RESOLUCIÓN 29 2020 SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INTERNACIONALES E INSTITUCIONALES

Síntesis:

SE DEROGA  RESOLUCIÓN N°14-SSRIEI/20 - SE SUSPENDE APLICACIÓN -BASES Y CONDICIONES - PROGRAMA EXPERIENCIA BUENOS AIRES INTERNACIONAL APROBADAS POR RESOLUCIÓN N° 67-SSRIEI/19 - SE APRUEBAN BASES Y CONDICIONES DEL PROGRAMA EXPERIENCIA BUENOS AIRES INTERNACIONAL MODALIDAD DIGITAL - EBAI 2.0 - EDICIÓN AÑO 2020 - SUBSECRETARIA DE RELACIONES INTERNACIONALES E INSTITUCIONALES

Publicación:

05/01/2021

Sanción:

14/05/2020

Organismo:

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INTERNACIONALES E INSTITUCIONALES


VISTO: Los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/20, N° 297/PEN/20 y

modificatorios del Poder Ejecutivo Nacional, el Decreto de Necesidad y Urgencia N°1-

GCABA/20, las Resoluciones N° 12/SGYRI/19, N°67/SSRIEI/19 y N°14/SSRIEI/20, el

Expediente Electrónico N° 13225391-GCABA-SSRIEI-2020;

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/PEN/2020, el Poder Ejecutivo de

la Nación, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley

N°27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud

en relación con el coronavirus (COVID-19), por el plazo de un (1) año desde la entrada

en vigencia de dicho Decreto;

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/PEN/2020, el Poder Ejecutivo de

la Nación estableció una medida de "aislamiento social, preventivo y obligatorio" para

todas las personas que habitan o se encuentren en el país en forma temporaria, hasta

el 31 de marzo del corriente año, con ciertas condiciones y excepciones determinadas

taxativamente;

Que sucesivos Decretos de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional

(325/PEN/20, 355/PEN/20, 408/PEN/20 y 459/PEN/20) modificaron el Decreto de

Necesidad y Urgencia N°297/PEN/2020, ampliando el plazo de duración de la medida

de aislamiento social, preventivo y obligatorio, estando a la fecha todavía vigente;

Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria

en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020 a

fin de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de

propagación del contagio en la población del virus COVID-19 (Coronavirus);

Que a través de la Resolución N° 12/SGYRI/19 se creó el Programa "Experiencia

Buenos Aires Internacional (EBAI)" en el ámbito de la Subsecretaría de Relaciones

Internacionales e Institucionales;

Que por la mencionada resolución se delegó la implementación del programa a la

Subsecretaria de Relaciones Internacionales e Institucionales y se facultó a la misma a

dictar los actos administrativos que sean requeridos para la implementación del

programa;

Que por Resolución N° 67/SSRIEI/19 se aprobaron las Bases y Condiciones del

programa EBAI y por Resolución N° 14/SSRIEI/20 se aprobó el Cronograma

correspondiente a la edición del año 2020;

Que, debido a la situación de emergencia sanitaria antes mencionada y a las medidas

de aislamiento social, preventivo y obligatorio, vigentes a la fecha, resulta necesario

suspender todas las actividades presenciales proyectadas del Programa EBAI;

Que asimismo, resulta conveniente readecuar el funcionamiento del mencionado

Programa, a fines de que pueda desarrollarse de manera remota a través de medios

digitales, estableciendo los lineamientos que regirán dicha modalidad a través de la

que se desarrollará la Edición correspondiente al año 2020.

Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por Resolución N° 12/SGYRI/19,

EL SUBSECRETARIO

DE RELACIONES INTERNACIONALES E INSTITUCIONALES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Suspéndase la aplicación de las Bases y Condiciones del Programa

"Experiencia Buenos Aires Internacional", aprobadas por Resolución N° 67/SSRIEI/19,

para la Edición correspondiente al año 2020.

Artículo 2°.- Derógase la Resolución N°14/SSRIEI/20.

Artículo 3°.- Apruébanse las Bases y Condiciones del Programa "Experiencia Buenos

Aires Internacional" modalidad digital ("EBAI 2.0"), para la Edición correspondiente al

año 2020, incluidas en el Anexo (IF-2020-13565612-GCABA-SSRIEI) que a todos sus

efectos forma parte de la presente Resolución.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Resnicoff


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6028

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>Art. 2° de la Resolución N° 29/SSRIEI/20 deroga la Resolución N°14/SSRIEI/20.</p>