto N° 335/11 se modificó el artículo 3° del Decreto N°
684/09, el cual especifica que los cargos gerenciales se dividirán en dos niveles que
se denominarán "Gerencia Operativa" y "Subgerencia Operativa", a los que les
corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras
organizativas de este Gobierno;
Que por el artículo 4° del Decreto N° 571/11 se autorizó al entonces Secretario de
Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos Gerenciales;
Que por Resolución N° 3749/MEFGC/19 se aprobaron las disposiciones generales
aplicables al Régimen Gerencial de la Administración Pública de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que mediante Informe Número IF-2020-27456538-GCABA-DGLTMSGC la Dirección
General Legal y Técnica dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso i) del artículo 3°
del Anexo I de la mentada Resolución N° 3749/MEFGC/19;
Que a efectos de cubrir el cargo vacante en forma transitoria, el Ministerio de Salud
propicia la designación del Sr. Federico Guillermo Conde, DNI N° 32.830.324, CUIL N°
20-32830324-9, como Subgerente Operativo de la Subgerencia Operativa
Asesoramiento Jurídico, de la Gerencia Operativa Asuntos Jurídicos, de la Dirección
General Legal y Técnica;
Que por el artículo 11 del Anexo I de la Resolución N° 3749/MEFGC/19 se estableció
que el cese del personal designado con carácter transitorio en cargos de régimen
gerencial no otorgará, en ningún caso, derecho a la percepción de monto
indemnizatorio alguno;
Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de
Hacienda y Finanzas, ha verificado la inexistencia de incompatibilidad del agente
propuesto para la cobertura transitoria del cargo, de acuerdo con lo normado en el
artículo 7° de la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y modificatorias, y ha
dado cumplimiento a los recaudos exigidos por la normativa en vigencia;
Que la presente designación se encuentra exceptuada por el artículo 15, inciso f) del
Anexo I del Decreto N ° 210/20 de las restricciones que en la materia ha fijado la Ley
N° 6.301;
Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el art. 17 incs. 11 y 12 de la Ley N°
6.292,
Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 13 de octubre de 2020, con carácter transitorio, al
Sr. Federico Guillermo Conde, DNI N° 32.830.324, CUIL N° 20-32830324-9, como
Subgerente Operativo de la Subgerencia Operativa Asesoramiento Jurídico, de la
Gerencia Operativa Asuntos Jurídicos, de la Dirección General Legal y Técnica, del
Ministerio de Salud.
Artículo 2°.-Déjase establecido que la designación del agente mencionado en el
artículo anterior reviste carácter transitorio y podrá cesar en el cargo de régimen
gerencial sin derecho a la percepción de monto indemnizatorio alguno, de conformidad
a lo establecido en el artículo 11 del Anexo I de la Resolución N° 3749/MEFGC/19.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a las Direcciones Generales Administración y Liquidación de Haberes,
Desarrollo del Servicio Civil, Técnica, Administrativa y Legal, del Ministerio de
Hacienda y Finanzas y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección
General Legal y Técnica, del Ministerio de Salud, debiendo esta última notificar
fehacientemente al interesado y a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos.
Mura