RESOLUCIÓN 4735 2020 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE INSTRUMENTA - ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA 10-20 - REPRESENTANTES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD - SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESTADO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - SUTECBA - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS - CARRERA DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA - REGIMEN ESCALAFONARIO - CARRERA DE ENFERMERIA Y ESPECIALIDADES TECNICO PROFESIONALES DE LA SALUD - 

Publicación:

28/12/2020

Sanción:

21/12/2020

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: La Ley N° 471, el Decreto N° 465/04, el Acta de Negociación Colectiva

Comisión Central Acta N° 10/2020, el Expediente Electrónico N° 2020-

29.405.738/GCABA-DGTALMHF y;

CONSIDERANDO:

Que con fecha 03 de noviembre de 2020, se celebró el Acta de Negociación Colectiva

Comisión Central Acta N° 10/2020, en el marco del Título II de la Ley N° 471 de

Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos

Aires (SUTECBA);

Que mediante la misma, las partes consideran que, en virtud de la emergencia

sanitaria en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud

(OMS), en relación al virus COVID 19 (Coronavirus), advirtiendo que por dicha causa

se ha provocado una caida de la recaudación;

Que en primer lugar, se incorpora a la grilla salarial de la Carrera de la Administración

Pública y de Enfermería y Especialidades Técnico Profesionales de la Salud, la suma

no remunerativa otorgada en el artículo 1° del Acta Paritaria N° 1/2020, la que a partir

del mes de Noviembre/2020 comenzará a abonarse en un todo conforme con el

Agrupamiento, Tramo, Grado, que los agentes posean a la fecha del pago;

Que se otorga a los agentes de Enfermería y Especialidades Técnico Profesionales de

la Salud y de la Carrera de la Administración Pública, un incremento no remunerativo

del quince por ciento (15%) sobre los haberes del mes de Enero/2020 de su

Agrupamiento, Tramo, Grado conforme el siguiente esquema:

a) 5% a partir del 1° de noviembre 2020.

b) 5% a partir del 1° de diciembre 2020.

c) 5% a partir del 1° de enero 2021.

Que asimismo, se otorga al salario normal y habitual la suma no remunerativa

otorgada a través del Artículo 1° del Acta Paritaria N° 1/2020 a las Plantas Transitorias

creadas por el artículo 45 de la Ley 471, y las credas en el marco de la Emergencia

Sanitaria en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo de aplicación el esquema

detallado en el párrafo anterior;

Que se otorga un aumento sobre los ítems que se detallan en el Anexo II y III del Acta

Paritaria N° 10/2020, y por única vez se otorga un pago no remunerativo de $ 5.000 a

efectuarse el día 22 de enero de 2021 y el día 19 de febrero de 2021 respectivamente;

Que por otra parte, se adiciona el Grado 12 a la escala de grados vigente dentro de la

Carrera de la Administración Pública homologada por Resolución N° 20/MHGC/14 a

los agrupamientos Actividades de Asistencia de Salud y Apoyo Social, Atención al

Ciudadano, Emergencias, Gestión Gubernamental, Inspección y Verificación, Servicios

Generales y Mantenimiento, Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,

adicionando también el Grado 12 a la escala de grados vigentes dentro de la Carrera

de Enfermería y Especialidades Técnico Profesionales de la Salud homologada por

Resolución N° 2675/MEFGC/14;

Que adiciona el Grado 10 al tramo Inicial y Medio y el Grado 11 al tramo Avanzado de

las actividades Escenotécnicas y Servicios Auxiliares del Agrupamiento Actividades

Artísticas y Escenotécnicas, adiciona asimismo el Grado 7 a los tramos D y E, el

Grado 8 al tramo C, el grado 9 al tramo B y el grado 10 al tramo A de las Actividades

Artísticas del Agrupamiento

Que por otra parte, respecto de los puntos en el Acta Paritaria que se refieren a los

grados adicionales, las partes encomiendan a la Co.P.A.I.R.C, modificar el texto del

Régimen Escalafonario y de la Carrera de la Administración Pública, como así

también, el texto de la Carrera de Enfermería y Especialidades Técnico Profesionales

de la Salud, aprobados por Acta de Negociación Colectiva N° 17/13 y N° 16/19;

Que se solicita al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que la segunda

cuota del Sueldo Anual Complementario se abone en su totalidad y no fraccionado,

quien presta su conformidad a lo requerido, manifestando que el mismo se abonará en

la semana comprendida entre el 14 y 18 de diciembre de 2020;

Que por último, las partes acuerdan reunirse durante el próximo mes de febrero del

año venidero a los efectos de iniciar la negociación paritaria correspondiente al año

2021;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 471 (texto

consolidado por Ley N° 6017), los acuerdos arribados en el ámbito de la Negociación

Colectiva, regulada por el Título II de la misma, deben ser instrumentados mediante el

acto administrativo respectivo;

Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Instruméntase el Acta de Negociación Colectiva Comisión Central Acta

N° 10/2020, suscripta el día 03 de noviembre de 2020 entre los representantes del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del Sindicato Único de

Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), la que como

Anexo (IF-2020-30297406/GCABA-DGTALMHF), forma parte integrante de la

presente.

Artículo 2°.- Publíquese. Comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado

de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la

Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y

Finanzas y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto.

Cumplido, archívese. Mura


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6024

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

APRUEBA
<p>Art. 1 de la Resolución N° 4735-MHFGC/20 instrumenta el Acta de Negociación colectiva N° 10/20.</p>