RESOLUCIÓN 4796 2020 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
SE PRORROGA EL CONVENIO MARCO DE COMPRAS PARA LA PROVISIóN, TRASLADO, ENTREGA Y MONTAJE DE MOBILIARIO PARA USO DE LAS REPARTICIONES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Publicación:
04/01/2021
Sanción:
29/12/2020
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires"
VISTO: Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto N° 168/19 y su
modificatorio N° 207/19, la Resolución N° 4/GCABA-MHFGC/20, el Expediente
Electrónico N° 30.185.108/MGEYA- DGCYC/18, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente Electrónico citado en el visto tramitó el Convenio Marco de
Compras para la Provisión, Traslado, Entrega y Montaje de Mobiliario para uso de las
Reparticiones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, de acuerdo con el
procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos
Aires Compras (BAC);
Que mediante Resolución N° 4/GCABA-MHFGC/20, se aprobó la Licitación Pública N°
623-1698-LPU18 y se adjudicó a las firmas: RAUL E. MONACO S.A., en la suma total
de hasta PESOS OCHO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL
SEISCIENTOS ($8.158.600,00.-); ESTABLECIMIENTOS CAPORASO S.A.C.I.F.I. Y A.,
en la suma total de hasta PESOS OCHENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS
OCHENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SIETE con 15/100 ($ 81.784.307,15.-);
VERRACO S.A., en la suma total de hasta PESOS SETECIENTOS CINCUENTA Y
DOS MIL QUINIENTOS ($ 752.500,00.-); COVER INTERIORES S.R.L., en la suma
total de hasta PESOS QUINIENTOS VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA
Y UNO con 50/100 ($ 524.991,50.-); PRODMOBI S.A., en la suma total de hasta
PESOS SESENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA MIL
QUINIENTOS CUATRO con 90/100 ($ 65.740.504,90.-); ROYAL DOOR S.R.L., en la
suma total de hasta PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS NUEVE MIL
OCHOCIENTOS OCHENTA ($ 3.909.880,00.-); y, LAURENCE JAVIER
DRUSCOVICH, en la suma total de hasta PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS
CUARENTA Y DOS MIL CIENTO VEINTE ($ 3.942.120,00.-), por cantidades y precios
que constan, para cada renglón adjudicado, en el Anexo I (IF-2019-39910381-GCABA-
MHFGC);
Que atento a que el vencimiento del Convenio que nos ocupa opera el día 03 de enero
de 2.021, se considera pertinente prorrogar la vigencia de la referida contratación por
el plazo de doce (12) meses consecutivos a partir de esa fecha, o hasta el
perfeccionamiento de un nuevo contrato, lo que ocurra primero, al amparo de lo
establecido en el Artículo N° 45 del Decreto N° 168/18, en el Artículo N° 110 Inciso III
de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y en el Artículo 9 del Pliego de
Bases y Condiciones Particulares que rigiera el proceso de marras;
Que, en ese sentido, el Artículo N° 45 del Decreto N° 168/19, sobre la prórroga de los
Convenios Marco, establece que: "...El plazo de vigencia será especificado en los
Pliegos, debiendo ajustarse a lo establecido en el Artículo 119 de la Ley N° 2.095
(texto consolidado por Ley N° 6.017)...";
Que, asimismo, el Artículo 9 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares prevé lo
siguiente: "(...) El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reserva el
derecho de prórroga del presente, de acuerdo a lo establecido en el al artículo 119,
inc. III) de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017) reglamentada por
Decreto N° 168/19 y su modificatorio Decreto N° 207/19. (...)";
Que asimismo, el artículo 110 (ex 119), inc. III de la Ley N° 2.095 (texto consolidado
por Ley N° 6.347) sobre la prórroga contractual, establece: "(...) [se podrá] prorrogar
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires"
cuando así se hubiese previsto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, los
contratos de suministros de cumplimiento sucesivo o de prestación de servicios, a su
vencimiento, por un plazo igual o menor del contrato inicial, no pudiendo el plazo de la
prórroga superar al plazo de vigencia original del contrato (...)";
Que mediante Ley N° 6.347, se aprobó la tercera actualización del Digesto Jurídico de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que contiene las normas de alcance general y
carácter permanente, entre ellas la Ley N °2.095, consolidadas al 31 de agosto de
2.020. Consecuentemente, se ha modificado la numeración de los artículos
correspondientes a la citada normativa;
Que en base a lo reseñado en los considerandos que anteceden, no existe óbice de
índole legal que impida llevar a cabo la prórroga contractual que por la presente se
propicia.
Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades
conferidas por el Artículo 110 inciso III de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley
N° 6.347), y el artículo 119 Inciso III) del Decreto Reglamentario N° 168/19 y su
modificatorio N° 207/19,
EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1°.- Prorrógase a partir del 03 de Enero de 2.021, por el término de (12)
meses o hasta el perfeccionamiento de un nuevo contrato, lo que ocurra primero, el
Convenio Marco de Compras para la Provisión, Traslado, Entrega y Montaje de
Mobiliario para uso de las Reparticiones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires,
de acuerdo con el procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones
denominado Buenos Aires Compras (BAC), al amparo de lo establecido en el Artículo
110 inc. III) de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y el Articulo 119
inc. III) del Decreto N° 168/19 y su modificatorio N° 207/19.
Artículo 2°.- Facúltese a la Directora General de Compras y Contrataciones del
Ministerio de Hacienda y Finanzas a autorizar a través del Portal Buenos Aires
Compras (BAC) el nuevo Convenio Marco.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el
término de un (1) día, en la página de internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y en el Portal www.buenosairescompras.gob.ar, en un todo de acuerdo a
lo previsto en el Artículo 112 Anexo I del Decreto N° 168/19 y su modificatorio N°
207/19, en la página Web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
notifíquese fehacientemente a cada uno de los oferentes de acuerdo a lo previsto en el
artículo 111 del Anexo I del Decreto N° 168/19 y su modificatorio N° 207/19.
Artículo 4°.- Cumplido, remítase a la Dirección General de Compras y Contrataciones
del Ministerio de Hacienda y Finanzas para la prosecución del trámite. Mura