RESOLUCIÓN 80 2020 SECRETARIA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES
Síntesis:
SE DESIGNA - PERSONAL DE PLANTA DE GABINETE - MARTÍN ALESSANDRO - SECRETARÍA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES - DOLORES ARRIETA - JIMENA ZAGA - SUBSECRETARÍA GOBIERNO ABIERTO Y RENDICIÓN DE CUENTAS - JERÓNIMO MARTÍN - DIRECCIÓN GENERAL DE COMPROMISOS DE GOBIERNO Y RENDICIÓN DE CUENTAS - CLAUDIA GÓMEZ - DIRECCIÓN GENERAL DE INTERCAMBIO DE GESTIÓN
Publicación:
08/01/2021
Sanción:
29/05/2020
Organismo:
SECRETARIA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES
VISTO: Los Decretos Nros. 1.143/05, 638/07, 463/19 y modificatorios, el Expediente
Electrónico N° 14.046.227-GCABA-SGYRI/20, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 1.143/05 y sus modificatorios se establece el régimen vigente para
los trabajadores de gabinete de las autoridades superiores del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 638/07 se delegó en lo titulares de cada Jurisdicción la facultad de
efectuar las designaciones y disponer los ceses del personal de las Plantas de
Gabinete correspondientes a su ámbito, así como la de aprobar las modificaciones
correspondientes en cada caso;
Que por Decreto N° 463/19 se aprobó la estructura orgánico funcional dependiente del
Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires;
Que entre otras medidas, el artículo 7° del citado Decreto instituye a partir del 10 de
diciembre de 2019 el Régimen Modular de Plantas de Gabinete de las Autoridades
Superiores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Secretaría General y Relaciones Internacionales, la Subsecretaría Gobierno
Abierto y Rendición de Cuentas, las Direcciones Generales de Intercambio de Gestión,
y de Compromisos de Gobierno y Rendición de Cuentas, propician diversas altas de
personal de Planta de Gabinete;
Que conforme lo expuesto resulta necesario el dictado de la norma legal pertinente.
Por ello y conforme las facultades conferidas por el Artículo 1° del Decreto N° 638/07,
Artículo 1°.- Desígnase, como personal de Planta de Gabinete, a las personas que se
detallan en el Anexo I (IF-2020-14375523-GCABA-SGYRI), en el modo y forma allí
señalados, en las condiciones establecidas en el artículo 7° del Decreto N° 463/19.
Artículo 2°.- Comuníquese a las Direcciones Generales de la Oficina de Gestión
Pública y Presupuesto, de Administración y Liquidación de Haberes, Técnica,
Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y Finanzas, para su conocimiento y
demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la
Secretaría Legal y Técnica, quien deberá notificar a los interesados. Straface