RESOLUCIÓN 2902 2020 MINISTERIO DE SALUD
Síntesis:
SE APRUEBA - PROPUESTA DE ACTUALIZACIÓN E INCORPORACIÓN - NOMENCLADOR DE PRESTACIONES DE SALUD - CORONAVIRUS - PANDEMIA - COVID 19 - EMERGENCIA SANITARIA - MODULO TEST RAPIDO ANTIGENO - 60.08.06 - VALOR DE $1.100 - RIGE A PARTIR DE LAS 00.00 HORAS DEL 1 DE DICIEMBRE DE 2020 - MINISTERIO DE SALUD
Publicación:
28/12/2020
Sanción:
21/12/2020
Organismo:
MINISTERIO DE SALUD
VISTO: Los Decretos Nros. 468/94 y 208/01, 260/PEN/20, los Decretos de Necesidad
y Urgencia Nros 1/20, 8/20, 12/20, 15/20 y 17/20; las Resoluciones Nros.
1083/MSGC/07, 632/MSGC/11; 1840/MSGC/15; 2716/MSGC/20, 352/ MSGC/16; 336-
MSGC/17; 2006/MSGC/2017, 404/MSGC/18; 1794-MSGC/18; 2529/MSGC/18;
598/MSGC/19; 1227/MSGC/19; 2148/MSGC/19, 3028-MSGC/19, 577/MSGC/20,
856/MSGC/20, 1191/MSGC/20, 1291/MSGC/20, 1896/MSGC/20, 1949/MSGC/20,
2530/MSGC/20 y 2737/MSGC/20 y el Expediente Electrónico N° EX-2020-30370450-
GCABA-DGCTFS, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 468/94 se facultó a la entonces Secretaría de Salud para que
proceda a incorporar y/o a sustituir los módulos del Nomenclador de Prestaciones de
Salud, creando la Comisión Permanente de Actualización del Nomenclador;
Que el Decreto N° 208/01 encomendó a la entonces Secretaría de Salud la fijación de
los valores que deberán abonar las entidades obligadas por las prestaciones
brindadas por sus efectores, atribuciones que hoy corresponden al Ministerio de Salud;
Que por Resoluciones Nros. 1083/MSGC/07, 632/MSGC/11, 1840/MSGC/15 y
2716/MSGC/20 la citada Comisión Permanente ha sido modificada en su integración;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20 el Poder Ejecutivo Nacional
amplió la emergencia pública en materia sanitaria, en virtud de la pandemia declarada
por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación al coronavirus COVID-19,
por el plazo de un año a partir de su publicación en el Boletín Oficial, lo que ocurrió el
día 12 de marzo de 2020;
Que, en concordancia, por Decretos de Necesidad y Urgencia Nros, 1/20, 8/20, 12/20,
15/20 y 17/20 se declaró la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires hasta el 31 de enero de 2021 a los fines de atender y adoptar las
medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la
población del coronavirus (COVID-19);
Que para la plena operatividad del Sistema de Salud de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, considerando el incremento de las consultas efectuadas en el sistema
público de salud en relación al Coronavirus (COVID-19), por Resolución N° 1191-
MSGC/20 se incorporó al Nomenclador de Prestaciones de Salud el modulo "COVID-
19", bajo el Código 60;
Que, conforme una evaluación efectuada a la última actualización del Nomenclador de
Prestaciones de Salud, aprobado por Resolución N° 2737-MSGC/20, la Comisión
Permanente detectó la necesidad de incorporar el TEST RAPIDO ANTIGENO COVID-
19, bajo el código 60.08.06 con un valor de $ 1.100;
Que la Dirección General Legal y Técnica ha tomado la competencia que le
corresponde.
Por ello, de conformidad con las facultades delegadas por el Decreto N° 468/94,
Artículo 1°.- Apruébase la propuesta de actualización e incorporación al Nomenclador
de Prestaciones de Salud aprobado mediante Resolución N° 2737-MSGC/2020 el
modulo "TEST RAPIDO ANTIGENO", 60.08.06 con un valor de $ 1.100, identificado
como Anexo registrado como informe N° IF-2020-30174846-GCABA-DGCTFS, que
forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Dejase establecido que la incorporación aprobada mediante el artículo
precedente comenzara a regir retroactivamente para las prestaciones efectuadas a
partir de las 00.00 horas del 1° de diciembre de 2020.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaria de Planificación Sanitaria y
Gestión en Red, a la Subsecretaria de Atención Hospitalaria, a la Subsecretaria de
Atención Primaria, Ambulatoria y Comunitaria, a la Subsecretaria de Administración
del Sistema de Salud, a la Dirección General de Coordinación, Tecnologías y
Financiamiento en Salud, a la Dirección General de Sistemas de Información Sanitaria,
a la Dirección General Legal y Técnica. Cumplido, archívese. González Bernaldo de
Quirós