DECRETO 78 2021

Síntesis:

SE DELEGA - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - FACULTAD DE APROBAR - PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y SUS ANEXOS - CONTRATACIÓN SERVICIO DE ANÁLISIS DE VIDEO PARA EL CONTROL VEHICULAR - DESTINO DIRECCIÓN GENERAL ACTIVOS DIGITALES, TECNOLOGÍA E INFORMÁTICA - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD - PLAZO DE 24 MESES - EFECTUAR LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA DE ETAPA ÚNICA - EMITIR CIRCULARES CON Y SIN CONSULTAS SOBRE LA DOCUMENTACIÓN LICITATORIA - DICTAR TODOS LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS QUE FUERAN NECESARIOS PARA LA TRAMITACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LA PERTINENTE LICITACIÓN PÚBLICA -EJECUCIÓN Y CONTROL DE LA CONTRATACIÓN DESDE SU MATERIALIZACIÓN Y HASTA SU FINALIZACIÓN - EMISIÓN DE LA/S PERTINENTE/S ORDEN/ES DE COMPRA - AMPLIACIÓN Y/O DISMINUCIÓN DEL TOTAL ADJUDICADO - PLAZO PRÓRROGA - CONTINUIDAD DEL PLAZO DE DURACIÓN -  APLICACIÓN DE PENALIDADES - RESCISIÓN DEL CONTRATO SUSCRIPTO 

Publicación:

04/03/2021

Sanción:

03/03/2021

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 2.095

(texto consolidado según Ley N° 6.347), los Decretos Nros. 458/19 y 74/21, la

Disposición N° 167/DGCYC/21, el Expediente Electrónico N° 07334327-GCABA-

DGAYCON/21, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la solicitud de contratación del servicio

de análisis de video para el control vehicular;

Que la Ley N° 2.095 establece las normas básicas para los procesos de compras,

ventas y contrataciones de bienes y servicios llevados a cabo por el Sector Público de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el Decreto N° 74/21 aprobó la reglamentación de la Ley N° 2.095 y fijó los niveles

de decisión y cuadro de competencias conforme se detalla en sus Anexos II, III, IV, V,

VI y VII;

Que por Disposición N° 167/DGCYC/21 la Dirección General de Compras y

Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector del sistema de compras y

contrataciones y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 18, inciso j), de

la Ley N° 2.095, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;

Que a fin de concretar la contratación precitada, resulta oportuna la celebración de una

Licitación Pública encuadrada en lo dispuesto por el artículo 31 y concordantes de la

Ley N° 2.095;

Que, a fin de lograr una mayor celeridad y eficiencia, y atento el carácter altamente

especializado de la contratación, resulta conveniente autorizar al Ministerio de Justicia

y Seguridad a aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de

Especificaciones Técnicas y a realizar el llamado a Licitación Pública, delegándosele

la facultad de emitir las circulares aclaratorias con y sin consulta que resulten

necesarias sobre la documentación licitatoria, dictar los actos administrativos

necesarios para adjudicar la licitación pública, suscribir la/s pertinente/s orden/es de

compra y dictar todos los actos administrativos que fueren necesarios para la

materialización, control y ejecución del servicio desde su inicio hasta su finalización,

así como las ampliaciones o disminuciones del objeto del contrato de acuerdo a los

límites de la normativa vigente y sus posibles prórrogas y continuidades, y en caso de

corresponder, rescisiones, todo ello en elmarco de la normativa aplicable;

Que el Presupuesto Oficial para la realización de la Licitación asciende a la suma total

de pesos mil ciento treinta y un millones novecientos treinta y seis mil ($

1.131.936.000,00.-);

Que por Decreto N° 458/19 se encomendó con carácter ad honorem, al Vicejefe de

Gobierno, señor Diego Cesar Santilli, las atribuciones necesarias para conducir y

coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos

asignados al mismo;

Que la Dirección General Adquisiciones y Contrataciones, la Subsecretaría de Gestión

Administrativa y la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de

Justicia y Seguridad han intervenido en el marco de sus competencias.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Delégase en el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad la facultad

de aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones

Técnicas y sus Anexos para la contratación del "Servicio de análisis de video para el

control vehicular", con destino a Dirección General Activos Digitales, Tecnología e

Informática del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, por un plazo de veinticuatro (24) meses, efectuar el llamado a

Licitación Pública de Etapa Única, emitir circulares con y sin consultas sobre la

documentación licitatoria, como así también de dictar todos los actos administrativos

que fueran necesarios para la tramitación y adjudicación de la pertinente Licitación

Pública y de aquellos que sean necesarios para la ejecución y control de la

contratación desde su materialización y hasta su finalización, la emisión de la/s

pertinente/s orden/es de compra en caso de corresponder, la ampliación y/o

disminución del total adjudicado, del plazo, de la prórroga y de continuidad del plazo

de duración, la aplicación de penalidades, la rescisión del contrato suscripto y en

general cualquier otra circunstancia que haga al cumplimiento del mismo, todo ello en

el marco de la normativa aplicable.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el Señor Vicejefe de Gobierno

(Decreto N° 458/19) y por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el sitio

de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el portal

www.buenosairescompras.gob.ar, comuníquese a la Dirección General Activos

Digitales, Tecnología e Informática y remítase a la Dirección General Técnica

Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad para la prosecución del

trámite. RODRÍGUEZ LARRETA - Santilli p/p - Miguel