RESOLUCIÓN 1031 2021 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

SE MODIFICA - RESOLUCIÓN 2835-MEFGC-19 -  PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN - INGRESO POR CONCURSO PÚBLICO Y ABIERTO A  PLANTA PERMANENTE - RÉGIMEN ESCALAFONARIO Y DE CARRERA ADMINISTRATIVA - PERSONAL - GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - LEY MICAELA DE CAPACITACIÓN OBLIGATORIA EN GÉNERO PARA TODAS LAS PERSONAS QUE INTEGRAN LOS TRES PODERES DEL ESTADO

Publicación:

26/03/2021

Sanción:

19/03/2021

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: La Ley Nacional N° 27.499, las Leyes Nros. 6.208 y 6.292 (textos

consolidados por Ley N° 6.347), la Resolución N° 2835-GCABA-MEFGC/19 y el

Expediente Electrónico N° 8916388-GCABA-DGCLAP/21 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 2835-GCABA-MEFGC/19, se aprobó el procedimiento

de selección para el ingreso por concurso público y abierto a la Planta Permanente del

Régimen Escalafonario y de Carrera Administrativa del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que con posterioridad, la Ley Nacional N° 27.499 estableció la capacitación obligatoria

en la temática de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que se

desempeñan en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes

Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación;

Que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhirió a los términos de la referida ley,

mediante la sanción de la Ley N° 6.208;

Que en este marco, se estima preciso que aquellas personas que sean designadas

por concurso público y abierto en la Planta Permanente del Régimen Escalafonario y

de Carrera Administrativa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

acrediten haberse capacitado en temática de género y violencia contra las mujeres;

Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente que adecúe

la Resolución N° 2835-GCABA-MEFGC/19 en el sentido referido;

Por ello, y en orden a las facultades conferidas por la Ley N° 6.292,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Incorpórase como Artículo 52 bis al Anexo I de la Resolución N° 2835-

GCABA-MEFGC/19, el siguiente texto:

Artículo 52 bis.- Las designaciones mencionadas en el artículo precedente podrán ser

dejadas sin efecto si el/la designado/a no acreditara fehacientemente, dentro del plazo

de sesenta (60) días corridos desde la notificación del respectivo acto administrativo

de designación y ante la dependencia que a tales efectos se establezca en el acto de

convocatoria, haber completado la capacitación que, en consonancia con lo

establecido por Ley N° 6.208, de adhesión a la Ley Nacional 27.499 "Ley Micaela de

capacitación obligatoria en género para todas las personas que integran los tres

poderes del Estado", se encuentre vigente en el Instituto Superior de la Carrera o el

que en el futuro lo reemplace.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su

conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Concursos, Legales y

Asuntos Previsionales dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos

Humanos, del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1° de la  Resolución 1031-MHFGC/21 incorpora Artículo 52 bis al Anexo I de la Resolución  2835-MEFGC/19.</p>