LEY 6346 2020

Síntesis:

INSTITUYE - DÍA DEL PARKINSON - 11 DE ABRIL DE CADA AÑO - SE INCORPORA AL CALENDARIO DE ACTOS Y CONMEMORACIONES DE LA CIUDAD - ENFERMEDAD - OBLIGACIÓN DEL PODER EJECUTIVO - DIFUSIÓN - NORMA CONSOLIDADA POR LEY 6.764 (5° ACTUALIZACIÓN DEL DIGESTO JURÍDICO).

Publicación:

04/12/2020

Sanción:

12/11/2020

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

01/12/2020


TEXTO ACTUALIZADO

 

El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su sanción o consolidación. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

 

Fecha de actualización: 29/02/2024

 

 

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Institúyese en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el día 11

de Abril de cada año como el "Día del Parkinson".

Art. 2°.- Incorpórase la fecha anteriormente mencionada al calendario de actos y

conmemoraciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 3°.- El gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través del organismo

que corresponda, promoverá la realización y difusión de actividades durante el mes de

Abril, a fin de concientizar a la ciudadanía sobre la Enfermedad de Parkinson.

Art. 4°.- Comuníquese, etc. Forchieri - Schillagi

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