DECRETO 50 2004
Síntesis:
ACEPTA LA RENUNCIA DEL AGENTE ROBERTO A. GAUDIO - DNI 25.189.059 -. INCORPORA AL SR. HÉCTOR R. LYKIARDOPOULOS -DNI 22.572.177 - EN LA SECRETARÍA DE COORDINACIÓN - RENUNCIA DE AGENTES - DESIGNACIÓN DE AGENTES
Publicación:
13/04/2004
Sanción:
18/02/2004
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el presente Expediente N° 21.909/SA/04 y el Decreto N° 175/VP/03, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto mencionado se dispuso la continuidad de una serie de agentes y locaciones de servicios hasta la realización de los concursos previstos en la Resolución N° 329/03;
Que mediante nota obrante a fs. 1 el agente Roberto Ariel Gaudio, DNI 25.189.059, renunció en forma indeclinable a partir del 2 de febrero de 2004 a su empleo en la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el mencionado se encontraba incluido en el listado de agentes aprobado por el precitado Decreto, revistando en la Secretaría de Coordinación con categoría remunerativa T3;
Que, en atención a las tareas que desempeñaba Roberto Ariel Gaudio, se torna necesario su reemplazo a los efectos de completar la dotación funcional de la Secretaría de Coordinación;
Que tal reemplazo debe recaer en alguno de los agentes dados de baja a partir del 9 de diciembre de 2003 y cuyos antecedentes profesionales se ajusten a las pautas generales fijadas por la Resolución N° 329/03;
Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 71 y 99 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el artículo 88 del reglamento Interno de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Por ello,
Artículo 1° - Acéptase la renuncia del agente Roberto Ariel Gaudio, DNI 25.189.059, que revestía en la Secretaría de Coordinación con categoría remunerativa PT HC T3, a partir del día 2 de febrero del corriente cùon
Artículo 2° - Incorpórese al Anexo I del Decreto N° 175/VP/03 a Héctor Ricardo Lykiardopoulos, DNI 22.572.177, en la Secretaría de Coordinación con categoría remunerativa PT HC T3.
Artículo 3° - Establécese el alta del agente mencionado en el artículo anterior a partir del 24 de febrero del corriente año.
Artículo 4° - Regístrese, publíquese, practíquense las comunicaciones de estilo, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Recursos Humanos y oportunamente archívese. de Estrada - Moscariello