RESOLUCIÓN 4 2021 SUBSECRETARIA AGENCIA DE APRENDIZAJE A LO LARGO DE LA VIDA

Síntesis:

SE TRASLADA -  TECNICATURA EN AUTOMATIZACIÓN Y ROBÓTICA - INSTITUTO DE FORMACIÓN TÉCNICA SUPERIOR 15 - SITO - CALLE LOYOLA 1500 - SUBSECRETARIA AGENCIA DE APRENDIZAJE A LO LARGO DE LA VIDA - SUBSECRETARIA DE CARRERA DOCENTE

Publicación:

14/04/2021

Sanción:

12/03/2021

Organismo:

SUBSECRETARIA AGENCIA DE APRENDIZAJE A LO LARGO DE LA VIDA


VISTO: la Ley Nacional N° 24.049, las Leyes N° 6.292 y N° 2.185 (textos consolidados

por Ley N° 6.347), la Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.347), los

Decretos Nros. 463/19 y 128/20, las Resoluciones Nros. 443-SED/94, 1.506-SED/98 y

803-SED/02, el Expediente Electrónico N° 30.616.229- GCABA-DGGALV/20, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 443-SED/94 de la Secretaria de Educación se estableció que

los Centros Nacionales Terciarios (C.E.N.T.), transferidos a la Ciudad de Buenos Aires

por la Ley Nacional N° 24.049, dependerían pedagógica y funcionalmente de la

Dirección de Área del Adulto y del Adolescente, dependiente de la Dirección General

de Educación, hasta tanto se aprobara su estructura definitiva;

Que por Resolución N° 1.506-SED/98 del Secretario de Educación del Gobierno de la

Ciudad de Buenos Aires se estableció la numeración correlativa de los C.E.N.T.;

Que por Resolución N° 803-SED/02 del Secretario de Educación del Gobierno de la

Ciudad de Buenos Aires se transfirieron los C.E.N.T. a la Dirección General de

Educación Superior;

Que por Ley N° 2.185 se modificó la Ordenanza N° 40.593, incorporándose al

mencionado plexo normativo a los Institutos de Formación Técnica Superior

(anteriormente denominados C.E.N.T.);

Que la Ley N° 6.292 establece que el Ministerio de Educación tiene entre sus objetivos

el de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos

que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo

individual y social;

Que los Decretos Nros. 463/19 y 128/20 aprobaron, a partir del 10 de diciembre de

2019, la estructura orgánico funcional del Ministerio de Educación contemplando en la

misma a la Dirección de Educación Técnica Superior, dependiente de la Dirección

General Gestión del Aprendizaje a lo Largo de la Vida de la Subsecretaria Agencia de

Aprendizaje a lo Largo de la Vida;

Que en este marco, la Dirección de Educación Técnica Superior tiene como

responsabilidad primaria la de gestionar la oferta de educación técnica superior

atendiendo a las características de cada institución y en función a la estrategia de

aprendizaje a lo largo de la vida;

Que resulta un objetivo primordial de la política educativa del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires avanzar hacia la plena inclusión educativa;

Que los Institutos de Formación Técnica Superior (IFTS) brindan formación en

distintas modalidades y especialidades;

Que la Dirección de Educación Técnica Superior ha observado un fuerte incremento

en la demanda de la formación de nivel técnico superior debiendo los Institutos de

Formación Técnica Superior adaptarse y acompañar las necesidades educativas;

Que actualmente, los Institutos de Formación Técnica Superior se encuentran bajo la

órbita de la Dirección de Educación Técnica Superior, dependiente de la Dirección

General Gestión del Aprendizaje a lo Largo de la Vida, de la Subsecretaría Agencia de

Aprendizaje a lo Largo de la Vida;

Que particularmente, el Instituto de Formación Técnica Superior N° 20 ofrece la

Tecnicatura Superior en Automatización y Robótica; Que la Educación Técnica

Superior debe considerar las capacidades profesionales de los futuros técnicos

atendiendo al perfil profesional en el marco de un entorno formativo apropiado por su

infraestructura, su equipamiento e instalaciones que permitan desarrollar las

capacidades necesarias que hacen a su trayectoria formativa;

Que los procesos de automatización empleados en diferentes actividades productivas

o de servicio producen cambios en la demanda de mayor especialización de la mano

de obra y en las competencias de los técnicos, así como la necesidad de formación y

actualización en estas tecnologías;

Que oportunamente por la Resolución N° 3-SSAALV/20 se dispuso el traslado del

Instituto de Formación Técnica Superior N° 15 al edificio en donde funciona la Escuela

Técnica N° 34 "Ingeniero Enrique Martín Hermitte", en la calle Loyola 1500 de esta

Ciudad;

Que por su parte, la Escuela Técnica N° 34 "Ingeniero Enrique Martín Hermitte","

forma técnicos mecánicos electricistas de Nivel Secundario, en virtud de lo cual,

cuenta con un entorno formativo y espacios específicos adecuados para la trayectoria

formativa de la Tecnicatura Superior en Automatización y Robótica;

Que en virtud de ello, la Dirección de Educación Técnica Superior propicia el traslado

de la Tecnicatura Superior en Automatización y Robótica del Instituto de Formación

Profesional N° 20 al Instituto de Formación Técnica Superior N° 15 sito en la calle

Loyola 1500 de esta Ciudad;

Que el traslado propiciado permitirá garantizar a los estudiantes la continuidad de sus

trayectorias educativas en espacios educativos adecuados y más propicios, contando

con mejores espacios áulicos, talleres y herramientas;

Que asimismo, la propuesta que se promueve no afectará a la población estudiantil,

así como tampoco a la Planta Orgánico Funcional que dicta la Tecnicatura Superior en

Automatización y Robótica, quienes continuarán prestando funciones para el Instituto

de Formación Técnica Superior N° 15, en la calle Loyola 1500 de esta Ciudad,

manteniendo las condiciones y cargos oportunamente designados por el Ministerio de

Educación;

Que en virtud de ello, resulta necesario el dictado del acto administrativo pertinente en

el sentido precedentemente expuesto;

Que ha tomado debida intervención la Dirección de Educación Técnica Superior y la

Dirección General de Gestión del Aprendizaje a lo Largo de la Vida;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado intervención

en el ámbito de sus competencias.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LAS SUBSECRETARIAS

AGENCIA DE APRENDIZAJE A LO LARGO DE LA VIDA

Y DE CARRERA DOCENTE

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Trasládase la Tecnicatura en Automatización y Robótica que se imparte

en el Instituto de Formación Técnica Superior N° 20, al Instituto de Formación Técnica

Superior N° 15, sito en la calle Loyola 1500 de esta Ciudad.

Artículo 2°.- Establécese que el traslado aprobado por el Artículo 1° se realizará con la

totalidad de los agentes designados para el dictado de la Tecnicatura mencionada.

Artículo 3°.- Encomiéndase a la Dirección de Educación Técnica Superior a realizar las

acciones pertinentes a fin de transferir la documentación oficial y la totalidad de los

bienes inventariados a fin de adecuarlo a las modificaciones realizadas en los artículos

precedentes, para el ciclo lectivo 2021.

Artículo 4°- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Para su

conocimiento y demás efectos, comuníquese a las Subsecretarias Agencia de

Aprendizaje a los Largo de la Vida y Carrera Docente, a las Direcciones Generales de

Personal Docente y No Docente, de Administración de Recursos, de Gestión del

Aprendizaje a lo Largo de la Vida y a la Dirección de Educación Técnica Superior.

Cumplido, archívese. Vidal - Cortona

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Resolución N° 4-SSAALV/21 traslada la Tecnicatura en Automatización y Robótica que se imparte en el Instituto de Formación Técnica Superior N° 20, al Instituto de Formación Técnica Superior N° 15, sito en la calle Loyola 1500 de esta Ciudad.</p>