RESOLUCIÓN 1363 2020 F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
Síntesis:
SE CONSTITUYE JUNTA DE CALIFICACIÓN DEL CUERPO ESPECIAL DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA - PREVISTA EN EL ANEXO II DEL DECRETO PEN N° 210/89 - ESTABLECERÁ EL ORDEN DE MÉRITO DE LOS AGENTES - EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO - EPTIEMBRE DE 2019 Y SEPTIEMBRE DE 2020 - NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES
Publicación:
22/12/2020
Sanción:
17/12/2020
Organismo:
F/N CONSEJO DE LOS DERECHOS DE NIÑAS NIÑOS Y ADOLESCENTES
VISTO: La Ley Nacional N° 20.416 y sus modificatorias, la Ley N° 114 (texto
consolidado por Ley N° 6.347), los Decretos PEN N° 210/89 y 873/16, el Decreto PEN
N° 54/76 y sus modificatorios, el Decreto N° 492/16 y su modificatorio, el Decreto N°
495/16, la Resolución N° 114-LCBA/17, la Resolución N° 942-CDNNyA/16, y su
modificatoria, la Resolución N° 947-CDNNyA/18, el Expediente Electrónico N °
29634002-GCABA-DGRPJ/20, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 se creó el Consejo de los Derechos de Niñas,
Niños y Adolescentes como organismo especializado que tiene a su cargo las
funciones que le incumben a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en materia de
promoción y protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes;
Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y
administrativa y autarquía financiera;
Que por el Decreto PEN N° 873/16 se transfirieron a la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires los programas de asistencia directa y los dispositivos gubernamentales de
intervención con adolescentes infractores de la Ley Penal que dependieran del
entonces Consejo Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, y el Cuerpo Especial de
Seguridad y Vigilancia (CESyV), regido por el Decreto PEN N° 210/89;
Que por el Decreto N° 492/16 y su modificatorio, el Decreto N° 495/16, se instruyó a la
titular de este Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes a celebrar los
convenios y realizar las gestiones necesarias para el traspaso de los programas de
asistencia directa y los dispositivos gubernamentales de intervención con adolescentes
infractores de la Ley Penal que dependieran del entonces Consejo Nacional de Niñez,
Adolescencia y Familia, así como para la transferencia del CESyV, en los términos
establecidos en el Decreto PEN N° 873/16;
Que, en el marco de dicha normativa, en fecha 20 de septiembre de 2016 se suscribió
el Convenio de Transferencia de Servicios de Atención Directa de Adolescentes en
Conflicto con la Ley Penal al ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
celebrado entre la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNAF),
en representación del Estado Nacional, y este Consejo de los Derechos de Niñas,
Niños y Adolescentes, en representación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
mediante el cual se dispuso, entre otros aspectos, el traspaso a la Ciudad del personal
que integra el CESyV;
Que mediante Resolución N° 114-LCBA/17 la Legislatura de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires aprobó el convenio precitado, el que se encuentra registrado bajo el N°
23.466.131 en la Dirección General de Escribanía General, dependiente de la
Secretaría Legal y Técnica de la Jefatura de Gobierno;
Que mediante las Resoluciones N° 942-CDNNyA/16 y N° 947-CDNNyA/18 se modificó
parcialmente la estructura organizativa del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y
Adolescentes, creándose la Dirección General de Responsabilidad Penal Juvenil, bajo
cuya órbita funciona el CESyV;
Que por el Decreto PEN N° 210/89 se aprobó el Estatuto y Escalafón para el personal
que integra el CESyV, cuyo Anexo II, Capítulos IV y V, prevé el sistema de
calificaciones y ascensos de dicho personal;
Que el artículo 7° del Anexo II del Decreto PEN N° 210/89 establece que los agentes
del CESyV serán calificados anualmente en forma individual por sus respectivos jefes,
con vista a hacer efectivo su progreso en la carrera, a cuyo efecto el artículo 8° del
mencionado Anexo prevé la constitución de una Junta de Calificación, la que, entre
otras facultades, establecerá el orden de mérito de los agentes;
Que, por su parte, el Decreto PEN N° 210/89 prevé en su artículo 7° que las
disposiciones de la Ley nacional 20.416, Ley Orgánica del Servicio Penitenciario
Federal, resultarán de aplicación supletoria, toda vez que sea necesario completar o
aclarar las normas contenidas en el Estatuto y Escalafón para el personal que integra
el CESyV;
Que, a su vez, el Decreto PEN N° 54/76 aprobó el Reglamento de Calificaciones,
Ascensos y Eliminaciones del Personal del Servicio Penitenciario Federal,
reglamentando los Capítulos IX -Calificaciones- y X -Ascensos- de la Ley Nacional N°
20.416;
Que, en el marco de la normativa mencionada, mediante Informe IF-2020-29639778-
GCABA-DGRPJ, el titular de la Dirección General de Responsabilidad Penal Juvenil
propicia la creación de una Junta de Calificación para el personal que integra el
CESyV, cuyo objeto es establecer un orden de mérito en cada uno de los grados, a
efectos de que el personal que se encuentre en condiciones de ascender al grado
inmediato superior resulte promovido de preexistir las condiciones necesarias para
ello, aclarando que el período a evaluarse es el comprendido entre los meses de
septiembre de 2019 y septiembre de 2020;
Que por las consideraciones vertidas precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo por el que se constituya la Junta de Calificación del CESyV
contemplada en el Anexo II del Decreto PEN N° 210/89, la que estará integrada en el
sentido propiciado por el titular de la Dirección General de Responsabilidad Penal
Juvenil en los informes IF-2020- 29639778-GCABA-DGRPJ e IF-2020-29679825-
GCABA-DGRPJ, con el objeto de establecer el orden de mérito de los agentes del
mencionado Cuerpo, a cuyo efecto evaluará el desempeño de dichos agentes durante
el período precedentemente señalado;
Que la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa ha tomado intervención en el
ámbito de su competencia.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 114, el Decreto PEN N°
210/89 y el Decreto N° 464/19,
Artículo 1°.- Constitúyase la Junta de Calificación del Cuerpo Especial de Seguridad y
Vigilancia prevista en el Anexo II del Decreto PEN N° 210/89, la que establecerá el
orden de mérito de los agentes del mencionado Cuerpo, a cuyo efecto evaluará el
desempeño de dichos agentes durante el período comprendido entre los meses de
septiembre de 2019 y septiembre de 2020.
Artículo 2°.- Establécese que la Junta de Calificación creada en el artículo 1°.- de la
presente estará integrada por la Presidente de este Consejo de los Derechos de
Niñas, Niños y Adolescentes, quien presidirá la Junta; el titular de la Dirección General
de Responsabilidad Penal Juvenil, Lic. Víctor Aníbal Fernández; la titular de la
Subdirección Operativa del Centro Socioeducativo de Régimen Cerrado José de San
Martín, la titular de la Subdirección Operativa del Centro de Régimen Cerrado Manuel
Belgrano, el titular de la Subdirección Operativa del Centro Socioeducativo de
Régimen Cerrado Manuel Rocca, la titular de la Subdirección Operativa del Centro de
Admisión y Derivación, el titular de la Subdirección Operativa de las Residencias
Socioeducativas de Libertad Restringida, el Superior del Cuerpo Especial de
Seguridad y Vigilancia de cada Centro y Residencia en que revistió el agente a
calificar, el titular de la Subdirección Operativa de Asuntos Judiciales, Dr. Diego
Osvaldo Curia, los asesores Profesora María Alicia Blasco, Lic. Mario Fernández, Dra.
Nora Beatriz Binsou y Dr. Hugo Pavich.
Artículo 3°.- Delégase la facultad de presidir la Junta de Calificación creada en el
artículo 1°.- de la presente en el titular de la Dirección General de Responsabilidad
Penal Juvenil de este Consejo, Lic. Víctor Aníbal Fernández.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial. Pase a la Dirección General de
Responsabilidad Penal Juvenil a fin de notificar a los interesados y proseguir con el
trámite correspondiente. Leguizamón