RESOLUCIÓN 372 2021 MINISTERIO DE CULTURA

Síntesis:

SE CONVOCA - SUJETOS COMPRENDIDOS EN EL MARCO DEL RÉGIMEN DE CONCERTACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DE LA ACTIVIDAD MUSICAL NO DEPENDIENTE DEL ÁMBITO OFICIAL - PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE SUBSIDIO - DESDE LAS 10 HORAS DEL DÍA 05 DE MARZO DE 2021 HASTA LAS 17 HORAS DEL DÍA 

Publicación:

05/03/2021

Sanción:

04/03/2021

Organismo:

MINISTERIO DE CULTURA


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    VISTO: las Leyes Nros. 3.022 y 1.218 (textos consolidados por Ley N° 6.347), el

    Decreto N° 868/10 y su modificatorio N° 257/15, la Resolución Nro. 367-MCGC/2021, y

    el Expediente Electrónico N° 2021-07639127-GCABA-DGDCC, y

    CONSIDERANDO:

    Que la Ley N° 3.022 (texto consolidado por Ley N° 6.347) crea el Régimen de

    Concertación para la Promoción de la Actividad Musical No Dependiente del Ámbito

    Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el objeto de proteger, propiciar y

    fomentar la actividad musical en vivo en todos sus géneros;

    Que el artículo 3° de la referida Ley crea el Registro de la Actividad Musical No

    Dependiente del Ámbito Oficial en el ámbito de este Ministerio;

    Que el Decreto N° 868/10 y su modificatorio N° 257/15 reglamentan la referida Ley y

    facultan al Ministerio de Cultura a dictar las normas complementarias, instrumentales e

    interpretativas que fueren necesarias para la mejor y más adecuada aplicación de la

    reglamentación que aprueba dicha norma;

    Que mediante Resolución N° 367-MCGC/2021 se aprobó, en el marco del referido

    Régimen, la reglamentación atinente a la presentación de solicitudes de inscripción al

    Registro BAMÚSICA y de subsidios conforme los lineamientos establecidos en sus

    Anexos I "Reglamento General BAMÚSICA" (identificado bajo N° IF-2021-07655647-

    GCABA-DGDCC); "Formulario de solicitud de inscripción al Registro y declaración

    jurada", Anexo II (identificado bajo N° IF-2021-07634332-GCABA-DGDCC);

    "Formulario de datos para solicitud de subsidio" Anexo III (identificado bajo N° IF-2021-

    07634658-GCABA-DGDCC); "Formulario de línea para solicitud de subsidio" Anexo IV

    (identificado bajo N° IF-2021-07635438-GCABA-DGDCC), Anexo V "Formulario

    declaración jurada de liquidación" (identificado bajo N° IF-2021-07648950-GCABA-

    DGDCC), Anexo VI "Formulario de rendición de cuentas" (identificado bajo N° IF-2021-

    07635829-GCABA-DGDCC) y Anexo VII "Nota de compensación por los servicios

    prestados" (identificado bajo N° IF-2021-07649220-GCABA-DGDCC);

    Que en este contexto, este Ministerio propicia la apertura del llamado a convocatoria

    para la presentación de solicitudes de subsidio con el objeto de promover la Actividad

    Musical No Dependiente del Ámbito Oficial del ámbito oficial de la Ciudad Autónoma

    de Buenos Aires, conforme los lineamientos establecidos en el referido Reglamento

    General;

    Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

    EL MINISTRO DE CULTURA

    RESUELVE:

    Artículo 1°.- Convócase a los sujetos comprendidos en el marco del Régimen de

    Concertación para la Promoción de la Actividad Musical No Dependiente del Ámbito

    Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la presentación de solicitudes de

    subsidio, desde las 10 horas del día 05 de marzo de 2021 hasta las 17 horas del día

    25 de marzo de 2021.

    Artículo 2°.- La presente convocatoria se regirá según lo establecido en la Resolución

    N° 367-MCGC/21.

    Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

    y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa

    Operaciones y Regímenes de Promoción Cultural de este Ministerio. Cumplido,

    Archívese. Avogadro

    Tipo de relación

    Norma relacionada

    Detalle

    INTEGRA
    <p>Artículo 1° de la Resolución N° 372-MCGC/21 convoca a los sujetos comprendidos en el marco del Régimen de Concertación para la Promoción de la Actividad Musical No Dependiente del Ámbito Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la presentación de solicitudes de subsidio, desde las 10 horas del día 05 de marzo de 2021 hasta las 17 horas del día 25 de marzo de 2021, en el marco de lo establecido en la Resolución N° 367-MCGC/21.</p>
    MODIFICADA POR
    <p>Art.1 Resolución 759-MCGC-21, prorroga el plazo estipulado por Resolución 372-MCGC-2021.</p>