RESOLUCIÓN 15 2021 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE APRUEBA - PLANTA TRANSITORIA - CUERPO DE AGENTES DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - SECRETARÍA DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - ENTRE EL 1° DE ENERO Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2021

Publicación:

13/01/2021

Sanción:

08/01/2021

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: Las Leyes Nros. 471, 5.688 y 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.347),

los Decretos Nros. 253/13 y modificatorios, 617/16 y modificatorios, 463/19 y

modificatorios, 225/20, el Expediente Electrónico N° 31463106-GCABA-DGPLYCO-

2020, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 471, prevé la prestación de servicios de carácter transitorio o eventual,

no incluidos en las funciones propias del régimen de carrera y que no pueden ser

cubiertos por personal de planta permanente;

Que el artículo 1° de la Ley N° 5.688, establece las bases jurídicas e institucionales

fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, en lo referente a su composición, misión, función, organización,

dirección, coordinación y funcionamiento, así como las bases jurídicas e institucionales

para la formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de

seguridad pública;

Que su artículo 8°, establece que el referido Sistema está constituido, entre otros

componentes, por el Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte;

Que conforme lo determina el artículo 498 de la citada Ley, el Cuerpo de Agentes de

Control de Tránsito y Transporte es la autoridad de control del tránsito y el transporte

en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el artículo 499 define al Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte

como un cuerpo civil, uniformado, no armado, debidamente identificado, que tiene

como misión hacer cumplir las disposiciones del Código de Tránsito y Transporte, el

ordenamiento y control del tránsito peatonal y vehicular incluido todo tipo de

transporte, la difusión entre la población de los principios de prevención, seguridad vial

y movilidad sustentable y la asistencia y participación en los programas de educación

vial que se establezcan;

Que en ese sentido, mediante el Decreto N° 253/13 y modificatorios, se creó la planta

transitoria del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires en el ámbito de la entonces Dirección General Cuerpo de

Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la entonces Subsecretaría de

Transporte de la Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que por su parte por la Ley N° 6.292 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos a la Jefatura de

Gabinete de Ministros y al Ministerio de Justicia y Seguridad;

Que mediante el Decreto N° 463/19 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

estableciendo a la Dirección General Cuerpo de Agentes de Tránsito como

dependiente de la Subsecretaría Gestión de la Movilidad de la Secretaría de

Transporte y Obras Públicas, de la precitada Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que por el Decreto N° 225/20 se modificó la mencionada Planta Transitoria, a los fines

de atender las necesidades de la Secretaría de Transporte y Obras Públicas, de

Jefatura de Gabinete de Ministros y de la Secretaría de Justicia y Seguridad, del

Ministerio de Justicia y Seguridad;

Que el Decreto N° 617/16 y modificatorios, en su artículo 4° encomendó en forma

conjunta a los titulares de los Ministerios de Justicia y Seguridad y de la Jefatura de

Gabinete de Ministros con el titular del Ministerio de Hacienda y Finanzas, según

corresponda, la aprobación, modificación y/o convalidación de la Planta Transitoria de

Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que resulta propicio aprobar la Planta Transitoria del referido Cuerpo de Agentes de

Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para

atender las necesidades de la Secretaría de Justicia y Seguridad, del Ministerio de

Justicia y Seguridad, para el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de

diciembre de 2021;

Que en este marco resulta conveniente facultar al señor Secretario de Justicia y

Seguridad, dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad, a designar, cesar y

reconocer los servicios del personal del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y

Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que preste servicios en el ámbito

de su competencia;

Que por Decreto N° 458/19, se encomendó con carácter ad honorem, al Vicejefe de

Gobierno, señor Diego César Santilli, las atribuciones necesarias para conducir y

coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos

asignados al mismo;

Que la medida propiciada se enmarca dentro de las políticas de recursos humanos;

Que atento lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello y en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 6.292, el Decreto N°

617/16 y modificatorios y el Decreto N° 458/19,

EL VICEJEFE DE GOBIERNO Y EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Apruébase la Planta Transitoria del Cuerpo de Agentes de Control de

Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para atender las

necesidades de la Secretaría de Justicia y Seguridad, del Ministerio de Justicia y

Seguridad, por el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de

2021, de conformidad con lo establecido en el Anexo I (IF-2021-02213051-GCABA-

DGCOPE), que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- El personal comprendido conforme lo dispuesto en el artículo 1° de la

presente Resolución, lo será en carácter transitorio, carecerá de estabilidad, cesará

automáticamente a la fecha de finalización de la Planta Transitoria y podrá disponerse

su cese anticipado sin expresión de causa.

Artículo 3°.- La retribución bruta mensual del personal que se designe conforme lo

establecido en el artículo 1° de la presente Resolución, serán las sumas de las

asignaciones en conceptos remunerativos y no remunerativos detallados en el Anexo

I, correspondiéndole todo aumento que se acuerde durante el ejercicio 2021 a los

agentes de la Planta Permanente del Escalafón General del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 4°.- Facúltase al señor Secretario de Justicia y Seguridad, dependiente del

Ministerio de Justicia y Seguridad, a designar, cesar y reconocer los servicios del

personal comprendido en el Anexo I de la presente.

Artículo 5°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General

Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a los fines

de la implementación de lo previsto en la presente Resolución.

Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección

General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio

de Hacienda y Finanzas, a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del

Ministerio de Justicia y Seguridad, y para su conocimiento y demás efectos remítase a

la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y

Finanzas. Cumplido, archívese. Santilli p/p - Mura


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6035