DISPOSICIÓN 6 2021 DIRECCION GENERAL EMPRENDEDORES
Síntesis:
SE APRUEBA - PROGRAMA DE CAPACITACIÓN VIRTUAL - LIBRE Y GRATUITA - ACADEMIA BA EMPRENDE - EDICIÓN 2021 - CONVOCA INTERESADOS - APRUEBA - BASES Y CONDICIONES - FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN
Publicación:
25/02/2021
Sanción:
22/02/2021
Organismo:
DIRECCION GENERAL EMPRENDEDORES
VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347); los Decretos de
Necesidad y Urgencia N° 297/PEN/20 y sus modificatorios, N° 875/PEN/20, N°
1/GCABA/20 y sus modificatorios, los Decretos N° 463/GCABA/19 y sus
modificatorios, la Disposición N° 51/DGEMPRE/20, y el Expediente Electrónico N° EX-
2021-06459673- -GCABA-DGEMPRE y,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplándose en su artículo 2° al Ministerio de
Desarrollo Económico y Producción;
Que por Decreto N° 463-GCABA/19 y sus modificatorios se aprobó la estructura
orgánico funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplándose bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, a
la Subsecretaría de Desarrollo Económico;
Que el mencionado Decreto estableció entre las responsabilidades primarias de la
Dirección General Emprendedores dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo
Económico, las de: "diseñar e implementar políticas y programas de apoyo,
fortalecimiento y difusión del ecosistema emprendedor en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires"; "facilitar y promover la interacción entre los sectores públicos,
empresarios, académicos y organizaciones de la sociedad civil, para potenciar el
apoyo a la actividad emprendedora", entre otras;
Que en consecución con las competencias de esta Dirección General, resulta de suma
importancia promover, difundir la práctica y la cultura emprendedora a fin de impulsar
el rol del emprendedor como agente de cambio social y transmitir valores
emprendedores;
Que de modo preliminar resulta relevante el destacar que por Disposición N°
51/DGEMPRE/20, se aprobó la edición 2020 de la actividad libre y gratuita
denominada "Academia BA Emprende", que consistió en una serie de cursos virtuales
con modalidad en vivo a fin de promover y difundir la práctica y la cultura
emprendedora y acortar distancias en momentos de aislamiento;
Que, siguiendo con este orden de ideas es que la Gerencia Operativa Desarrollo
Emprendedor de esta Dirección General, a través del informe N° IF-2021-06710191-
GCABA-DGEMPRE propicia llevar a cabo la edición 2021 del referido Programa, la
cual contará con capacitaciones destinadas a emprendedores y emprendedoras que
quieran iniciar un proyecto emprendedor, o a aquellos vecinos y vecinas que se
encuentren llevando adelante uno y necesiten fortalecerlo y potenciarlo;
Que, por otro lado, la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado que el
Coronavirus (COVID-19) se está propagando de persona a persona, aceleradamente a
nivel mundial declarando al coronavirus como una pandemia;
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 875/PEN/20 se prorrogó hasta el 29
de noviembre del 2020 inclusive, el "Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio"
establecido por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/PEN/20, y sus
modificatorios;
Que del mismo modo, por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 67/PEN/21 se prorrogó
la medida denominada "Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio" dictada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 875/PEN/20, hasta el día 28 de febrero del 2021,
en el aglomerado urbano denominado Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA)
comprendiendo a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 2/GCABA/21 se prorrogó la
emergencia sanitaria declarada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N°
1/GCABA/20 y sus modificatorios, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, hasta el 31 de marzo de 2021 a los fines de atender y adoptar las medidas
necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la
población del virus COVID-19 (Coronavirus);
Que, en este contexto, resulta esencial ofrecer a las emprendedoras actividades de
capacitación gratuitas, así como charlas vinculadas con la temática emprendedora;
Que, en este marco, se propone brindar a través de la modalidad virtual, un espacio de
formación e intercambio de herramientas alternativo, con el objeto brindar a los
emprendedores ideas, experiencias y perspectivas de referentes del ecosistema
emprendedor;
Que corresponde destacar que los capacitadores tienen expertise en las temáticas
emprendedoras a desarrollar con experiencia en actividades de formación
emprendedora;
Que por ello se propicia aprobar las Bases y Condiciones de "Academia BA
Emprende" en su edición 2021, la cual será de acceso libre y gratuito, y contará con
hasta doscientos (200) cupos por cada curso brindado, y los cuales serán otorgados
por orden de inscripción;
Que los interesados en participar del de Programa deberán completar el formulario de
inscripción Anexo II- a través de la plataforma de la Dirección General
Emprendedores https://www.buenosaires.gob.ar/desarrolloeconomico/emprendedores,
el cual estará disponible desde la publicación de la presente norma en el Boletín
Oficial y hasta las 15 horas del día 22 de marzo del corriente;
Que, por los motivos expuestos precedentemente, deviene necesario aprobar el --
Programa "Academia BA Emprende" en su edición 2021, con el objeto de brindar a las
emprendedoras herramientas virtuales de acceso gratuito a fin de promover y difundir
la práctica y la cultura emprendedora y acortar distancias en momentos de
aislamiento;
Que por último se destaca que la presente convocatoria no implica erogación
presupuestaria para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que por todo lo expuesto, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°. - Apruébase el Progama de capacitación virtual libre y gratuita denominada
"Academia BA Emprende", edición 2021, que se llevará a cabo a través de la
plataforma Microsoft Teams, de conformidad con lo establecido en las Bases y
Condiciones que como Anexo I (IF-2021-06715099-GCABA-DGEMPRE-
DGEMPRE/21), forma parte integral de la presente.
Artículo 2°.- Convóquese a aquellos interesados a participar de cursos de la actividad
"Academia BA Emprende" Edición 2021", de conformidad con las Bases y Condiciones
referidas en el artículo 1°, quedando habilitada la inscripción en el link:
(https://www.buenosaires.gob.ar/desarrolloeconomico/emprendedores,) desde el día
siguiente a la publicación de la presente en el Boletín Oficial hasta las 15 horas del 22
de marzo del corriente.
Artículo 3°.- Apruébese el Anexo I "Bases y Condiciones" (IF-2021-06715099-GCABA-
DGEMPRE), y el Anexo II "Formulario de Inscripción" (IF-2021-06715209-GCABA-
DGEMPRE), que a todos sus efectos forman parte de la presente.
Artículo 4°. - Difúndase la actividad a través de las redes sociales de la Dirección
General Emprendedores (Facebook, LinkedIn, Instagram: BA Emprende).
Artículo 5°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio
de internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la
Subsecretaría de Desarrollo Económico y a la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción. Cumplido,
archívese. Saravia