ACTA 4755 2018 INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

Síntesis:

SE APRUEBA - ACTUALIZACIÓN - MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA FACTURACIÓN DE LOS CONTRATOS DE LOCACIÓN DE SERVICIOS - CLS - POR EXPEDIENTES ELECTRÓNICOS - INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA CIUDAD

Publicación:

11/01/2021

Sanción:

21/06/2018

Organismo:

INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: el EX-2018-15507937-MGEYA-IVC, y;

CONSIDERANDO:

Que por el expediente del visto tramita la aprobación del Manual de Procedimientos

para la facturación de los contratos de locación de Servicios (CLS) por Expedientes

Electrónicos;

Que la Dirección General de Administración y Finanzas mediante IF-2018-15508819-

IVC, informó: "En vista de realizar más eficazmente el desarrollo del proceso de pago

de las gestiones de Contrataciones de Locaciones de Servicios (CLS), se remite el

presente a fin de analizar y evaluar la propuesta de mejora que se detalla a

continuación: 1. Los procesos serán encarados por los referentes de cada sector y

podrán comenzar con el inicio del expediente de pago de un mes (carátula), a partir

del primer día hábil de ese mes. 2. El referente compilará en grupos de máximo de 10

agentes las facturas más toda la documentación impositiva correspondiente y PRD

SAP o el que en el futuro lo reemplace. Dicha documentación deberá ser incorporada

al expediente mediante un IF Gráfico de acuerdo a lo estipulado en SADE, y mediante

un Informe (IF) se remitirá a la Gerencia Operativa Económica Financiera para su

imputación presupuestaria. (Devengado), que durante el año 2018 se realizará a partir

del 15 de cada mes y a partir del año 2019 se realizará a partir del primer día hábil de

cada mes, con excepción al mes de enero que se realizará a partir de estar en línea el

presupuesto de ese ejercicio. 3. La GO Económica Financiera remite con el

devengado el expediente a la GO Contable a fin de realizar el control de la

documentación vinculada al expediente por el referente (Factura y documentación

impositiva y PRD). 4. Si se observara alguna documentación, se emitirá una CCOO al

interesado, con copia al referente, a su superior, y a la GO RRHH, indicando la causa

o el motivo de la observación. La misma debe ser adjunta al expediente que

continuará para el sector de liquidación. 5. La/las observación/observaciones

informadas deben subsanarse previo al control de documentación del mes siguiente

informándose por medio de una CCOO a la GO Contable (Depto. Cuentas a pagar). 6.

El Trámite que se encuentre con una observación sin notificar al interesado (Primera

vez), continuará el trámite en forma normal hasta su pago. 7. En el supuesto que no se

realice la subsanación correspondiente en el plazo indicado en el punto anterior, el

referente debe desvincular ese trámite del expediente general, e iniciar el trámite en

forma individual previo la subsanación correspondiente. 8. El Depto. Cuentas a Pagar

una vez verificada la subsanación dará curso al mismo. 9. Por otra parte cuando un

trámite se encuentre con pedido de subsanación, la GO Tesorería deberá remitir una

vez cumplido el mismo, al depto. Cuentas a pagar a fin de vincular la CCOO con la

información subsanada. 10. En el supuesto que el trámite llegue con el devengado

presupuestario al control de documentación y se detecte un caso sin subsanar, se

remitirá el expediente al referente del sector a fin de realizar las correcciones que

correspondan, y proceder a la continuación de trámite respectivo" Con estas

modificaciones del circuito de pago de CLS, se procede a discontinuar para este

proceso puntual, el legajo de pago papel, se acortarían plazos de tramitación y se

evitan reprocesos, produciendo así un circuito más ágil, y fluido. Se debe tener en

cuenta crear la figura de un coordinador de referentes, dependiente de la Dirección

General de Recursos Humanos, quien será el encargado de coordinar las acciones de

los mismos. Por otro lado se deberá realizar capacitaciones a los referentes a fin de

que se realice el proceso de la manera más eficiente posible";

Que se incorpora al expediente para su aprobación el nuevo Procedimiento para

facturación contratos LOyS por EE, mediante IF-2018-16483163-IVC;

Que la Gerencia Operativa de Modernización, propicia la implementación del nuevo

sistema;

Que la Gerencia General presta conformidad con lo actuado;

Que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal tomo intervención de su

competencia, no teniendo objeciones que formular;

Que, luego de un breve debate, el presente tema es sometido a votación y se aprueba

por los miembros presentes.

Por ello;

SE

RESUELVE

Articulo 1°.- Aprobar la Actualización del Manual de Procedimientos para la facturación

de los contratos de locación de Servicios (CLS) por Expedientes Electrónicos, que

como IF-2018-16483163-IVC forma parte de la presente.

Articulo 2°.-Facultar a la Sra. Gerente General a dictar toda norma reglamentaria,

ampliatoria, complementaria y/o aclaratoria de los procedimientos relacionados al

modulo aprobado en el artículo 1°.

Articulo 3°.-Comunicar a todas las áreas. Se da por aprobado el presente punto

firmando al pie los miembros del Directorio. Vázquez Gregotti - Fernandez -

Garcilazo - Maquieyra


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6033

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Art. 1 del Acta N° 5163-IVC/19 deja sin efecto el Acta N° 4755-IVC/19.</p>