RESOLUCIÓN 15 2021 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
SE APRUEBA - PLANTA TRANSITORIA - CUERPO DE AGENTES DE CONTROL DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - SECRETARÍA DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - ENTRE EL 1° DE ENERO Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2021
Publicación:
13/01/2021
Sanción:
08/01/2021
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: Las Leyes Nros. 471, 5.688 y 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.347),
los Decretos Nros. 253/13 y modificatorios, 617/16 y modificatorios, 463/19 y
modificatorios, 225/20, el Expediente Electrónico N° 31463106-GCABA-DGPLYCO-
2020, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 471, prevé la prestación de servicios de carácter transitorio o eventual,
no incluidos en las funciones propias del régimen de carrera y que no pueden ser
cubiertos por personal de planta permanente;
Que el artículo 1° de la Ley N° 5.688, establece las bases jurídicas e institucionales
fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, en lo referente a su composición, misión, función, organización,
dirección, coordinación y funcionamiento, así como las bases jurídicas e institucionales
para la formulación, implementación y control de las políticas y estrategias de
seguridad pública;
Que su artículo 8°, establece que el referido Sistema está constituido, entre otros
componentes, por el Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte;
Que conforme lo determina el artículo 498 de la citada Ley, el Cuerpo de Agentes de
Control de Tránsito y Transporte es la autoridad de control del tránsito y el transporte
en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 499 define al Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte
como un cuerpo civil, uniformado, no armado, debidamente identificado, que tiene
como misión hacer cumplir las disposiciones del Código de Tránsito y Transporte, el
ordenamiento y control del tránsito peatonal y vehicular incluido todo tipo de
transporte, la difusión entre la población de los principios de prevención, seguridad vial
y movilidad sustentable y la asistencia y participación en los programas de educación
vial que se establezcan;
Que en ese sentido, mediante el Decreto N° 253/13 y modificatorios, se creó la planta
transitoria del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en el ámbito de la entonces Dirección General Cuerpo de
Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la entonces Subsecretaría de
Transporte de la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que por su parte por la Ley N° 6.292 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos a la Jefatura de
Gabinete de Ministros y al Ministerio de Justicia y Seguridad;
Que mediante el Decreto N° 463/19 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
estableciendo a la Dirección General Cuerpo de Agentes de Tránsito como
dependiente de la Subsecretaría Gestión de la Movilidad de la Secretaría de
Transporte y Obras Públicas, de la precitada Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que por el Decreto N° 225/20 se modificó la mencionada Planta Transitoria, a los fines
de atender las necesidades de la Secretaría de Transporte y Obras Públicas, de
Jefatura de Gabinete de Ministros y de la Secretaría de Justicia y Seguridad, del
Ministerio de Justicia y Seguridad;
Que el Decreto N° 617/16 y modificatorios, en su artículo 4° encomendó en forma
conjunta a los titulares de los Ministerios de Justicia y Seguridad y de la Jefatura de
Gabinete de Ministros con el titular del Ministerio de Hacienda y Finanzas, según
corresponda, la aprobación, modificación y/o convalidación de la Planta Transitoria de
Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que resulta propicio aprobar la Planta Transitoria del referido Cuerpo de Agentes de
Control de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para
atender las necesidades de la Secretaría de Justicia y Seguridad, del Ministerio de
Justicia y Seguridad, para el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de
diciembre de 2021;
Que en este marco resulta conveniente facultar al señor Secretario de Justicia y
Seguridad, dependiente del Ministerio de Justicia y Seguridad, a designar, cesar y
reconocer los servicios del personal del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y
Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que preste servicios en el ámbito
de su competencia;
Que por Decreto N° 458/19, se encomendó con carácter ad honorem, al Vicejefe de
Gobierno, señor Diego César Santilli, las atribuciones necesarias para conducir y
coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos
asignados al mismo;
Que la medida propiciada se enmarca dentro de las políticas de recursos humanos;
Que atento lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello y en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 6.292, el Decreto N°
617/16 y modificatorios y el Decreto N° 458/19,
Artículo 1°.- Apruébase la Planta Transitoria del Cuerpo de Agentes de Control de
Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para atender las
necesidades de la Secretaría de Justicia y Seguridad, del Ministerio de Justicia y
Seguridad, por el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de
2021, de conformidad con lo establecido en el Anexo I (IF-2021-02213051-GCABA-
DGCOPE), que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- El personal comprendido conforme lo dispuesto en el artículo 1° de la
presente Resolución, lo será en carácter transitorio, carecerá de estabilidad, cesará
automáticamente a la fecha de finalización de la Planta Transitoria y podrá disponerse
su cese anticipado sin expresión de causa.
Artículo 3°.- La retribución bruta mensual del personal que se designe conforme lo
establecido en el artículo 1° de la presente Resolución, serán las sumas de las
asignaciones en conceptos remunerativos y no remunerativos detallados en el Anexo
I, correspondiéndole todo aumento que se acuerde durante el ejercicio 2021 a los
agentes de la Planta Permanente del Escalafón General del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 4°.- Facúltase al señor Secretario de Justicia y Seguridad, dependiente del
Ministerio de Justicia y Seguridad, a designar, cesar y reconocer los servicios del
personal comprendido en el Anexo I de la presente.
Artículo 5°.- El Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General
Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas pertinentes a los fines
de la implementación de lo previsto en la presente Resolución.
Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección
General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, ambas dependientes del Ministerio
de Hacienda y Finanzas, a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del
Ministerio de Justicia y Seguridad, y para su conocimiento y demás efectos remítase a
la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y
Finanzas. Cumplido, archívese. Santilli p/p - Mura