DECRETO 457 2020

Síntesis:

SE MODIFICA -  DECRETO N° 444/20 - PROMULGATORIO DE LEY N° 6361 - MODIFICACIONES AL CODIGO URBANISTICO - CU - SE SUSTITUYE EL TEXTO DE LA LEY N° 6361 QUEDANDO DEBIDAMENTE PROMULGADA

Publicación:

23/12/2020

Sanción:

22/12/2020

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 6.361, el Decreto N° 444/20, y el Expediente Electrónico N°

29444205-GCABA- DGALE/20, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 444/20 se promulgó la Ley N° 6.361 sancionada por la

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 26 de noviembre de 2020;

Que por la citada Ley se modificaron varios artículos del Código Urbanístico aprobado

por Ley N° 6.099;

Que por inconvenientes técnicos al generar el documento DECTO del módulo GEDO

del SADE, se han deslizado errores materiales en el texto de la Ley N° 6.361,

promulgada por Decreto N° 444/20;

Que el artículo 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de

Buenos Aires, aprobada por el Decreto N° 1510/97 (Texto Consolidado por Ley N°

6.347), establece que en cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente

materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo

sustancial del acto o decisión;

Que por lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente, que

subsane dichos errores y permita visualizar correctamente el texto de la Ley N° 6.361.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Modifícase el Decreto N° 444/20, sustituyéndose el texto de la Ley N°

6.361, por el que surge del Anexo (IF-2020-30819943-GCABA-DGCLCON), que se

acompaña y forma parte integrante del presente Decreto, quedando debidamente

promulgada con dicho texto.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese

copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la

Dirección General de Asuntos Legislativos, comuníquese a la Jefatura de Gabinete de

Ministros. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6023

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art.1°.del Decreto N° 457/20 modifica el Decreto N° 444/20, sustituyéndose el texto de la Ley N° 6.361, por el que surge del  Anexo que acompaña y forma parte integrante del  Decreto, quedando debidamente promulgada con dicho texto</p>