DECRETO 113 2021

Síntesis:

SE RECTIFICA - DECRETO 69-21 - REMISIONES HECHAS AL CÓDIGO FISCAL EN LA LEY TARIFARIA PARA EL AÑO 2021 

Publicación:

09/04/2021

Sanción:

07/04/2021

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires -

Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 (texto consolidado según Ley N° 6.347),

el Decreto N° 69/21 y el Expediente Electrónico N° 10249167-GCABA-DGANFA/21, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 69/21 se aprobó el texto ordenado del Código Fiscal 2021, su

índice y su cuadro de correlación de artículos;

Que en el referido Decreto se ha incurrido en un error material, al mencionarse en su

artículo 2° la Ley Tarifaria para el año 2020, siendo correcto indicar año 2021, tal como

resulta del Anexo IV al que el propio artículo 2° remite;

Que el artículo 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de

Buenos Aires dispone que: "En cualquier momento podrán rectificarse los errores

meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere

lo sustancial del acto o decisión";

Que, por lo expuesto, resulta necesario dictar la norma legal pertinente en los términos

del artículo 124 de la mencionada ley.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA

Artículo 1°.- Rectifícase el artículo 2° del Decreto N° 69/21, el que quedará redactado

de la siguiente forma: "Artículo 2°.- Las remisiones hechas al Código Fiscal en la Ley

Tarifaria para el año 2021, deberán ser convertidas en la forma que se indica en el

Anexo IV (IF-2021-06045984-GCABA-DGANFA), el que a todos los efectos forma

parte integrante del presente Decreto."

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y

Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su

conocimiento y demás efectos, pase a la Administración Gubernamental de Ingresos

Públicos. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 del Decreto 113/21 rectifica el art. 2 del Decreto 69/21.</p>