RESOLUCIÓN 75 2021 SECRETARIA DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Síntesis:

SE AUTORIZA LA CONTRATACIóN DE PERSONAL

Publicación:

08/03/2021

Sanción:

23/02/2021

Organismo:

SECRETARIA DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS


Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires"

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VISTO: El Decreto N° 224/13 y modificatoria Resolución N° 4734-GCABA/MHFGC/20,

las Resoluciones Conjuntas Nros. 11-SECLYT/13, y sus modificatorias 10/SECLYT/14

y 2/SECLYT/15, el Expediente Electrónico N° 1714963-GCABA-SSPMO/21, y

CONSIDERANDO:

Que por la presente actuación tramita la contratación de Galvan, Mariana Soledad,

DNI N° 24.618.329, CUIT N° 27.24618329-0 bajo la figura de locación de servicios en

el modo, forma y período que se detalla en el Anexo I que forma parte integrante de la

presente;

Que mediante el Decreto N° 224/13 se estableció que la contratación, modificación,

ejecución y extinción de los contratos celebrados bajo el régimen de Locación de

Obras y Servicios, deberán tramitar utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos SADE, mientras que por Resolución

Conjunta N° 11/SECLYT/13 y sus modificatorias, se aprobó el procedimiento

administrativo electrónico correspondiente;

Que el artículo 2° del citado Decreto faculta al/la titular de la Vicejefatura de Gobierno,

a los/as Ministros/as, Secretarios/as y Subsecretarios/as del Poder Ejecutivo y a los

funcionarios con rango o nivel equivalente, a contratar hasta un monto máximo de

pesos veinte mil ($ 20.000.-), mensuales por contrato, dentro de su disponibilidad

presupuestaria, entre tanto, el artículo 3° faculta al Sr. Ministro de Hacienda y

Finanzas a modificar el monto máximo;

Que mediante la Resolución N° 4734-GCABA/MHFGC/20, se elevó el monto máximo

establecido en el artículo 2° del mencionado Decreto a la suma de pesos ciento

ochenta mil ($ 180.000.-);

Que por el artículo 5° del Decreto N° 224/13 se facultó a los funcionarios mencionados

en el artículo 2° a delegar en las Subsecretarías de su jurisdicción la suscripción de los

instrumentos contractuales correspondientes;

Que las personas que figuran en el anexo I de la presente no se encuentran inscriptas

en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos creado por la Ley N° 269 (texto

consolidado por Ley N° 6.017) ni perciben ningún subsidio por razones de falta de

empleo y han declarado bajo juramento, que no se encuentran revistando en la Planta

Permanente o Transitoria del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni se

hallan vinculadas con éste, por contrato alguno o en calidad de pasantes o asistentes

técnicos por convenio con alguna Universidad;

Que se han cumplimentado los requisitos exigidos por la normativa vigente y se ha

efectuado la afectación presupuestaria preventiva y definitiva del gasto que origina la

contratación que se propicia, por la suma total de Pesos UN MILLON DOSCIENTOS

SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA ($1.206.360.-), en la partida correspondiente al

ejercicio presupuestario vigente;

Que por lo expuesto deviene procedente el dictado del acto administrativo que autorice

las contrataciones en cuestión.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2° del Decreto N° 224/13,

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires"

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EL SECRETARIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorízase la contratación de la persona, que se detalla en el Anexo I (IF

2021-06747748-GCABA-SECTOP), de la presente, para realizar tareas bajo la

modalidad de locación de servicios, en el modo, monto y periodo indicado en el citado

Anexo, en áreas de esta Secretaría de Transporte y Obras Públicas, de la Jefatura de

Gabinete de Ministros.

Artículo 2°.- Artículo 2°.- Delégase a la titular de la Subsecretaría de Planificación de la

Movilidad, de la Secretaría de Transporte y Obras Públicas la suscripción de los

instrumentos contractuales correspondientes.

Artículo 3°.- Autorízase a la Dirección General Contaduría a incluir los importes

mensuales en una Orden General de Pago, correspondiente a lo mencionado en el

artículo 1° de la presente.

Artículo 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la

respectiva partida presupuestaria del año 2021.

Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Subsecretaría de Coordinación Legal, Técnica y Administrativa, de

la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. Méndez