ACTA 4755 2018 INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Síntesis:
SE APRUEBA - ACTUALIZACIÓN - MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA FACTURACIÓN DE LOS CONTRATOS DE LOCACIÓN DE SERVICIOS - CLS - POR EXPEDIENTES ELECTRÓNICOS - INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA CIUDAD
Publicación:
11/01/2021
Sanción:
21/06/2018
Organismo:
INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: el EX-2018-15507937-MGEYA-IVC, y;
CONSIDERANDO:
Que por el expediente del visto tramita la aprobación del Manual de Procedimientos
para la facturación de los contratos de locación de Servicios (CLS) por Expedientes
Electrónicos;
Que la Dirección General de Administración y Finanzas mediante IF-2018-15508819-
IVC, informó: "En vista de realizar más eficazmente el desarrollo del proceso de pago
de las gestiones de Contrataciones de Locaciones de Servicios (CLS), se remite el
presente a fin de analizar y evaluar la propuesta de mejora que se detalla a
continuación: 1. Los procesos serán encarados por los referentes de cada sector y
podrán comenzar con el inicio del expediente de pago de un mes (carátula), a partir
del primer día hábil de ese mes. 2. El referente compilará en grupos de máximo de 10
agentes las facturas más toda la documentación impositiva correspondiente y PRD
SAP o el que en el futuro lo reemplace. Dicha documentación deberá ser incorporada
al expediente mediante un IF Gráfico de acuerdo a lo estipulado en SADE, y mediante
un Informe (IF) se remitirá a la Gerencia Operativa Económica Financiera para su
imputación presupuestaria. (Devengado), que durante el año 2018 se realizará a partir
del 15 de cada mes y a partir del año 2019 se realizará a partir del primer día hábil de
cada mes, con excepción al mes de enero que se realizará a partir de estar en línea el
presupuesto de ese ejercicio. 3. La GO Económica Financiera remite con el
devengado el expediente a la GO Contable a fin de realizar el control de la
documentación vinculada al expediente por el referente (Factura y documentación
impositiva y PRD). 4. Si se observara alguna documentación, se emitirá una CCOO al
interesado, con copia al referente, a su superior, y a la GO RRHH, indicando la causa
o el motivo de la observación. La misma debe ser adjunta al expediente que
continuará para el sector de liquidación. 5. La/las observación/observaciones
informadas deben subsanarse previo al control de documentación del mes siguiente
informándose por medio de una CCOO a la GO Contable (Depto. Cuentas a pagar). 6.
El Trámite que se encuentre con una observación sin notificar al interesado (Primera
vez), continuará el trámite en forma normal hasta su pago. 7. En el supuesto que no se
realice la subsanación correspondiente en el plazo indicado en el punto anterior, el
referente debe desvincular ese trámite del expediente general, e iniciar el trámite en
forma individual previo la subsanación correspondiente. 8. El Depto. Cuentas a Pagar
una vez verificada la subsanación dará curso al mismo. 9. Por otra parte cuando un
trámite se encuentre con pedido de subsanación, la GO Tesorería deberá remitir una
vez cumplido el mismo, al depto. Cuentas a pagar a fin de vincular la CCOO con la
información subsanada. 10. En el supuesto que el trámite llegue con el devengado
presupuestario al control de documentación y se detecte un caso sin subsanar, se
remitirá el expediente al referente del sector a fin de realizar las correcciones que
correspondan, y proceder a la continuación de trámite respectivo" Con estas
modificaciones del circuito de pago de CLS, se procede a discontinuar para este
proceso puntual, el legajo de pago papel, se acortarían plazos de tramitación y se
evitan reprocesos, produciendo así un circuito más ágil, y fluido. Se debe tener en
cuenta crear la figura de un coordinador de referentes, dependiente de la Dirección
General de Recursos Humanos, quien será el encargado de coordinar las acciones de
los mismos. Por otro lado se deberá realizar capacitaciones a los referentes a fin de
que se realice el proceso de la manera más eficiente posible";
Que se incorpora al expediente para su aprobación el nuevo Procedimiento para
facturación contratos LOyS por EE, mediante IF-2018-16483163-IVC;
Que la Gerencia Operativa de Modernización, propicia la implementación del nuevo
sistema;
Que la Gerencia General presta conformidad con lo actuado;
Que la Dirección General Técnica Administrativa y Legal tomo intervención de su
competencia, no teniendo objeciones que formular;
Que, luego de un breve debate, el presente tema es sometido a votación y se aprueba
por los miembros presentes.
Por ello;
Articulo 1°.- Aprobar la Actualización del Manual de Procedimientos para la facturación
de los contratos de locación de Servicios (CLS) por Expedientes Electrónicos, que
como IF-2018-16483163-IVC forma parte de la presente.
Articulo 2°.-Facultar a la Sra. Gerente General a dictar toda norma reglamentaria,
ampliatoria, complementaria y/o aclaratoria de los procedimientos relacionados al
modulo aprobado en el artículo 1°.
Articulo 3°.-Comunicar a todas las áreas. Se da por aprobado el presente punto
firmando al pie los miembros del Directorio. Vázquez Gregotti - Fernandez -
Garcilazo - Maquieyra